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Indemnización por los costes de conservación, mantenimiento y explotación del servicio de depuración de aguas residuales

Indemnizar a ayuntamientos y otras entidades públicas que presten los servicios de depuración de aguas residuales, por los costes de conservación, mantenimiento y explotación que soporten.

Código SIA

2092939

Personas destinatarias

Los ayuntamientos y otras entidades públicas

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del Canon de Saneamiento de Aguas prevé la indemnización por los costes de conservación, mantenimiento, explotación e instalación a ayuntamientos y otras entidades públicas que presten los servicios de aguas residuales bajo las condiciones que reglamentariamente apruebe el Gobierno de las Islas Baleares, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.

Las condiciones para obtener estas indemnizaciones están reguladas en el Decreto 25/1992, de 12 de marzo, sobre indemnizaciones a ayuntamientos y otras entidades públicas por los costes de conservación, mantenimiento y explotación del servicio de depuración de aguas residuales.

Órgano competente para resolver

Consejería del Mar y del Ciclo del Agua

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

La solicitud debe reunir los requisitos del artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 2 del Decreto 25/1992.

Documentación a presentar

Conforme al artículo 2.3 del Decreto 25/1992:

a) En los casos de gestión directa del servicio:

1) Estudio justificativo de los costes de conservación, mantenimiento y explotación del servicio de depuración de aguas residuales, ejemplar por duplicado, redactado con arreglo al "Formulario para redactar estudios justificativos del coste de conservación, mantenimiento y explotación de los servicios de depuración de aguas residuales, aprobado por el director de la Junta de Aguas de Baleares día 27 de mayo de 1992".

2) Certificación del acuerdo adoptado por el órgano u órganos competentes, relativo a solicitar la indemnización y a la aprobación del estudio justificativo de costes.

3) Certificación expedida por el interventor municipal, con el visto bueno del alcalde, o por el órgano competente, acreditativa de los ingresos que, desde el día 01/01/1992 y hasta la fecha, el ayuntamiento o el titular de la gestión del servicio percibe, en su caso, por el concepto de depuración de aguas residuales o en relación, cualquiera que ésta sea, con obras o instalaciones relativas a dicha depuración.

4) Certificación municipal acreditativa de que el servicio se gestiona bajo alguna de las modalidades de gestión directa previstas en la legislación vigente.

b) En los casos de gestión indirecta del servicio:

Además de la documentación relacionada en los apartados 1, 2 y 3, la siguientes:

1) Fotocopia autenticada del documento justificativo de la titularidad de la gestión indirecta.

2) Informe del ayuntamiento sobre la solicitud que se formula.

De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya estén en poder de la administración actuante. Por lo tanto, algunos de estos documentos únicamente deberán presentarse la primera vez que se solicite este tipo de indemnizaciones, siempre que no se produzcan cambios respecto a la situación comunicada anteriormente.

Plazo máximo

6 meses

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Sección de Saneamiento y Calidad de las Aguas

Contacto

Servicio o Sección responsable

Sección de Saneamiento y Calidad de las Aguas

Tel.: 971176635

(canon@dgreghid.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Recursos Hídricos

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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