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Convocatoria para la concesión de la Medalla al Mérito de Protección Civil de las Islas Baleares para el año 2024

El objeto de estas bases es hacer pública la convocatoria y regular el procedimiento de otorgamiento de la Medalla al Mérito de Protección Civil de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares para el año 2024.

El galardón de la Medalla al Mérito de Protección Civil tiene por objeto honorar y distinguir las personas naturales o jurídicas que se destaquen por sus actividades en el ámbito preventivo y operativo de la protección de personas y bienes que se puedan ver afectados por situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública; mediante la realización de acciones singulares que impliquen riesgo notorio o solidaridad excepcional, actas más allá del cumplimiento del deber, colaboración singular con las autoridades competentes en la dirección y coordinación de los recursos de intervención en estas circunstancias, o cooperación altruista con estas en acciones de finalidad técnica, pedagógica, de investigación, económica o social, como también en actuaciones continuadas y relevantes de interés para la protección civil, todo dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. Este galardón tiene naturaleza exclusivamente honorífica, por lo cual no genera ningún efecto económico, y es de carácter personal, intransferible y permanente, salvoen los casos previstos en el decreto que regula estos distintivos.

Código SIA

3031339

Personas destinatarias

Puede ser candidato o candidata de la Medalla al Mérito de Protección Civil de las Islas Baleares cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, los méritos de la cual se consideren merecedores o dignas de esta distinción.

Sin embargo, no se puede otorgar la Medalla al mérito de protección civil a personas que hayan sido condenadas por sentencia firme por cualquier hecho delictivo.

Así mismo, pueden presentar candidaturas para optar a cualquier de las medallas al mérito de protección civil de las Islas Baleares las personas físicas o jurídicas, representantes de organismos, entidades, asociaciones, así como cualquier administración pública.

Plazo máximo para la resolución y notificación

No es de aplicación en este procedimiento

Silencio administrativo

No es de aplicación

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Convocatoria Pública y las Bases para el ejercicio 2024
    Resolución de la consellera de Presidencia y Administraciones Públicas por la cual se aprueba la convocatoria pública y las bases para la concesión de la Medalla al Mérito de Protección Civil de las Islas Baleares para el año 2024, y se abre el plazo para presentar candidaturas

Trámites

X

Presentación de candidaturas a la Medalla

Requisitos

Los que establece el Decreto 16/2023, de 20 de marzo.

Documentación a presentar

Junto con el formulario de solicitud, se tiene que presentar la documentación siguiente:

a) En caso de que se presente la candidatura en nombre propio, se tiene que presentar un certificado de antecedentes penales, sólo si no se autoriza la consulta en el formulario.

b) Si la candidatura se presenta en nombre de otra persona, y no es posible presentar el certificado de antecedentes penales con la candidatura, o la autorización firmada por el candidato o candidata, la persona que instruye el procedimiento tiene que dar un plazo al candidato o candidata para presentarlo, o, si procede, para presentar una autorización para consultarlo.

c) En caso de que se solicite el distintivo naranja, se tienen que presentar uno o varios certificados que acrediten la citada permanencia en el servicio activo.

d) Así mismo, se pueden presentar todos los informes y documentos que se consideren oportunos para fundamentar los méritos alegados.

Modelos:

Plazo máximo

Hasta el día 30 de diciembre de 2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Emergencias e Interior

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación de Emergencias

C/ de Francesc Salvà i Pizà, s/n . Tel.: 971177100

(planificacio@dgiej.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Emergencias e Interior

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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