Ayudas para desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a pruebas deportivas
1.1 El objeto de la subvención de esta convocatoria es ayudar en especie a los deportistas, los clubs deportivos y las selecciones autonómicas de las federaciones deportivas de las Islas Baleares para facilitarlos los desplazamientos entre las islas de la comunidad autónoma para asistir a las competiciones de los calendarios de las federaciones deportivas de las Islas Baleares incluidas en el programa oficial de competiciones de las Islas Baleares, aprobado para la Dirección General de Deportes y Juventud. Se subvencionan los desplazamientos interinsulares realizados entre el 1 de marzo de 2019 y el 30 de junio de 2021, tanto aéreos como marítimos, que hagan los deportistas, los clubs deportivos y las selecciones autonómicas de las federaciones deportivas de las Islas Baleares para participar a las pruebas deportivas del programa oficial de las competiciones federadas de las Islas Baleares para las categorías de infantil, cadete, junior o juvenil y absoluta.
1.2 Vinculado en esta convocatoria, la Consejería de Cultura, Participación y Deportes ha prorrogado el contrato de la prestación del servicio de agencia de viajes exclusivamente para los deportistas, los clubs deportivos y las selecciones autonómicas de las federaciones deportivas de las Islas Baleares para participar ligas o competiciones estatales o autonómicas, recogidas en el programa oficial de competiciones de las Islas Baleares de cada federación deportiva, autorizado por la Dirección General de Deportes y Juventud.
1.3 Quedan excluidos de esta convocatoria los traslados por carretera o tren desde el aeropuerto o puerto hasta la localidad donde se dispute la prueba deportiva.
1.4 También quedan excluidos los desplazamientos de los delegados federativos, el personal administrativo de la federación, los cargos de la asamblea o cualquier persona que desarrolle trabajos de tipo administrativo, directivo o de representación de la federación o del club.
- En el plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día antes del inicio de la prueba deportiva, los interesados deben presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático que está disponible en la Sede Electrónica de esta Administración (https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/3663987)
Código SIA
1998558
Personas destinatarias
2.1 Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Los clubs deportivos y las secciones deportivas de entidades no deportivas inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, de deportes de equipo.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de tres meses desde la fecha de presentación de las solicitudes.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Deportes