Reconocimiento del derecho a las prestaciones y servicios del sistema de dependencia
Reconocer el derecho a las prestaciones y servicios del sistema de dependencia
Código SIA
208066
Personas destinatarias
Personas que se encuentren en situación de dependencia.
-Personas mayores en situación de dependencia
-Personas con discapacidades moderadas y graves o grande dependientes
-Niños menores de tres años con problemas de dependencia
-Personas con discapacidad psíquica, intelectual y con enfermedad mental en situación de dependencia
Plazo máximo para la resolución y notificación
La resolución de aprobación del PIA debe producirse en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia
Simplificación documental
Trámites
Solicitud al derecho a las prestaciones y servicios del sistema de dependencia
Requisitos
- Tener reconocido el grado de dependencia dentro del territorio de las Islas Baleares
- Tener aprobado el Programa Individual de Atención (PIA)
Documentación a presentar
Modelos:
- Modelo de comunicación, petición, presentación i/o solicitud de información básica
- Solicitud de certificado de prestación
- Solicitud para el cambio de la persona cuidadora
- Solicitud de cambio de opciones de preferencia en la lista general de la XPAD
- Solicitud de cambio de datos personales
- Solicitud para el cambio de jornada de la persona cuidadora
- Solicitud de traslado de centro
- Solicitud de revisión de la capacidad económica
- Solicitud de traslado de una plaza sociosanitaria
- Solicitud de traslado del expediente de dependencia
- Solicitud de cambio de PIA
- Solicitud de desestimiento de cambio de PIA
- Autorización para la presentación de documentación
- Solicitud de cambio de opciones de preferencia en la lista general de la XPAD.
- Solicitud de reagrupamiento familiar
Plazo máximo
Durante todo el año
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Reconocimiento de Prestaciones y Servicios
Av. de Gabriel Alomar, 33. Tel.: 971177200 - Fax: 971176312
(reconeixementprestacio@dgad.caib.es)
Subsanación de la documentación requerida y/o a la alegaciones de tràmite de audiencia
Requisitos
- Tener reconocido el grado de dependencia dentro del territorio de las Islas Baleares
- Tener aprobado el Programa Individual de Atención (PIA)
Documentación a presentar
Modelos:
- Declaración de veracidad de datos bancarios
- Autorización consulta datos económicos del cónyuge o pareja estable
- Subsanación de la solicitud o aportación de documentos
- Alegaciones al trámite de audiencia
- Solicitud de prestaciones económicas devengadas
- Anexo 1 Autorización para el cobro de prestaciones económicas devengadas
- Anexo 2 Representación para la solicitud de prestaciones económicas devengadas
Plazo máximo
Durante todo el año
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Reconocimiento de Prestaciones y Servicios
Av. de Gabriel Alomar, 33. Tel.: 971177200 - Fax: 971176312
(reconeixementprestacio@dgad.caib.es)
Renuncia del derecho a las prestaciones y servicios de dependencia
Requisitos
- Tener reconocido el grado de dependencia dentro del territorio de las Islas Baleares
- Tener aprobado el Programa Individual de Atención (PIA)
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Durante todo el año
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Reconocimiento de Prestaciones y Servicios
Av. de Gabriel Alomar, 33. Tel.: 971177200 - Fax: 971176312
(reconeixementprestacio@dgad.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad
Finalidad
Tramitación del procedimento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros salvo obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional