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Modalidad A de la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de educación para la transformación social para los años 2023-2024

Modalidad A: proyectos que se desarrollan en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias en los cursos escolares 2023/2024 y 2024/2025.

Objeto y finalidad

1.1. El objeto de esta convocatoria es establecer las subvenciones para ejecutar proyectos de educación para la transformación social que se lleven a cabo en las Islas Baleares para impulsar los valores de la solidaridad, la tolerancia, la equidad y la justicia en el ámbito de la comunidad balear.

1.2. La finalidad de la convocatoria es generar, tanto en el conjunto de la comunidad educativa (educación formal) cómo en la población en general de las Islas Baleares, conciencia de las desigualdades existentes al mundo, en especial de las realidades del Sur Global, y se reconozcan como agentes de cambio para avanzar hacia la transformación de la realidad y la defensa de los Derechos humanos.

Código SIA

2983897

Personas destinatarias

Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas a las Islas Baleares que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad, de acuerdo con los estatutos correspondientes, y que estén inscritas en el Registro de ONGD de las Illes Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones dictadas en este procedimiento, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y tienen que fijar, en el caso de la concesión la cuantía de la subvención concedida. De acuerdo con el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, se tienen que publicar en la web http://dgcooper.caib.es, en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de fin de presentación de las solicitudes, y también en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, según el artículo 45.3 de la Ley 39/2015.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Punto 4.1 de la convocatoria:

4.1. Las ONGD beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de ONGD de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018.

b) La constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Islas Baleares deben haberse producido, como mínimo, dos años antes de la publicación de la convocatoria. A efectos de lo establecido respecto del requisito de la antigüedad que deben acreditar las agentes sociales beneficiarias, en el caso de sucesión de agentes sociales debe respetarse la antigüedad originaria de la entidad, siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.

c) Disponer de la organización y capacidad suficientes y necesarias en las Islas Baleares para garantizar que se cumpla la actividad objeto de subvención.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e) Haber justificado suficientemente las subvenciones o ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears, en su caso.

f) No estar incursas en ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o en ningún procedimiento sancionador.

g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

h) Nunca haber sido objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

Documentación a presentar

Punto 5 de la convocatoria:

5.1. Las ONGD solicitantes o las agrupaciones de ONGD deben presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) El formulario del proyecto de la modalidad correspondiente de acuerdo con el modelo normalizado, en el que deben constar los antecedentes, los objetivos y los recursos humanos y materiales necesarios para ejecutar las actividades, la población sujeto final y el presupuesto, con detalle de los ingresos y los gastos o inversiones previstos.

b) Declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (debe tener la titularidad la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es. En caso de que las cuentas ya estén de alta en la Comunidad Autónoma, basta con especificar en cuál se debe realizar el pago.

c) En el caso de las fundaciones, documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

d) Un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que está al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Estado, en caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente en la solicitud la autorización para que se compruebe de oficio.

e) De acuerdo con los modelos normalizados disponibles en la web

http://dgcooper.caib.es , las siguientes declaraciones responsables:

― De cumplimiento de las obligaciones que establecen para las agentes sociales beneficiarias el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, el artículo 21 del Decreto 15/2018 y esta convocatoria.

― De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de acuerdo con la normativa aplicable, y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

― De disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento que se publica la convocatoria.

― De todas las ayudas y subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se hayan concedido a la entidad.

f) En el caso dos o más ONGD que se agrupen para realizar conjuntamente un proyecto de la modalidad B, además deben adjuntar el acuerdo de colaboración, mediante los modelos normalizados disponibles en la web de la Dirección General de Cooperación ( http://dgcooper.caib.es).

5.2. Los proyectos de la modalidad A deben incluir una acreditación firmada por la dirección del centro que manifieste que el centro conoce el proyecto en detalle y que tiene la intención de participar. Esta acreditación puede presentarse junto con la solicitud o, como máximo veinte días hábiles después de la publicación de la Resolución de concesión, antes de iniciar las actividades en el centro.

