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Solicitud de denominación de entidad deportiva

Inscripción de entidades deportivas de las Islas Baleares

Código SIA

1998000

Personas destinatarias

Personas físicas y/o jurídicas

Plazo máximo para la resolución y notificación

1 mes a partir de la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para resolver

Silencio administrativo

Positivo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

FECHA DE CADUCIDAD:

La denominación autorizada queda reservada durante un periodo de 3 meses a partir de la fecha de notificación de la resolución.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Deportes

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

NOTA IMPORTANTE:

Con carácter general, la denominación no puede contener términos o expresiones que resulten contrarios a la ordenación jurídica. Asimismo, las denominaciones quedan sujetas a las reglas y los criterios siguientes:

a) No se pueden utilizar expresiones que puedan inducir a confusión con organismos públicos o entidades representativas de intereses corporativos o colectivos.

b) No se puede componer exclusivamente de nombres propios o apellidos, a menos que corresponda en una marca o nombre comercial registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas a nombre de la entidad que solicita la inscripción, de uno de sus fundadores o que cuente con la autorización correspondiente.

c) No se puede asociar de forma pública o notoria con otra entidad u organización, acrònima o marca diferente de los que la solicitan, a menos que se corresponda literalmente con una nueva marca o nombre comercial registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas a nombre de la persona que lo solicita, de una de las personas fundadoras o que cuente con la autorización correspondiente.

d) La denominación de una entidad no puede incluir un nombre cuya titularidad corresponda a otra entidad pública o privada, a menos que cuente con su autorización previa.

e) Si se utilizan nombres relativos a demarcaciones territoriales, la entidad deportiva correspondiente tiene que añadir un elemento específico diferenciador con respecto a otras entidades deportivas que se puedan constituir en el mismo ámbito geográfico.

Documentación a presentar

Solicitud

Modelos:

Plazo máximo

El plazo máximo de resolución y notificación de la denominación autorizada es de un mes a partir del día siguiente de recepción de la solicitud por parte del órgano competente.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(registreentitats@esports.caib.es)

Observaciones

Solicitud de denominación de entidad deportiva

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimento

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional