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Ayudas para la organización de eventos deportivos de alto nivel para federaciones, delegaciones territoriales de las federaciones deportivas y clubes deportivos

El objeto de la convocatoria es apoyar a los proyectos de especial relevancia que incidan en la promoción del deporte de alto nivel, mediante la organización de eventos deportivos en las Islas Baleares. En este contexto entendemos deporte de alto nivel como la práctica deportiva que supone un modelo para el fomento del deporte base, y tiene una función representativa de las Islas Baleares a pruebas oficiales de carácter nacional e internacional. En este sentido, podemos encontrar algunos deportes que pueden cumplir con este objeto incluso en categorías de competición de segundo o tercer nivel (atendiendo a las divisiones o categorías establecidas por las federaciones nacionales e internacionales), o también a categorías de edad inferiores a la absoluta.

Código SIA

2985323

Personas destinatarias

- Los clubes deportivos regulados por el título V, capítulo Y, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el cual se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

- Las federaciones deportivas de las Islas Baleares legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares y las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas anotadas al Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

Quedan excluidos de esta convocatoria las entidades que reciban algún tipo de ayuda o patrocinio de empresas de casas de apuestas o de salas de juego , independientemente de si esta ayuda se utiliza o no para cubrir los gastos del acontecimiento que sea objete de subvención.

Los beneficiarios tienen que acreditar cumplir estos requisitos específicos a la fecha de fin del plazos de solicitud.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de 6 meses desde la finalización del periodo de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

a) Se tienen que realizar en el ámbito geográfico de las Islas Baleares.

b) Tienen que tener lugar entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, ambos incluidos.

c) Tienen que incluir competiciones con una o varias de las modalidades o especialidades deportivas financiables a las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes (según Resolución del presidente del Consejo Superior de Deportes de 15 de marzo de 2022), o bien una o varias de las modalidades o pruebas de los deportes reconocidos como autóctonos en las Islas Baleares.

Podéis encontrar la resolución del CSD en

https://www.csd.gob.es/sites/default/files/media/files/202204/resolucion%20CATALOGO%20sgn.pdf

Se excluyen de las subvenciones los acontecimientos correspondientes a partidos locales de ligas regulares o de los play-off correspondientes, y también las competiciones de tipo amistoso o no competitivo.

Así mismo restan excluidas las competiciones profesionales y las que están ligadas a una actividad económica.

Respecto de las ligas regulares se aceptarían las competiciones donde se concentra la participación simultánea de más de dos equipos y/o varias jornadas en un mismo acontecimiento (por ejemplo play-off final o copa del Rey).

Documentación a presentar

a) Impreso de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.

b) En el caso de clubes deportivos, fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad y fotocopia del DNI/NIE de la persona firmando de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en que actúa.

c) Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención, en conformidad con la normativa aplicable.

d) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitados o concedidos por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionada con la solicitud.

e) Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que está sujeto o no a la obligatoriedad de declarar el impuesto sobre valor añadido.

f) Dado el caso que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se podrá obtener en la sede o en la página web de la Dirección general de Deportes.

g) Certificado de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. El órgano instructor tiene que aportar de oficio este certificado.

h) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.

y) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.

j) Declaración responsable relativa a las siguientes obligaciones:

y. Llevar a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en la forma y el plazo que se establecen en la convocatoria, como también, si procede, en la resolución de concesión correspondiente o en las modificaciones que, si procede, se aprueben.

ii. Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación para la cual se ha solicitado, en la forma y el plazo que se indiquen en la convocatoria y, si procede, en la resolución correspondiente o sus modificaciones.

iii. Comunicar al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte alguno de los requisitos exigidos para conceder la subvención.

iv. Declaración responsable de cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes.

v. Declaración responsable de no tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje.

vi. Adoptar, según proceda, en los términos que se establezcan en las convocatorias correspondientes, las medidas de difusión consistentes a hacer constar en los informes anuales que se redacten, como también en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos o los actos públicos relacionados con el fin de la subvención, la financiación de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares y, si procede, la cofinanciación con fondo de la Unión Europea y más concretamente la imagen corporativa de la Dirección general de Deportes de la consejería competente en materia de deportes y, si corresponde, la imagen de la Unión Europea. Una copia de las publicaciones se tiene que enviar a la Dirección general mencionada.

k) Proyecto explicativo del acontecimiento deportivo. Que de contener como mínimo los siguientes apartados:

y. Informe descriptivo con la denominación del acontecimiento, los objetivos, información sobre ediciones anteriores, calendario y horario, recursos humanos, recursos materiales, infraestructuras y lista de actuaciones realizadas.

