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Autorización de puesta en servicio de instalaciones de elevación de aguas

Documentación necesaria a aportar para obtener una autorización de puesta en servicio de las instalaciones que permiten la elevación de aguas subterráneas y por tanto la explotación del recurso, es decir para obtener la autorización de la instalación eléctrica de la bomba de extracción dentro del sondeo (o sondeos). Cada sondeo requiere disponer de su propia instalación y correspondiente autorización.

Código SIA

2402550

Personas destinatarias

Cualquier persona natural o jurídica que disponga de la autorización de explotación de aguas subterráneas (FASE 2) en un sondeo o sondeos, y que sea el titular de dicha explotación.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La tramitación completa que comporta una autorización o una concesión de aguas subterráneas se compone de tres fases:

FASE 1: Aprobación de la realización del sondeo (o sondeos).

FASE 2: Inscripción en el registro de Aguas; otorgamiento de autorización o concesión y explotación de aguas.

FASE 3: Autorización de las instalaciones de extracción y / o impulsión (bombas).

El procedimiento "Autorización de puesta en servicio de instalaciones de elevación de aguas" se corresponde a la FASE 3.

La puesta en servicio de las instalaciones eléctricas asociadas a la extracción de aguas subterráneas es competencia Dirección General de Recursos Hídricos por la Orden conjunta de los Consejeros de Medio Ambiente y de Economía y Comercio e Industria de 28 de marzo de 2000, sobre delimitaciones de competencias de la Dirección General de Recursos Hídricos y la Dirección General de Industria en materia de aplicación de legislación Industrial.

En función de lo solicitado (autorización o concesión) la tramitación de las FASES 1 y 2 puede ser conjunta o por separado.

En el caso de las autorizaciones (AAS), la FASE 3 se tramita después de haber finalizado la FASE 1 y 2 de manera conjunta. El plazo para la solicitud de la FASE 3 es de un año y medio desde haber obtenido la autorización de las FASES 1 y 2.

En el caso de las concesiones (CAS), la FASE 3 se tramita después de haber finalizado la FASE 2. El plazo para la solicitud de la FASE 3 es de un año después de haber obtenido la autorización de las FASE 2 .

La tramitación de la FASE 3 se hará presentando modelo de solicitud normalizado y acompañado de la documentación que se detalla.

En líneas generales, recibidas la solicitud y documentación requeridas, se realizan los siguientes trámites:

· Comprobación de los datos y examen de la documentación, (se pedirá que se complete en su caso).

· Inspección de las instalaciones (en su caso).

· Inicio de los trámites que correspondan hasta la autorización.

El plan hidrológico del ciclo 2022-2027 prevé, exclusivamente para los aprovechamientos autorizados de volumen anual inferior a los 7.000m3 y caudal inferior a 1l/s (tipo AAS en los que se ha tramitado de forma conjunta la FASE1 y FASE 2), la posibilidad, mediante presentación de modelo de declaración responsable (DR_PES_AAS) la habilitación para la extracción de agua. Quedan excluidos por tanto los expedientes tipo CAS (Concesiones), IRA (Inscripciones) y otros casos diferentes que no sean tipo AAS. La Declaración Responsable ha de ir firmada por el titular/es de la autorización para que ésta sea válida y se reconozca la extracción de agua. La habilitación por Declaración Responsable queda supeditada a la veracidad de los datos y a la completa y correcta presentación de la documentación relativa a la puesta en servicio. La habilitación de la extracción por Declaración Responsable se realiza en términos de profundidad, ubicación, caudal y uso expresados en Resolución de Autorización, y bajo las condiciones establecidas en la declaración responsable. En ningún caso, la sola presentación de la declaración responsable del titular le faculta, por sí sola, a la extracción de agua. La falta de veracidad o el incumplimiento de las condiciones de la Autorización podrá dar lugar a la reclamación de responsabilidades y apertura de expedientes correspondientes.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Recursos Hídricos

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de puesta en servicio de instalaciones de elevación de aguas

