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Solicitud de la autorización para practicar la pesca marítima submarina en el ámbito marino del Parque Natural de S'Albufera des Grau

Es el documento administrativo nominal, individual e intransferible, obligatorio que permite la práctica de la pesca recreativa submarina en el ámbito marino del Parque Natural de s'Albufera des Grau.

La autorización está gravada con una tasa de 53,90 € y tendrá validez hasta el 31 de diciembre del año de emisión.

Para obtener la autorización es necesario disponer de una licencia de pesca recreativa submarina en vigor. En el caso que esta licencia se haya emitido en otra comunidad autónoma, durante el trámite se solicitará que se adjunte un documento que la acredite, este puede ser una fotografía de la licencia, o bien una copia escaneada.

La obtención de la licencia NO es inmediata y requiere de un informe preceptivo de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad.

Forma de obtener la solicitud de licencia:

   - On line:

   Una vez realizada la solicitud, la Dirección General de Pesca y Medio Marino, visto el informe favorable de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, emitirá la correspondiente autorización, la cual se enviará por correo postal a la dirección de notificación señalada.

   Inicio de la tramitación telemática, haciendo clic en el siguiente enlace: Autorización para la pesca marítima submarina en el Parc natural de s'Albufera des Grau.

Código SIA

208403

Personas destinatarias

Personas interesadas en la práctica de la pesca marítima submarina en el PN de s'Albufera des Grau

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La autorización sólo será válida mientras estén en vigor tanto la licencia de pesca submarina como la licencia federativa, o bien el certificado médico y el seguro, ambos adecuados para la pesca submarina.

A efectos del seguimiento de la actividad pesquera y la evolución de los recursos marinos, los pescadores deben presentar un registro de las capturas rellenando las hojas que se entregarán con la autorización. La no presentación de esta información conllevará la pérdida de la autorización.

Órgano competente para resolver

Dirección General de Pesca

Trámites

X

Solicitud para obtener la autorización de pesca submarina en el Parque Natural de se Albufera desde Grado

Requisitos

Disponer de una licencia de pesca submarina en vigor.

Documentación a presentar

Solicitud telemática en Caso de disponer de una licencia de pesca submarina de otras comunidades autónomas adjuntar un documento justificativo (PDF, foto, etc.).

Modelos:

Plazo máximo

Según normativa

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Pesca

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100

Observaciones

L'obtenció de la llicència NO és immediata i requereix d'un informe preceptiu de la Direcció General d'Espais Naturals i Biodiversitat.

Una vegada realitzada la sol·licitud, la Direcció General de Pesca i Medi Marí, vist l'informe favorable de la Direcció General d'Espais Naturals i Biodiversitat, emetrà la corresponent autorització, la qual s'enviarà per correu postal a l'adreça de notificació assenyalada.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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