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Solicitud de inscripción de la constitución de un club deportivo de régimen general

Inscripción de la constitución de un club deportivo de régimen general

Código SIA

1997982

Personas destinatarias

Personas físicas y/o jurídicas

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses a partir de la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para resolver

Silencio administrativo

Positivo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

FECHA DE CADUCIDAD:

El plazo para solicitar la inscripción de la constitución de un club deportivo de régimen general se de 3 meses a partir de la notificación de la autorización de la reserva temporal de denominación

Órgano competente para resolver

Dirección General de Deportes

Trámites

X

Solicitud de inscripción

Requisitos

Se debe de disponer de la autorización de reserva temporal de denominación.

Tasas

5.10.1.1 . Inscripció Registre d'Entitats Esportives - Telemàtic

Documentación a presentar

La inscripción de un club deportivo de régimen general exige la presentación de la solicitud correspondiente acompañada de la documentación siguiente:

a) Acta de constitución, en documento público o privado, suscrita por un mínimo de cinco personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar, en la que se manifieste que el club tiene como objetivos básicos el fomento, el desarrollo y la práctica de la actividad física y del deporte sin ánimo de lucro.

Esta práctica deberá estar incluida en el programa oficial de las competiciones que así califiquen las federaciones deportivas de las Illes Balears o, si procede, las corresponendientes federaciones españolas o internacionales, siempre que estén reconocidas en el ámbito deportivo.

El acta debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:

i) La identidad de las personas fundadoras o promotoras y el cargo que ocupan.

ii) La denominación de la entidad deportiva.

iii) El domicilio social de la entidad deportiva.

b) Fotocopia del DNI de todas las personas fundadoras o promotoras o de la tarjeta de identificación fiscal, en el supuesto de que las personas fundadoras o promotoras sean personas jurídicas.

c) Declaración suscrita por todas las personas fundadoras o promotoras de no ocupar cargos directivos en otros clubes deportivos de la misma modalidad deportiva.

d) Los estatutos de la entidad deportiva.

e) Justificante de pago de la tasa.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

6 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(registreentitats@esports.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional