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Autorización para la actividad de transporte sanitario publico (VS).

Trámites para la obtención de la autorización de transporte sanitario, publico o privado; visado y rehabilitación de la autorización; adscripción y sustitución de vehículos; transmisión y renuncia de la autorización .

Código SIA

208348

Personas destinatarias

Empresas, personas físicas o jurídicas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Cinco meses, contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La autorización, así como las sustituciones y otros tramites, se inscribe por la administración en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Movilidad

Trámites

X

Solicitud de autorización

Requisitos

1. Tener la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea o, en caso contrario, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para la realización de la actividad profesional de transportista en nombre propio.

2. Cuando se trate de una persona jurídica, ésta tendrá que cumplir las siguientes condiciones:

a. Tener la personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.

b. Que tenga ánimo de lucro.

c. Que la realización de transporte público forme parte de su objeto social y que esté inscrita en el Registro Mercantil, o en el registro público que corresponda.

3. Disponer de un local en las condiciones exigidas en la Orden PRE/1435/2013 (distinto al domicilio privado de la persona titular y abierto al público en las poblaciones de más de 20.000 habitantes).

4. Disponer al menos de 5 vehículos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Han de estar matriculados en España y cada uno de ellos deberá de tener la correspondiente certificación técnico-sanitaria en vigor.

5. La empresa deberá tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que se puedan ocasionar por el transporte, hasta la cantidad de 50 millones de euros.

6. Estar en disposición del certificado ISO 9001 de Servicios sanitarios.

7. Contar con un profesional, al menos, que haya obtenido el certificado acreditativo de Gestión de Transporte Sanitario o equivalente.

8. Disponer de medios que permitan la inmediata localización las veinticuatro horas al día.

9. Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas.

10. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social exigidas por la legislación vigente.

Documentación a presentar

a) Justificante de alta en la Declaración Censal en el epígrafe correspondiente según la actividad principal realizada (mod. 036).

b) Cuando la empresa no esté inscrita en el Registro Mercantil deberá aportarse la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones del punto 2. (Escritura de constitución)

c) Justificante de alta de la empresa, o del titular de la autorización, si es persona física, en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

d) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

e) Justificante de la subscripción del seguro de responsabilidad civil.

f) Para poblaciones de más de 20.000 habitantes: Licencia municipal de apertura del local.

g) Comunicar, el titular de la autorización, la dirección de correo electrónica.

h) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinc mesos comptats des de la data de registre d'entrada de la sol·licitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Movilidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

Para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte será necesaria la previa obtención de la certificación técnico-sanitaria.

Cuando la certificación técnico-sanitaria sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aunque esta invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

Visado

Requisitos

Destinado a titulares de autorizaciones que deban realizar el visado bianual.

La fecha para realizar el visado viene determinada por el último número del CIF/NIF y corresponde al mismo número del mes del calendario. El mes de agosto es inhábil para visar, por lo que los CIF/NIF terminados en 8, 9 y 0 se visarán en septiembre, octubre y noviembre, respectivamente.

En caso de tramitación por parte de una gestoría o representante, deberá tramitarse previamente un expediente de alta de representación a través de la sede electrónica del ministerio.

La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Requisitos

1. Tener la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea o, en caso contrario, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para la realización de la actividad profesional de transportista en nombre propio.

2. Cuando se trate de una persona jurídica, este tendrá que cumplir las siguientes condiciones:

a. Tener la personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.

b. Que la realización de transporte público forme parte de su objeto social y que esté inscrita en el Registro Mercantil, o en el registro público que corresponda..

3. Disponer de un local en las condiciones exigidas a la Orden PRE /1435/2013 (distinto en el domicilio privado de la persona titular y abierto al público en las poblaciones de más de 20.000 habitantes).

4. Disponer a lo menos de 5 vehículos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Tienen que estar matriculados en España y cada uno de ellos tendrá que tener la correspondiente certificación técnico-sanitaria en vigor.

5. La empresa tendrá que tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que se puedan ocasionar pelo transporte, hasta la cantidad de 50 millones de euros.

6. Estar en disposición del certificado ISO 9001 de Servicios sanitarios.

7. Contar con un profesional, a lo falto, que haya obtenido el certificado acreditativo de Gestión de Transporte Sanitario o equivalente.

8. Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas.

9. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social exigidas por la legislación vigente.

Forma de presentación

La presentación de este trámite solo puede realizarse por vía telemática. Debe accederse haciendo clic en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior del trámite. Para poder realizar este tipo de trámite, se debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Documentación a presentar

a) Certificados técnico-sanitarios vigentes.

b) Justificación de que la empresa cuenta con un profesional con el certificado acreditativo de Gestión de Transporte Sanitario o equivalente.

c) Justificación de estar en posesión del certificado ISO 9001 de Servicios Sanitarios.

d) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

Para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte sanitario será necesaria la obtención previa de la certificación técnico-sanitaria.

Cuando la certificación técnico-sanitaria sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aunque esta invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.

