Requisitos
Se pueden acoger a esta convocatoria las federaciones deportivas de las Islas Baleares reconocidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares y delegaciones territorial de federaciones deportivas españolas en las Islas Baleares reconocidas y anotadas en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares,
Documentación a presentar
a) Impreso de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.
b) Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención en conformidad con la normativa aplicable.
c) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionada con la solicitud.
d) Dado el caso que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se podrá obtener en la sede o en la página web de la Dirección general de Deportes.
e) Declaración responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al artículo 15 de la Orden de Bases y en el punto 14 de esta convocatoria.
f) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
g) Copia del presupuesto de ingresos y gastos derivado de la actividad ordinaria de la federación del año 2022, aprobado por la Asamblea General de la Federación. Así como copia del acta de la Asamblea General.
h) Informe de les llicències tramitades al 2022, i clubs i equips en actiu al 2022, així com la llista de les competicions oficials organitzades per la federació durant el període subvencionat.
i) Informe de cursos de formació de tècnics i/o entrenadors durant la temporada 2021/2022 o l'any 2022: Relació de cursos, nombre d'assistents, número de tècnics o entradors que han superat els cursos.
En el modelo normalizado de solicitud de subvención que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas porque lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
En caso de que el solicitante deniegue de manera expresa esta autorización, tiene que presentar, junto con la solicitud, los correspondientes certificados acreditativos de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
El órgano instructor aportará de oficio el certificado de estar al cabo de la calle de las obligaciones de todas las obligaciones con la Administración deportiva de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
El órgano instructor comprobará de oficio la constitución y la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, como también la acreditación de la representación con que actúa la persona firmando de la solicitud.
Así mismo, el órgano instructor comprobará de oficio la anotación en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares de las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas, como también la acreditación de la representación con que actúa la persona firmando de la solicitud.
En caso de que la Dirección general de Deportes, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, requerirá a la persona o entidad solicitante que los aporte en el plazo de diez días habilidosos y siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
La Dirección general de Deportes, en cualquier momento, puede solicitar a los interesados la documentación y la información complementaria que considere necesaria para resolver el expediente.
En el supuesto que, con motivo de la tramitación otros expedientes a la Dirección general de Deportes, ya se hayan presentado alguno de los documentos mencionados, no es necesario aportarlos de nuevo, siempre que se haga constar el expediente en que abre el documento, no hayan transcurrido más de 5 años desde la presentación y no hayan experimentado ningún cambio.
Si la documentació aportada no compleix els requisits exigits, s'haurà de requerir a l'interessat que, en el termini de deu dies hàbils, esmeni la mancança o adjunti els documents preceptius, amb l'advertiment que, en cas que no ho faci, es considerarà que desisteix de la seva sol·licitud i s'arxivarà l'expedient sense cap més tràmit, amb la corresponent resolució prèvia que s'ha de dictar en els termes prevists en l'article 21.1 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre.
El incumplimiento de los requisitos o del plazo de presentación de solicitudes establecidos en esta convocatoria comporta no tener que admitir la solicitud.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe estas declaraciones dejan sin efecto este trámite, desde el momento en que se conozcan y previa audiencia al interesado, y, en consecuencia, comportan la inadmisión de la solicitud de subvención, sin perjuicio que puedan ser causa de revocación de la subvención, si se conocen con posterioridad a la concesión.
Con la firma de las declaraciones responsables, la persona firmando da su consentimiento para la realización de las verificaciones oportunas, desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de subvención y hasta el cumplimiento por parte del beneficiario de la respectiva obligación de justificación de manera completa y correcta, y manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos y que dispone de la documentación que lo acredita.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Dentro del plazo de veinte (20) días habiles contadores a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (03-03-2023)
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(aamengual@esports.caib.es)
Observaciones
- Teneis que adjuntar los modelos específicos correspondientes que consten arriba, debidamente rellenados y firmados