Requisitos

Presentar el modelo normalizado de solicitud con todos los datos y la documentación requerida que ha de ir firmada por el titular al Servicio de Aguas Subterráneas

Tasas

Model 046 Conselleria de la Mar i del Cicle de l'Aigua / 866 / 35.13.1 . Conselleria de la Mar i del Cicle de l'Aigua >Taxa per autorització, posada en servei i reconeixement de les instal·lacions d'elevació d'aigües > Per cada expedient d'autorització, de posada en servei i reconeixement de les instal·lacions d'elevació - https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9631

Documentación a presentar

· Modelo normalizado de solicitud: Solicitud de puesta en servicio de instalaciones de elevación de aguas (Fase 3)

· Documento acreditativo del pago de la tasa (modelo 046), Conselleria de la Mar i del Cicle del Agua > Tasa por autorización, puesta en servicio y reconocimiento de las instalaciones de elevación de aguas > Por cada expediente de autorización, de puesta en servicio y reconocimiento de les instalaciones de elevación.

https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9631&lang=es

· Fotocopia del NIF o equivalente y poder de quien firma la solicitud, si es diferente del titular.

· Certificado de dirección de obra subterránea suscrito por la persona directora facultativa.

· Certificado de adecuación emitido por la persona directora facultativa.

· Hoja de características del sondeo suscrita por la persona directora facultativa.

· Certificado del instalador electricista autorizado.

Ha de ir suscrito y firmado por el instalador de baja tensión responsable de la instalación.

Web para acceder al modelo normalizado de Certificado de instalación de baja tensión: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/8518

· Modelo normalizado de memoria técnica de diseño (MTD).

Ha de incluir un esquema eléctrico unifilar.

Ha de ir suscrito y firmado por instalador de Baja tensión.

Web para acceder al modelo normalizado Memoria técnica de diseño BT: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/8518

· Memoria hidráulica.

Ha de ir suscrito por técnico facultativo competente, y ha de incluir:

◦ Descripción de las instalaciones con ubicación definitiva (UTM ETRS89 Fus 31 N).

◦ Esquema delimitado en planta tanto de la instalación eléctrica como de la hidráulica.

◦ Justificación de la selección de la bomba, fotocopia de la placa de la bomba y de sus características (incluidas las curvas de funcionamiento).

◦ Fotografía de la placa característica de la bomba.

· Fotografía de la ubicación del sondeo con los elementos de equipamiento (contador, grifo de toma de muestras y tubo piezométrico).

· Fotografía del contador volumétrico de agua donde se pueda leer el número de serie del contador y el consumo.

· Analítica del agua por laboratorio acreditado con determinación, como mínimo de conductividad, cloruros, sulfatos y nitratos.

Se habrá de acompañar de la identificación del punto de muestreo.

El director facultativo será responsable legal de la veracidad de les datos del punto de muestra.

En el caso que se haya de contratar energía eléctrica, se ha de aportar lo siguiente:

· Copia íntegra de la carta contestación a la petición de suministro por parte de la compañía distribuidora de energía eléctrica (incluidos los planos del punto de conexión).

· Plano a escala 1:500 de la canalización desde el cuadre eléctrico y hasta el registro del contador en linde de la parcela.

· Proyecto y certificado final de obra de canalización y extensión de red firmado por técnico competente cuando sea necesario enlace entre el punto de conexión de red o registre del contador fuera de la parcela hasta la linde.

En el caso que se esté tramitando la FASE 3 de una concesión, estos documentos ya se habrán presentado en la tramitación de la FASE 2 y no será necesario volver a presentar los:

· Hoja de características del sondeo suscrito por la persona directora facultativa.

· Analítica del agua por laboratorio acreditado con determinación, como mínimo, de conductividad, cloruros, sulfatos y nitratos.

Modelos:

Plazo máximo

6 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Aguas Subterráneas

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Aguas Subterráneas

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176638

(aiguessubterranies@dgreghid.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Recursos Hídricos

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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