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Autorización para realizar actividades espeleológicas en las cuevas ZEC (Zonas de Especial Conservación) incluidas en el Plan de Gestión de Cuevas- Red Natura 2000

Controlar y regular el acceso a las cuevas para realizar actividades de espeleología dentro de las 30 cavidades declaradas ZEC en el Plan de Gestión Natura 2000 de Cuevas.

Código SIA

216026

Personas destinatarias

Personas físicas, asociaciones, administraciones y entidades

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Trámites

X

Solicitud de autorización para realizar actividades espeleológicas en las cuevas ZEC incluidas en el Plan de Gestión de Cuevas- Red Natura 2000

Requisitos

Las visitas de espeleología requerirán autorización de la Dirección General competente en espacios protegidos Red Natura 2000.

Excepcionalmente, la Dirección General competentes en espacios protegidos Red Natura 2000 puede autorizar la práctica el espeleobuceo recreativo o deportivo y científico en relación a la afección ambiental sobre la ZEC, sin perjuicio de otras autorizaciones necesarias y del cumplimiento del resto de la normativa sectorial que le sea de aplicación.

Documentación a presentar

La solicitud rellenada y firmada tendrá que acompañarse con la documentación necesaria siguiente:

1.Copia del documento de identidad del solicitante y de los acompañantes.

2. Declaración responsable de cumplimiento de buenas practicas para la realización de actividades de espeleología en las ZEC incluidas en el Plan de Gestión Natura 2000 de Cuevas firmada por el solicitante y por cada uno de los acompañantes.

Si se tienen que desarrollar actividades espeleológicas científicas o de exploración se tendrá que presentar también la siguiente documentación:

a) Memoria del proyecto o estudio que se quiere ejecutar lo más detallado posible.

b) Para las actividades espeleológicas científicas deberá aportarse el documento que acredite el carácter científico del proyecto.

c) En el caso de que se quiera llevar a cabo una actividad espeleológica de exploración deberá aportarse el aval de la federación deportiva correspondiente.

d) El compromiso de envío de los resultados del proyecto, estudio o exploración una vez realizado, independientemente de si estos resultados se publican o no, o de si están finalizados. En el caso de proyectos, estudios o exploraciones de más de un año de duración, se deberá remitir anualmente un resumen de los resultados.

Modelos:

Plazo máximo

Seis meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Planificación del Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación del Medio Natural

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100

(xarxanatura@dgmambie.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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