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Procedimiento sancionador por infracciones en materia de seguridad y salud laboral

El procedimiento sancionador por infracciones en materia de seguridad y salud laboral es un procedimiento de carácter especial regulado en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (TRLISOS) aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y en el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

Código SIA

1814217

Personas destinatarias

Personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes autores de infracciones tipificadas como tal y, en particular, las enumeradas en el artículo 2 TRLISOS.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses a contar desde la fecha del acta de infracción.

Silencio administrativo

Caducidad

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Este procedimiento se inicia de oficio por acta de infracción levantada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El plazo máximo de seis meses para resolver los expedientes sancionadores se puede interrumpir por causas imputables a las personas interesadas o motivadas por la suspensión del procedimiento establecido en el Reglamento aprobado mediante el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

Este plazo también quedará interrumpido durante el tiempo comprendido entre la fecha de remisión del documento de pago con reducción de la sanción y el pago efectivo de este o, en caso de que no se haga el pago, el último día del plazo para efectuarlo.

La atención a la ciudadanía se llevará a cabo mediante cita previa al 971176600 o en el correo electrónico sancions@ibassal.caib.es.

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Trámites

X

Presentación de alegaciones

Requisitos

Las personas interesadas pueden presentar alegaciones al acta de infracción durante el plazo establecido en el trámite de la notificación de esta.

Documentación a presentar

La persona interesada puede anexar a su escrito de alegaciones la documentación complementaria que considere adecuada para la defensa de sus intereses .

Modelos:

Plazo máximo

Quince días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación del acta.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio Administrativo

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sancions@ibassal.caib.es)

Observaciones

La persona interesada puede anexar a su trámite teleático o al escrito de alegaciones la documentación complementaria que considere adecuada para la defensa de sus intereses.

X

Solicitud de pago voluntario

Requisitos

Establecidos en el artículo 14.6 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social:

- La sanción tiene que tener carácter exclusivamente pecuniario.

- El interesado debe manifestar la voluntad de pago de la sanción.

- El pago de la sanción tiene que ser previo a la Resolución.

- Renunciar a cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa.

Documentación a presentar

Solicitud firmada digitalmente por el interesado haciendo constar la renuncia expresa a cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa y la intención de hacer el pago anticipado de forma voluntaria.

Modelos:

Plazo máximo

- Puede presentar la solicitud de reducción en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación del acta de infracción.

- Dispone de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES para efectuar el pago y acreditarlo ante el órgano instructor del procedimiento, contados desde el día siguiente de haber recibido el documento para hacer efectivo el pago.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio Administrativo

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sancions@ibassal.caib.es)

X

Presentación de documentación

Requisitos

Si ha sido requerido para que subsane la solicitud de reducción de la sanción o el escrito de alegaciones presentado, debe remitir la documentación que se haya requerido, anexándola en este trámite.

También puede presentar por esta vía el justificante del pago de la sanción con reducción.

Documentación a presentar

Según corresponda:

- Poder que acredita la representación de la persona solicitante

- Solicitud correctamente firmada

- Justificante de pago de la sanción con reducción

...

Modelos:

Plazo máximo

- El plazo para subsanar la documentación se indica en el requerimiento, y habitualmente es de DIEZ DÍAS.

- Si debe presentar el justificante de pago debe hacerlo en el plazo de DIEZ DÍAS después de haber recibido la notificación con el documento para hacer el pago (modelo 046).

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio Administrativo

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sancions@ibassal.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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