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Reintegro de gastos por traslado en caso de defunción

Reintegro de gastos por regreso de un usuario del Servicio de Salud de las Islas Baleares en caso de muerte, después del traslado para recibir asistencia sanitaria en centros, servicios o establecimientos radicados fuera del área de salud de la localidad de residencia

Código SIA

2896021

Personas destinatarias

Usuarios de servicios asistenciales que han sido trasladados para recibir asistencia sanitaria fuera del área de salud de su localidad de residencia con autorización del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte o de oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Como consecuencia del desplazamiento por razones dassistència sanitaria, lobjecte daquesta sol· licitud es exclusivamente el reintegro de gastos en caso de defunción del paciente que haya sido desplazado para recibir asistencia sanitaria con lautorització del Servicio de Salud dacord con el Decreto 41/2004 por el cual se regulan las compensaciones de los usuarios del Servicio de Salud de las Islas Baleares y la Orden del Consejero de Salud y Consumo de 19 de enero de 2011 por la cual fijan las cuantías de las compensaciones por los desplazamientos de los usuarios del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Órgano competente para resolver

Servicio de Salud de las Illes Balears (Ib-Salut)

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Orden del Consejero de Salud y Consumo de 19 de enero
    Orden del Consejero de Salud y Consumo de 19 de enero de

    2011, por la que fijan las cuantías de las compensaciones por desplazamiento de los usuarios del Servicio de Salud de las Illes Balears por razón de asistencia sanitaria, y se regula el procedimiento para obtenerlas.

Trámites

X

Solicitud de reintegro de gastos por traslado en caso de defunción

Requisitos

Personas han sido trasladadas para recibir asistencia sanitaria fuera del área de salud de su localidad de residencia con autorización del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Documentación a presentar

1-Certificado de defunción

2-Factura de la funeraria

3-Declaración de veracidad de datos bancarios

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

No procede

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección de Asistencia Sanitaria

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones

Tel.: 971175909

(prestacions@ibsalut.es)

Observaciones

L'ingrés serà realitzat al compte bancari el titular del qual es correspongui amb la factura de despesa.

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

No hay requisitos

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

No hay plazo de aplicación

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección de Asistencia Sanitaria

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones

Tel.: 971175909

(prestacions@ibsalut.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Prestaciones

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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