Requisitos
a) Se tienen que realizar en el ámbito geográfico de las Islas Baleares.
b) Tienen que tener lugar entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, ambos incluidos.
c) Tienen que incluir competiciones con una o varias de las modalidades o especialidades deportivas financiables a las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes (según Resolución del presidente del Consejo Superior de Deportes de 15 de marzo de 2022), o bien una o varias de las modalidades o pruebas de los deportes reconocidos como autóctonos en las Islas Baleares.
Podéis encontrar la resolución del CSD en
https://www.csd.gob.es/sites/default/files/media/files/202204/resolucion%20CATALOGO%20sgn.pdf
Se excluyen de las subvenciones los acontecimientos correspondientes a partidos locales de ligas regulares o de los play-off correspondientes, y también las competiciones de tipo amistoso o no competitivo.
Así mismo restan excluidas las competiciones profesionales y las que están ligadas a una actividad económica.
Respecto de las ligas regulares se aceptarían las competiciones donde se concentra la participación simultánea de más de dos equipos y/o varias jornadas en un mismo acontecimiento (por ejemplo play-off final o copa del Rey).
Documentación a presentar
a) Impreso de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.
b) En el caso de clubes deportivos, fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad y fotocopia del DNI/NIE de la persona firmando de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en que actúa.
c) Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención, en conformidad con la normativa aplicable.
d) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitados o concedidos por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionada con la solicitud.
e) Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que está sujeto o no a la obligatoriedad de declarar el impuesto sobre valor añadido.
f) Dado el caso que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se podrá obtener en la sede o en la página web de la Dirección general de Deportes.
g) Certificado de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. El órgano instructor tiene que aportar de oficio este certificado.
h) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.
y) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
j) Declaración responsable relativa a las siguientes obligaciones:
y. Llevar a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en la forma y el plazo que se establecen en la convocatoria, como también, si procede, en la resolución de concesión correspondiente o en las modificaciones que, si procede, se aprueben.
ii. Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación para la cual se ha solicitado, en la forma y el plazo que se indiquen en la convocatoria y, si procede, en la resolución correspondiente o sus modificaciones.
iii. Comunicar al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte alguno de los requisitos exigidos para conceder la subvención.
iv. Declaración responsable de cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes.
v. Declaración responsable de no tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje.
vi. Adoptar, según proceda, en los términos que se establezcan en las convocatorias correspondientes, las medidas de difusión consistentes a hacer constar en los informes anuales que se redacten, como también en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos o los actos públicos relacionados con el fin de la subvención, la financiación de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares y, si procede, la cofinanciación con fondo de la Unión Europea y más concretamente la imagen corporativa de la Dirección general de Deportes de la consejería competente en materia de deportes y, si corresponde, la imagen de la Unión Europea. Una copia de las publicaciones se tiene que enviar a la Dirección general mencionada.
k) Proyecto explicativo del acontecimiento deportivo. Que de contener como mínimo los siguientes apartados:
y. Informe descriptivo con la denominación del acontecimiento, los objetivos, información sobre ediciones anteriores, calendario y horario, recursos humanos, recursos materiales, infraestructuras y lista de actuaciones realizadas.
ii. Lista de participantes, distribuyendo los datos por comunidad de origen en caso de campeonatos nacionales, o por país en caso de campeonatos internacionales y las clasificaciones finales de la competición.
iii. Medios empleados para la difusión del acontecimiento, con el máximo de concreción posible (por ejemplo indicando la página web del acontecimiento, la presencia a redes sociales, la elaboración de carteles, trípticos, cunyes de radio, anuncios, prensa, elaboración de medios audiovisuales, etc.).
iv. El presupuesto de ingresos y gastos previstos derivados de la organización del acontecimiento deportivo.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Dentro del plazo de 20 días habiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria. Día 25-04-2023.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(ajuts_esports@esports.caib.es)
Observaciones
- Teneis que adjuntar los modelos específicos correspondientes que consten arriba, debidamente rellenados y firmados