Autorización de vertido de un sistema autónomo de depuración de aguas residuales en zonas sin acceso a la red de alcantarillado
Cumplir con el régimen simplificado previsto en el artículo 253 bis, apartado tercero, del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el cual se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el cual se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados y los artículos 4, 11, 64 y 70 del Plan Hidrológico de las Islas Baleares, Real Decreto 49/2023, de 24 de enero mediante el cual se aprueba el Plan Hidrológico de las Islas Baleares.
Código SIA
1778874
Personas destinatarias
Personas, empresas y/o administraciones
Plazo máximo para la resolución y notificación
Requiere resolución
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
Este trámite es diferente a la comunicación previa de la instalación de un sistema autónomo de depuración de aguas residuales que se tiene que presentar a la Dirección general de Recursos Hídricos para cumplir con la disposición transitoria cuarta de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Recursos Hídricos
Documentos relacionados con el procedimiento
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Documento de ayuda
Documento de ayuda en el trámite y elección del Sistema de depuración según el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio y el PHIB actual. También incluye preguntas frecuentes sobre el trámite