En caso de que el proyecto de la modalidad A presentado se realice en un centro educativo sostenidos con fondos públicos, que se ha inscrito o tiene la voluntad de hacerlo, en el Programa de Centros Educativos para la Ciudadanía Global y Transformadora por en los cursos 2023/2024 y 2024/2025 que publica la Consejería de Educación y Formación Profesional, también se debe presentar obligatoriamente una copia de la solicitud de participar en el Programa o bien la voluntad de participar firmada por la dirección del centro.

5.3. Los proyectos podrán contemplar la colaboración puntual con otros agentes sociales vinculados con la transformación global.

Se consideran agentes sociales vinculados con la transformación global aquellos movimientos sociales ligados directamente al feminismo, al ecologismo, a la defensa de los derechos humanos, al antiracismo, los movimientos vecinales, culturales, de carácter social, los vinculados a los movimientos migratorios ya la defensa del colectivo LGBTI.

5.4. Se debe presentar el certificado que acredite que las personas que trabajan, profesional o voluntariamente, o que realizan actividades en contacto habitual con menores no constan en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, de acuerdo con la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. Este certificado puede presentarse junto con la solicitud o, como máximo, quince días antes de empezar las actividades.

5.5. En relación con la documentación que se determina en los apartados anteriores, se notificará al órgano competente para resolver el procedimiento cualquier modificación que se produzca durante el período subvencionado hasta que se notifique el cierre del expediente.

5.6. En caso de que las solicitudes no cumplan los requisitos o no incorporen la documentación mencionada, se requerirá a la entidad interesada que subsane el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia de que, si transcurre el plazo de diez días hábiles y no lo ha hecho, se considerará que desiste de la petición y se archivará el expediente sin más trámites, previa resolución previa, en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.

5.7 De oficio, el órgano instructor debe adjuntar a la solicitud la acreditación de que la entidad está al corriente de las obligaciones con la hacienda de la Comunidad Autónoma, en los términos que establece el artículo 38 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5.8. Si el procedimiento de concesión se paraliza por causa imputable al solicitante de la subvención, por la falta de cumplimiento de algún trámite preceptivo en el plazo otorgado al efecto, se le podrá declarar decaído en su derecho al trámite correspondiente, y el órgano instructor propondrá a la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes la resolución del procedimiento; no obstante, siempre que no afecte a terceros, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día en que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (hasta el 6/06/2023)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado una solicitud en esta convocatoria de subvenciones.

Especificar el nº de registro al que se ha de adjuntar este trámite o el nº de expediente al que se ha de incorporar la documentación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Alegaciones a la propuesta de resolución provisional / Reformulación

Requisitos

Punto 10.5 de la Convocatoria: Visto el informe de la Comisión Evaluadora, si procede, el órgano instructor debe dar un plazo de audiencia previa y reformulación a las ONGD mediante una propuesta de resolución provisional, que debe publicarse en la web http://dgcooper.caib.es , para que en el plazo de 15 días hábiles puedan presentar alegaciones a la puntuación obtenida o reformular el proyecto presentado en los términos establecidos en el punto 12 de esta convocatoria.

Punto 12 de la convocatoria: Factores de corrección y reformulación del proyecto

12.1. El órgano instructor puede aplicar factores de corrección consistentes en reducir o excluir determinadas gastos directos o indirectos relativos al coste del proyecto, con una motivación previa que tiene que constar en el acta de la Comisión Evaluadora, en la propuesta y en la resolución.

12.2. En cuanto a la reformulación, hay que atenerse al que dispone el artículo 19 del Decreto 15/2018. El plazo de audiencia previa y reformulación del proyecto es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente que se haya publicado la propuesta de resolución provisional.

