Subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil 2025-2026
Subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y
Código SIA
3189820
Personas destinatarias
a) En cuanto a la Línea A:
Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.
b) En cuanto a la línea B:
Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado en el artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnas y las federaciones o confederaciones de este, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.
a) En cuanto a la Línea A:
Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.
b) En cuanto a la línea B:
Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado en el artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnas y las federaciones o confederaciones de este, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.
Pueden ser beneficiarias de este ayudas las personas jurídicas siguientes:
a) En cuanto a la Línea A:
Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.
b) En cuanto a la línea B:
Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado en el artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnas y las federaciones o confederaciones de este, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.
Pueden ser beneficiarias de este ayudas las personas jurídicas siguientes:
a) En cuanto a la Línea A:
Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.
b) En cuanto a la línea B:
Asociaciones de familias de alumnado de centros docentes, inscritas en el censo de asociaciones de padres y madres de alumnos regulado en el artículo 6 del Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el cual se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnas y las federaciones o confederaciones de este, o bien en el Registro de Entidades Jurídicas que gestiona la Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas, como asociaciones de padres y madres de centros docentes.
Plazo máximo para la resolución y notificación
En todos los casos, el órgano competente para resolver la concesión o denegación de subvenciones en el marco de este convocatoria es la consejera de Familias y Asuntos Sociales, quienes, a la vista de la propuesta de resolución definitiva, dictará resolución motivada, en el plazo máximo de 2 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Familias y Asuntos Sociales