Autorización especial con finalidades científicas
Las actuaciones de cariz científico dentro de las reservas marinas requieren una autorización expresa de la Dirección General de Pesca.
Durante la tramitación se deberá adjuntar una memoria que contendrá la siguiente información:
1. Descripción de la actividad, estudio o investigación.
2. Persona responsable.
3. Fecha prevista de inicio y final.
4. Relación de las reservas marinas en las que se llevará a cabo. o en su caso, otras zonas fuera de las reservas marinas.
5. Tipo de actividades a desarrollar: buceo con escafandra, filmación, toma de muestras y tipos, manipulación de especies, instalación de equipamientos u otros.
6. Datos identificativos de las personas que participarán.
7. Datos de las embarcaciones (en su caso).
8. Si la autorización supone realizar trabajos subacuáticos, los buceadores tendrán que disponer de la tarjeta de acreditación subacuática científica (Decreto 55/2022, de 19 de diciembre, de buceo en las Islas Baleares).
Código SIA
207787
Personas destinatarias
Aquellas que quieran llevar a cabo actividades en las reservas marinas con objetivos científicos.
Plazo máximo para la resolución y notificación
.6 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
En la solicitud se hará constar la actividad para la que se pide autorización, la zona y el período en que se llevará a cabo.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Pesca