ii. Lista de participantes, distribuyendo los datos por comunidad de origen en caso de campeonatos nacionales, o por país en caso de campeonatos internacionales y las clasificaciones finales de la competición.

iii. Medios empleados para la difusión del acontecimiento, con el máximo de concreción posible (por ejemplo indicando la página web del acontecimiento, la presencia a redes sociales, la elaboración de carteles, trípticos, cunyes de radio, anuncios, prensa, elaboración de medios audiovisuales, etc.).

iv. El presupuesto de ingresos y gastos previstos derivados de la organización del acontecimiento deportivo.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Dentro del plazo de 20 días habiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. Día 25-04-2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

Observaciones

- Teneis que adjuntar los modelos específicos correspondientes que consten arriba, debidamente rellenados y firmados

X

Aceptación/Renuncia

Requisitos

Notificadas las propuestas de resolución, tiene que comunicarse al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta en el plazo de 5 días habiles. En todo caso, se considera que la persona beneficiaria desiste de la propuesta de resolución si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Hasta día 20 de junio (Incluido)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

X

Alegaciones

Requisitos

Notificadas las propuestas de resolución mediante publicación. Hay un plazo de diez días habiles, para alegar lo que consideren oportuno.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Hasta 27 de junio de 2023 (Incluido)

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

X

Cuenta justificativa

Requisitos

El pago de la subvención únicamente se puede hacer efectivo una vez justificado el importe del proyecto aprobado.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que se efectúen en el periodo compres entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023 y hayan sido efectivamente pagadas en el mismo periodo.

Las subvenciones que concede la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes se tienen que justificar mediante la presentación de la cuenta justificativa, de acuerdo con el artículo 39 del Decreto legislativo 2/2005 y el artículo 20 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes.

Documentación a presentar

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación que acredite la realización del gasto mediante una cuenta justificativa, firmado por la persona o la entidad beneficiaria o bien quién la represente, que tiene que tener el contenido siguiente:

a) Un informe de actuación justificativo del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo y de los resultados obtenidos .

b) Un informe económico justificativo del coste de las actividades llevadas a cabo, que tiene que contener :

1r Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, el importe, la fecha de emisión y, si procede, la fecha de pago. En el supuesto de que la subvención se otorgue de acuerdo con un presupuesto, se tienen que indicar las desviaciones esdevenir .

2n La indicación, si procede, de los criterios de reparto de los costes generales o indirectas incorporados en la relación clasificada de los gastos que se ha mencionado antes.

3r Una relación detallada otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y la procedencia de estos.

4t Los tres presupuestos que, si procede, y en aplicación del artículo 40.3 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, tiene que haber solicitado la persona o la entidad beneficiaria.

c) Copias digitalizadas de las facturas o los documentos de valor probatorio equivalente en el tràfic jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados que justifiquen los gastos incorporados a la relación a que hace referencia la letra b anterior y la documentación acreditativa del pago.

En este sentido se entienden justificadas todos los gastos que, conforme a derecho, se hayan meritado y pagado efectivamente en el periodo compres entre 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023.

En la justificación se tiene que indicar claramente a qué actividad de las previstas al plan de actuación presentado corresponden los justificantes aportados, así como a qué conceptos del presupuesto previsto se refieren, llenando la casilla correspondiente de la cuenta justificativa.

Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otros subvenciones, habrá que indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una.

La justificación que presente la entidad beneficiaria también tiene que incluir los documentos siguientes:

a) Memoria que justifique la realización del proyecto deportivo presentado, incluyendo como mínimo el nombre del acontecimiento, fechas y lugar de realización, horario de las actividades, número de participantes finales, fotografías realizadas durante el acontecimiento y muestras de papelería relacionadas con este (carteles, trípticos, entradas, etc.).

b) Clasificación final de la competición.

c) Reglamento de la competición.

d) Liquidación definitiva del presupuesto con el estado comparativo entre el presupuesto presentado con la solicitud y el finalmente realizado.

Modelos:

Plazo máximo

Las entidades tienen que presentar la documentación justificativa descrita en esta base en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de fin de la ejecución de las actuaciones objeto de subvención o, en el supuesto que las actuaciones a subvencionar ya se hubieran ejecutado en el momento de otorgarse la subvención, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de la resolución de concesión de la subvención solicitada.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(ajuts_esports@esports.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Consentimiento del interesado

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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