Autorizaciones excepcionales para crema de material vegetal a terrenos forestales y áreas contiguas a terreno forestal
Instrucciones que se tienen que seguir para solicitar autorizaciones excepcionales para crema de material vegetal en terrenos forestales y áreas contiguas a terreno forestal
Código SIA
208372
Personas destinatarias
Titular o gestora autorizada de finca rústica
Plazo máximo para la resolución y notificación
Según normativa aplicable
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
En época de peligro (1 de mayo a 15 de octubre):
- Está prohibido hacer fuego en terreno forestal y a menos de 50 m de terreno forestal.
- Se pueden autorizar cremas en terreno agrícola además de 50 m de terreno forestal y hasta 500 m de terreno forestal.
Fuera de época de peligro (16 de octubre a 30 de abril):
- Se pueden autorizar cremas en terreno forestal.
Las autorizaciones otorgadas podrán ser suspendidas temporalmente por fenómenos meteorológicos adversos u otras circunstancias relevantes que puedan incidir en el riesgo de incendio forestal de acuerdo con la Resolución del consejero de Medio ambiente de 28 de octubre de 2009, por la cual se establecen medidas complementarias de prevención de incendios forestales para aquellas actividades autorizadas y susceptibles de producir riesgo de incendio forestal (BOIB núm. 168, de 19 de noviembre de 2009) o en aplicación del artículo 1 del Real decreto ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales (BOE núm. 184, de 2 de agosto del 2022)
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal