PITEIB: Subvenciones por administraciones públicas de actuaciones combinadas de energías renovables, eficiencia y movilidad eléctrica
1. El objeto de la convocatoria es aprobar y regular las ayudas de actuaciones combinadas de energías renovables, eficiencia energética y movilidad eléctrica promover por las administraciones públicas con el fin de aumentar la producción de energía eléctrica renovable, la reducción del consumo de energía y de las emisiones de CO2.
2. Los fondos de la convocatoria proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y están financiados por la Unión Europea – Next Generation EU (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021).
3. La convocatoria se engloba dentro de los paquetes de actuación de la inversión 2 (I2), Energía sostenible a las islas, del Componente 7 (C7), Despliegue e integración de energías renovables.
4. Se cumple con las exigencias establecidas en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Código SIA
2929260
Personas destinatarias
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
b) Los consells, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. Para la solicitud de infraestructura de recarga los ayuntamientos deben haber manifestado, por acuerdo del órgano competente, la decisión de adherirse al convenio de colaboración con la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática o con el Instituto Balear de la Energía y el consell insular correspondiente para el desarrollo de un proyecto piloto para la implantación de la movilidad eléctrica en las Islas Baleares (MELIB).
c) Las universidades, los centros de investigación y los centros tecnológicos con sede en el territorio de las Islas Baleares.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
No
Órgano competente para resolver
Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático
Documentos relacionados con el procedimiento
- Resolución de la convocatoria
- 1ª Resolución por la cual se modifica la convocatoria
- 2ª Resolución por la cual se modifica la convocatoria (amplía el plazo de solicitudes a 31-07-2024)
- Resolución de ampliación del plazo para hacer las actuaciones (BOIB nº 130, 3 de octubre de 2024)
- Documentación normalizada para la solicitud
- Documentación normalizada para la justificación