12.3. La reformulación se tiene que presentar según el modelo normalizado que proporciona la Dirección general de Cooperación, disponible en la web http://dgcooper.caib.es. En el supuesto de que se aprecien defectos subsanables en la reformulación presentada, se tiene que conceder a la entidad interesada un plazo de diez días para que pueda subsanarlos.

12.4. Si la propuesta de resolución provisional de la subvención es de una cuantía inferior a la solicitada, el órgano instructor puede dar audiencia previa a la entidad solicitante para que presente una propuesta de reformulación técnica y presupuestaria del proyecto inicial que se adapte a la cuantía propuesta. En el presupuesto reformulado se tienen que ajustar, si procede, los límites porcentuales establecidos en esta convocatoria para determinadas gastos, que se tendrán que calcular sobre la subvención concedida finalmente. La reformulación tiene que respetar el objeto, las condiciones y la finalidad de la subvención, como también los criterios de valoración establecidos. En todo caso, hay que atenerse al que dispone el artículo 19 del Decreto 15/2018.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de audiencia previa y reformulación del proyecto es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente que se haya publicado la propuesta de resolución provisional.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aceptación de la propuesta de resolución definitiva

Requisitos

10.6. El órgano instructor tiene que formular la propuesta de resolución, que se tiene que

publicar en el web http://dgcooper.caib.es, y se tiene que otorgar a las entidades

beneficiarias un plazo de diez días habilidosos, contadores desde la publicación de la

propuesta de resolución, para aceptar la subvención o renunciar. La aceptación y la renuncia

se tienen que hacer mediante este Trámite Telemático.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días hábiles desde la publicación

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Solicitud de modificaciones del proyecto y/o plazos

Requisitos

Las solicitudes de modificación tienen que ser motivadas, se tienen que formular inmediatamente después de aparecer las circunstancias que las justifiquen y tienen que especificar las repercusiones presupuestarias que impliquen.

Documentación a presentar

Solicitud de modificaciones del proyecto según modelo normalizado

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Seguimiento técnico

Requisitos

Son obligaciones específicas de las entidades beneficiarías de subvenciones en materia de educación para la transformación social:

Punto 15.2.d) Presentar informe de seguimiento cada seis meses desde el comienzo de las actividades del proyecto.

PUnto 15.2.e) Presentar la actualización y el detalle de las actividades correspondientes al curso escolar 2024/2025 en un informe de seguimiento, una vez finalizado el curso escolar 2023/2024, según el formulario facilitado por la Dirección General de Cooperación. Este informe incluirá una descripción del progreso en la consecución de los objetivos y resultados, así como de las actividades llevadas a cabo durante el primer curso escolar y un estado del presupuesto ejecutado.

Documentación a presentar

Informe de seguimiento o informe de justificación primer curso según el caso

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El informe de seguimiento tiene que presentarse cada seis meses desde el comienzo de las actividades del proyecto

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Justificación del proyecto

Requisitos

La entidad beneficiaria tiene que justificar el proyecto aprobado en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización de la ejecución, mediante la modalidad de cuenta justificativa, de acuerdo con los modelos normalizados proporcionados en este trámite

Documentación a presentar

a) Un informe técnico completo y detallado del proyecto ejecutado en conjunto, que tiene que especificar con el máximo detalle los objetivos logrados, los resultados obtenidos , el impacto, las actividades llevadas a cabo y la sostenibilidad del proyecto, sobre los cuales se tienen que aportar datos relevantes y fuentes de verificación objetivas, de acuerdo con el modelo disponible en este trámite.

b) Informe gráfico de la ejecución del proyecto. La entidad tiene que presentar fotografías y/o material audiovisual de las actividades realizadas a lo largo de la actuación especificando la actividad concreta y el lugar donde se ha efectuado. Si las fotografías contienen imágenes de personas, se tiene que pedir permiso previamente.

c) Una justificación económica, en los términos indicados en el punto 18 de esta convocatoria.

Plazo máximo

3 meses desde la finalización de la ejecución del proyecto

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Cooperación

Tel.: 971177200

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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