Requisitos
Presentar la documentación requerida al Servicio de Aguas Subterráneas.
Es decir, presentar el modelo normalizado de solicitud con todos los datos y la documentación que se requieren y que debe ir firmado por el titular.
Tasas
R55 .
Tasa por autorización, puesta en servicio y reconocimiento de las instalaciones de elevación de aguas (Por cada expediente de autorización, de puesta en servicio y reconocimiento de las instalaciones de elevación) -
https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9631&lang=es
Documentación a presentar
Modelo normalizado de solicitud: Solicitud de puesta en servicio de instalaciones de elevación de aguas (Fase 3).
Documento acreditativo del pago de la tasa (modelo 046), concepto autorización, puesta en servicio y reconocimiento de las instalaciones de elevación de aguas.
Certificado de dirección de obra subterránea suscrito por la persona directora facultativa.
Modelo normalizado de memoria técnica de diseño (MTD).
Debe incluir un esquema eléctrico unifilar.
Debe ir suscrito por Instalador de Baja tensión.
Web para acceder al modelo normalizado Memoria técnica de diseño BT: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/8518
Certificado de persona instaladora eléctrica autorizada.
Debe ir suscrito por Instalador de Baja tensión.
Web para acceder al modelo normalizado de Certificado de instalación de baja tensión: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/8518
Certificado de adecuación emitido por la persona directora facultativa.
Memoria hidráulica.
Debe ir suscrito por técnico facultativo competente, y debe incluir:
· Descripción de las instalaciones con ubicación definitiva (UTM ETRS89 Huso 31 N).
· Esquema delimitado en planta tanto de la instalación eléctrica como de la hidráulica.
· Justificación de la selección de la bomba, fotocopia de la placa de la bomba y de sus características (incluyendo las curvas).
En caso de que se tenga que contratar energía eléctrica, se debe aportar el siguiente:
· Plano general en planta a escala adecuada, grafiando la situación del contador, recorrido de las líneas eléctricas, elementos eléctricos auxiliares, sección de las zanjas y situación del sondeo.
· Copia de la contestación a la petición de suministro por parte de la compañía distribuidora de energía eléctrica (incluyendo los planos del punto de conexión).
En caso de que se esté tramitando la FASE 3 de una autorización de sondeo para el afloramiento y explotación de aguas, se aportarán los siguientes documentos adicionales:
(En caso de que se esté tramitando la FASE 3 de una concesión, estos documentos ya se habrán entregado en la tramitación de la FASE 2.)
Hoja de características del sondeo suscrita por la persona directora facultativa.
Esta será responsable legal de la veracidad de los datos de la hoja de características.
Analítica del agua para laboratorio acreditado con determinación, como mínimo, de conductividad, cloruros, sulfatos y nitratos.
Se deberá acompañar de la identificación del punto de muestreo.
El director facultativo será responsable legal de la veracidad de los datos del punto de muestreo.
Modelos:
Plazo máximo
El plazo para resolver el procedimiento es de 3 meses, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través delRegistro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Consulte lasdirecciones de todas las oficinas de la Administración autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Recursos Hídricos
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Aguas Subterráneas
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).
Tel.: 971176638
(general@dgreghid.caib.es)