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Subvenciones para apoyar las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2023

Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de las jornadas de estudios locales de las Illes Balears y a la edición y digitalización de las publicaciones que se desprendan de estas jornadas, durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de 2022 y 30 de noviembre de 2023.

Código SIA

2984776

Personas destinatarias

Son beneficiarios:

a) Cualquier tipo de asociación de estudios locales de las Illes Balears legalmente establecida.

b) Los ayuntamientos de las Illes Balears que organicen este tipo de acontecimientos.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a partir de la fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Todas las entidades que soliciten estas ayudas tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunitat Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas comporta la autorización porque el IEB compruebe de oficio que la persona o la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación expresa del consentimiento. En este caso, la persona o la entidad solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.

b) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 7, 8 y 9 de esta convocatoria.

c) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, d'igualdad de mujeres y hombres.

d) En el supuesto de que el solicitante de la subvención sea una persona física, tiene que estar inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente.

e) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.

f) Si procede, presentar un certificado que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta este certificado del Agencia Estatal de la Administración Tributoria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar.

Documentación a presentar

El documento original de la solicitud se tiene que presentar por medio del modelo normalizado (anexo 2), rellenado y firmado, y tiene que ir acompañado de la siguiente documentación:

a) La documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica:

a.1) Persona física:

— La acreditación de la identidad: fotocopia del DNI, pasaporte o NIE.

— Un documento acreditativo del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y de la vigencia de esta alta en el momento de hacer la solicitud.

— Un documento acreditativo de estar dado de alta en el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector cultural.

a.2) Persona jurídica:

— Una fotocopia del NIF de la persona jurídica y una fotocopia del DNI, pasaporte o NIE de la persona física que la representa.

— El documento constitutivo de la persona jurídica.

— Los estatutos sociales inscritos debidamente en el registro.

— Un documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, el cual tiene que estar vigente en el momento de presentar la solicitud.

— Un documento acreditativo de estar dado de alta en el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector cultural.

b) Una declaración responsable por medio del modelo normalizado (anexo 3), en que el solicitante manifieste los siguientes puntos:

— Que cumple las obligaciones que establece el artículo 11 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, como también las que establece esta convocatoria.

— Que aporta la documentación adjunta a la solicitud, verdadera y correcta.

— Que no incurre en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ajuda, en conformidad con la normativa aplicable.

— Que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica.

— Que cumple la legalidad vigente y aplica criterios de igualdad de oportunidades en cuanto a la contratación de trabajadores.

— Que no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por haber ejercito o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

— Que, en su caso, ha solicitado ayudas y subvenciones a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se le han concedido las ayudas y subvenciones mencionadas.

c) Una memoria descriptiva y detallada del proyecto con los apartados detallados a continuación. Esta memoria servirá para que la Comisión Evaluadora puntúe el proyecto y, por lo tanto, sólo se valorará la información que se incluya.

1.º Acreditación de los requisitos exigidos en su punto 1.2 de la convocatoria.

2.º Objetivos generales del proyecto.

3.º Programación general, tanto para la celebración de jornadas como para las jornadas que son objeto de edición o de digitalización:

— Programación completa del acontecimiento.

— Relación de actividades y fechas en que se llevan a cabo.

— Lista de los profesionales acreditados asistentes y sus trayectorias (organizadores, programadores, coordinadores, ponentes y comunicantes, etc.), en que se distinga de manera clara los que son de fuera de la isla donde tienen lugar las jornadas. Hay que especificar también si asistirán de forma presencial o virtual. En caso de no disponer de la lista de la edición actual, hay que adjuntar la de la edición inmediatamente anterior.

— Lista y trayectorias profesionales de los colectivos, empresas o entidades implicados.

4.º Pla concreto de edición o digitalización de jornadas (tirada, características de la edición, etc.)

5.º Antigüedad: hay que especificar el número de la edición actual y hacer una breve memoria descriptiva de las ediciones anteriores.

6.º Redes de colaboración: hay que especificar si los organizadores pertenecen a alguna red de estudios locales de alcance nacional o internacional, o bien si se integran dentro de una red de acontecimientos similares.

7.º Igualdad de género: mínimo 40 % de mujeres. Hay que especificar y acreditar si se cumple o no este porcentaje y en qué ámbitos de las jornadas.

8.º Estructura organizativa del acontecimiento: hay que especificar si se dispone de estructura empresarial y cómo se fomenta la contratación de personal. Así mismo, hay que adjuntar el historial de la experiencia previa de la entidad organizadora en acontecimientos similares.

9.º Hay que indicar si se incluyen algunos de los proyectos o investigadores beneficiarios de las convocatorias del IEB de ayudas para apoyar a proyectos de investigación de humanidades y de la cultura vinculados con las Illes Balears para los años 2020 (BOIB núm. 8, de 19 de enero de 2021), 2021 (BOIB núm. 21, de 10 de febrero de 2022) o 2022 (BOIB núm. 6, de 14 de enero de 2023).

d) El presupuesto detallado del proyecto, siguiendo el modelo descargable en http:// www.iebalearics.org, con ingresos y gastos y con el pertinente IVA desglosado. Hace falta que el presupuesto recoja todos los conceptos para los cuals se pide la ayuda, con los gastos subvencionables desglosados (véase la descripción de los gastos subvencionables en el punto 2 de la convocatoria).

e) El plan de patrocinios y de financiación del acontecimiento.

f) En su caso, la solicitud de autorización para realizar gastados con personas o entidades vinculadas (anexo 4).

g) La acreditación de que la persona o la entidad beneficiaria de la ayuda es titular de la cuenta bancaria facilidada.

h) Para subvenciones de más de 3.000 €, hay que presentar los certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones con:

— La Administración de la Comunitad Autónoma de las Illes Balears.

— La Tesorería General de la Seguridad Social.

— El Agencia Estatal de Administración Tributària.

Estos certificados sólo se tienen que presentar en el supuesto de que no se haya autoritzado al IEB a hacer la consulta telemática (véase la autorización correspondiente en el anexo 3).

No obstante, en el caso de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000 €, la persona o la empresa interesada puede sustituir la presentación de estos certificados mediante la presentación de una declaración responsable.

Modelos:

Plazo máximo

15 de septiembre de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado la solicitud para participar en la convocatoria y tener la necesidad de aportar documentación (requerida o que se considere necesaria en la tramitación del procedimiento o para completar los datos de la solicitud; o para responder a un requerimiento para modificar o mejorar voluntariamente la solicitud).

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

31 de diciembre de 2023.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Justificación

Requisitos

Aparecer como beneficiario en la resolución de concesión.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

9 de febrero de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Subsanación de la justificación

Requisitos

Haber recibido un requerimiento para corregir los defectos de la documentación presentada para justificar los gastos efectuados.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la recepción del requerimiento.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento administrativo para otorgar las subvenciones convocadas.

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos.

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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