En caso de tramitación por parte de una gestoría o representante, deberá presentarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

Rehabilitación

Requisitos

Transporte sanitario público

Destinado a aquellos titulares de autorizaciones que no hayan realizado el visado en el plazo reglamentariamente establecido.

Las autorizaciones de transporte público pierden automáticamente su validez por falta de visado, pero pueden rehabilitarse en el plazo de un año desde el vencimiento del plazo en el que correspondía haber realizado el visado. La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Requisitos

1. Tener la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o, en su defecto, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para ejercer la actividad profesional de transportista en nombre propio.

2. En caso de tratarse de una persona jurídica, deberá cumplir las siguientes condiciones:

a. Tener personalidad jurídica propia e independiente de las personas que la integren.

b. Que la realización de transporte público forme parte de su objeto social y esté inscrita en el Registro Mercantil o en el registro público correspondiente.

3. Disponer de un local en las condiciones exigidas por la Orden PRE/1435/2013 (distinto al domicilio privado del titular y abierto al público en poblaciones de más de 20.000 habitantes).

4. Disponer de al menos 5 vehículos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Deben estar matriculados en España y cada uno debe contar con la correspondiente certificación técnico-sanitaria vigente.

5. La empresa debe tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse durante el transporte, hasta una cantidad de 50 millones de euros.

6. Estar en posesión del certificado ISO 9001 de Servicios Sanitarios.

7. Contar con al menos un profesional que haya obtenido el certificado acreditativo de Gestión de Transporte Sanitario o equivalente.

8. Cumplir con las obligaciones laborales y sociales establecidas.

9. Cumplir con las obligaciones fiscales, laborales y sociales exigidas por la legislación vigente.

Documentación a presentar

a) Certificados técnico-sanitarios vigentes.

b) Justificación de que la empresa cuenta con un profesional con el certificado acreditativo de Gestión de Transporte Sanitario o equivalente.

c) Justificación de estar en posesión del certificado ISO 9001 de Servicios Sanitarios.

d) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

La presentación de este trámite solo puede realizarse por vía telemática. Debe accederse haciendo clic en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior del trámite. Para poder realizar este tipo de trámite, se debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte sanitario será necesaria la obtención previa de la certificación técnico-sanitaria.

Cuando la certificación técnico-sanitaria sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aunque esta invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.

En caso de tramitación por parte de una gestoría o representante, deberá presentarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

Sustitución de vehículo

Requisitos

Los vehículos a los que estén referidas las copias de una autorización de transporte sanitario público pueden ser sustituidos por otros con la autorización previa del órgano competente, el cual deberá referir, en ese caso, las autorizaciones mencionadas a los nuevos vehículos.

Esta sustitución está condicionada a que el vehículo sustituto cumpla los requisitos establecidos.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Requisitos

El vehículo sustituto debe cumplir todos los requisitos exigidos para la expedición original de la autorización.

Documentación a presentar

a) Permiso de circulación del vehículo a nombre de la entidad y destinado al servicio de ambulancia. En caso de disponer del vehículo mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

b) Certificado técnico-sanitario vigente.

c) Justificante de la suscripción del seguro de responsabilidad civil.

d) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

La presentación de este trámite solo puede realizarse por vía telemática. Debe accederse haciendo clic en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior del trámite. Para poder realizar este tipo de trámite, se debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte sanitario será necesaria la obtención previa de la certificación técnico-sanitaria.

Cuando la certificación técnico-sanitaria sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aunque esta invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.

En caso de tramitación por parte de una gestoría o representante, deberá presentarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

X

Adscripción de nuevo vehículo

Requisitos

Las empresas que disponen de autorizaciones de transporte sanitario VS podrán adscribir nuevos vehículos si lo autoriza la administración.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Requisitos

Para aumentar el número de vehículos vinculados a una autorización de transporte público, el titular deberá acreditar ante el órgano administrativo competente que dispone del vehículo que se desea adscribir y que este cuenta con la correspondiente certificación técnico-sanitaria.

En ningún caso se otorgará una nueva autorización cuando el interesado sea titular de otra autorización de transporte sanitario cuya validez esté, por cualquier causa, suspendida, salvo que renuncie previamente a ella.

Documentación a presentar

a) Permiso de circulación del vehículo a nombre de la entidad y destinado al servicio de ambulancia. En caso de disponer del vehículo mediante arrendamiento ordinario, deberá aportarse el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

b) Certificado técnico-sanitario vigente.

c) Justificante de la suscripción del seguro de responsabilidad civil.

d) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ordenación del Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

La presentación de este trámite solo puede realizarse por vía telemática. Debe accederse haciendo clic en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior del trámite. Para poder realizar este tipo de trámite, se debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte sanitario será necesaria la obtención previa de la certificación técnico-sanitaria.

Cuando la certificación técnico-sanitaria sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aunque esta invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.

En caso de tramitación por parte de una gestoría o representante, deberá presentarse el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Movilidad

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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