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Autorización para la actividad de transporte discrecional de viajeros en vehículo de turismo ( VT- taxi interurbano)

Trámites para la obtención de la autorización de transporte publico discrecional de viajeros en vehículos de turismo, previa obtención de la correspondiente licencia municipal de auto taxi ; ; visado y rehabilitación de la autorización; sustitución de vehículos; transmisión y renuncia de la autorización .

Código SIA

208346

Personas destinatarias

Empresas, personas físicas o jurídicas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Cinco meses, contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud .

Articulo 2 de Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La autorización, así como sustituciones de vehículos y otros tramites, se inscribe por la administración en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Movilidad

Trámites

X

NUEVA AUTORIZACIÓN DE EMPRESA

Requisitos

1. Tener la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea o, en caso contrario, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para la realización de la actividad profesional de transportista en nombre propio.

2. Cuando se trate de una persona jurídica, ésta tendrá que cumplir las siguientes condiciones:

a. Que esté inscrita en el Registro Mercantil, o en el registro público que corresponda.

b. Tener personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.

c. Que tenga ánimo de lucro.

d. Que la realización de transporte público forme parte de su objeto social.

3. Disponer de un domicilio situado en España en el que se conserven, a disposición del Servicio d Inspección, los documentos relativos a su gestión y funcionamiento.

4. Disponer de un vehículo en propiedad, usufructo, arrendamiento financiero o leasing, matriculado en España, que en el momento de solicitar la autorización, no supere la antigüedad de dos años, contados desde la primera matriculación y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

5. Disponer de dirección y firma electrónica para llevar a cabo y documentar a distancia el contrato de transportes con sus clientes. El cambio de esta dirección deberá ser puntualmente comunicado.

6. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral i social exigidas por la legislación vigente.

Documentación a presentar

a) Justificante de alta en la Declaración Censal (mod. 036) epígrafe 722 transportes de viajeros por carretera.

b) Escritura de constitución, cuando se trate de persona jurídica.

c) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, se deberá aportar el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

d) Comunicar, el titular de la autorización, la dirección de correo electrónica.

e) Justificante de alta del titular de la licencia en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

f) En el caso de que el turismo tenga 7 plazas, o sea un vehículo adaptado al uso de personas con movilidad reducida, tendrá que presentarse la ficha técnica del vehículo.

g) Licencia municipal de autotaxi.

h) Documento de ingreso de la tasa.

Plazo máximo

Cinco meses contados desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Movilidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte Terrestre

C/ d'Eusebi Estada, 28. Tel.: 971177181 - Fax: 97176365

(fbouazza@dgmobil.caib.es)

Observaciones

La realización de transporte público de viajeros en vehículos de turismo estará supeditada a la posesión de una autorización expedida por el órgano competente. (Artículo 42.1 de la LOTT)

Para el otorgamiento de la autorización es requisito necesario la obtención previa de la licencia municipal.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Movilidad

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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