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Convocatoria de subvenciones SOIB Dual Vulnerables 2023-2026

1. El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar el programa «SOIB Dual Vulnerables», programa de formación dual para mejorar la empleabilidad, la cualificación y la inserción profesional de las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión.

2. El programa de formación dual es un conjunto de acciones e iniciativas formativas mixtas de empleo que tienen por objeto la cualificación profesional de los participantes en régimen de alternancia de la actividad laboral con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

Código SIA

2896051

Personas destinatarias

1. Los beneficiarios de las subvenciones de esta convocatoria son las entidades del tercer sector de acción social, tal como define la Ley 3/2018, de 29 de mayo.

2. Las entidades del tercer sector que imparten formación deben ser entidades inscritas

en el Registro de centros y entidades de formación del SOIB y han de comprometerse a contratar trabajadores por cuenta ajena mediante la modalidad de contrato de formación en alternancia, para prestar servicios en sus centros de trabajo radicados en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

3. Pueden presentarse agrupadas las entidades del tercer sector de acción social que pretendan llevar a cabo la contratación mediante el contrato de formación en alternancia que regula el Real decreto1529/2012, de 8 de noviembre, junto con las entidades que únicament imparten formación y que están inscritas en el Registro de centros y entidades de formación del SOIB.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones del presidente del SOIB es de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

1. Las entidades han de utilizar los modelos establecidos que están disponibles en la web del SOIB (en el apartado de convocatorias) y en la aplicación web de gestión ACCFOR/ESOIB. Los documentos que requieren firma y se deban presentar mediante la SEDE ELECTRÓNICA del Govern deben estar firmados electrónicamente.

2.Para poder tramitar la solicitud mediante la aplicación ACCFOR/ESOIB, previamente, la entidad ha de haber solicitado el alta y ha de haber aportado la siguiente documentación:

. El NIF de la entidad solicitante y la documentación que acredite la representación con que actúa la persona que firma la sol·licitud, y los estatutos debidamente inscritos en correspondiente registro.

Las entidades que ya están dadas de alta en la aplicación ACCFOR/ESOIB no han de aportar estos documentos, excepto si la información no está actualizada. En este caso, se han de acreditar documentalmente los cambios (representante, nombramientos, estatutos, etc.) y se debe solicitar al SOIB que actualice los datos de ACCFOR/ESOIB.

3. Una vez realizada la tramitación a ACCFOR/ESOIB, esta aplicación de gestión genera un documento de solicitud que debe presentarse electrónicamente mediante la SEDE ELECTRÒNICA del Govern, en el plazo de presentación de solicitudes, para completar el trámite, según dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com´ún de las administraciones públicas. Hasta que no se complete el trámite de registro electrónico de la solicitud, no se considerará válidamente presentada.

En caso de que alguna de las personas solicitantes presente la solicitud de forma presencial, la Administración le requerirá que la formalice de forma electrónica, según establece el artículo 68.4 de la Ley 39/2015. A tal efecto, se considera como fecha de presentación de la solicitud la fecha en la que se ha subsanado y se ha presentado mediante registro electrónico.

4. Si la solicitud no reúne los requisitos legales que exige esta convocatoria, en aplicación del artículo 4.4 de la Orden de bases se ha de requerir a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o presente los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de la petición, previa resolución que se dictará en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015. Las notificaciones que deriven de este procedimiento se han de realizar por medios electrónicos.

5. Las entidades pueden presentar más de una sol·licitud, però cada sol·licitud ha de hacer referencia a un único proyecto.

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es 20 días naturales des de el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

(mpedrosa@soib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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