Requisitos
Para poder acceder a estas subvenciones, las federaciones deportivas tienen que estar al cabo de la calle de todas las obligaciones con la Administración deportiva de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, establecidas en la legislación siguiente:
Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares.
Decreto 33/2014, de 1 de agosto, por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.
Decreto 33/2004, de 2 de abril, por el cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.
Las federaciones deportivas de las Islas Baleares tienen que haber cumplido las obligaciones previstas al artículo 31.2.c del Decreto 33/2014, de 1 de agosto, por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, referidas a la presentación de la rendición de cuentas del último ejercicio (2021).
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, no pueden ser objeto de subvención las personas jurídicas, sancionadas por resolución administrativa firme por alguna de las infracciones cualificadas como mucho graves, en los términos y plazos previstos al Título IV de la mencionada Ley.
Así mismo, pueden acceder a estas subvenciones, las federaciones deportivas de las Islas Baleares y delegaciones territorial de federaciones deportivas españolas en las Islas Baleares, que hayan organizado dos de las siguientes actividades deportivas durante la temporada 2021/2022 o año 2022:
Organización y ejecución de al menos dos competiciones en sistema liga.
Organización y ejecución de al menos dos campeonatos deportivos de las Islas Baleares.
Organización y ejecución de al menos un curso de formación técnicos o entrenadores.
Documentación a presentar
Las entidades solicitantes de la ayuda son las encargadas de hacer los trámites necesarios para presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, en el plazo establecido.
Documentación general que se tiene que aportar:
a) Imprimido de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.
b) Declaración responsable del solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiario de la subvención en conformidad con la normativa aplicable.
c) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionada con la solicitud.
d) Dado el caso que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, tal como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado mencionado se podrá obtener en la sede o en la página web de la Dirección general de Deportes.
e) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.
f) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
g) Declaración responsable relativa a las siguientes obligaciones:
y. Llevar a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en la forma y el plazo que se establecen en la convocatoria, como también, si procede, en la resolución de concesión correspondiente o en las modificaciones que, si procede, se aprueben.
ii. Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación para la cual se ha solicitado, en la forma y el plazo que se indiquen en la convocatoria y, si procede, en la resolución correspondiente o sus modificaciones.
iii. Comunicar al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte alguno de los requisitos exigidos para conceder la subvención.
iv. Declaración responsable de cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 2 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes.
v. Declaración responsable de no tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje.
vino. Adoptar, según proceda, en los términos que se establezcan en las convocatorias correspondientes, las medidas de difusión consistentes a hacer constar en los informes anuales que se redacten, como también en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos o los actos públicos relacionados con el fin de la subvención, la financiación de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares y, si procede, la cofinanciación con fondo de la Unión Europea y más concretamente la imagen corporativa de la Dirección general de Deportes de la consejería competente en materia de deportes y, si corresponde, la imagen de la Unión Europea. Una copia de las publicaciones se tiene que enviar a la Dirección general mencionada.
h) Para cada tipo de material adquirido se tendrá que indicar:
Justificación de la necesidad de la adquisición.
Instalación o lugar donde quedará almacenado el material.
Persona o personas responsables de la custodia de este material, con información para poder contactar (corred o teléfono).
Qué entidades o personas (en general) podrán utilizar este material.
y) Lista de las competiciones oficiales organizadas por la federación durante la temporada 2021/2022 o en 2022.
j) Informe de cursos de formación de técnicos y/o entrenadores durante la temporada 2021/2022 o en 2022: Relación de cursos, número de asistentes, número de técnicos o entradors que han superado los cursos.
En el modelo normalizado de solicitud de subvención que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas porque lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
En caso de que el solicitante deniegue de manera expresa esta autorización, tiene que presentar, junto con la solicitud, una declaración responsable de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, o bien los correspondientes certificados acreditativos de estas circunstancias.
El órgano instructor comprobará de oficio las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares de las entidades solicitantes.
El órgano instructor comprobará de oficio la constitución y la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, como también la acreditación de la representación con que actúa la persona firmando de la solicitud.
Así mismo, el órgano instructor comprobará de oficio la anotación en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares de las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas, como también la acreditación de la representación con que actúa la persona firmando de la solicitud.
En caso de que la Dirección general de Deportes, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, requerirá a la persona o entidad solicitante que los aporte en el plazo de diez días habilidosos y siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
La Dirección general de Deportes, en cualquier momento, puede solicitar a los interesados la documentación y la información complementaria que considere necesaria para resolver el expediente.
En el supuesto que, con motivo de la tramitación otros expedientes a la Dirección general de Deportes, ya se hayan presentado alguno de los documentos mencionados, no es necesario aportarlos de nuevo, siempre que se haga constar el expediente en que abre el documento, no hayan transcurrido más de 5 años desde la presentación y no hayan experimentado ningún cambio.
Si la documentación aportada no cumple los requisitos exigidos, se tendrá que requerir al interesado que, en el plazo de diez días habilidosos, enmiende la carencia o adjunte los documentos preceptivos, con la advertencia que, en caso de que no lo haga, se considerará que desiste de su solicitud y se archivará el expediente sin ningún más trámite, con la correspondiente resolución previa que se tiene que dictar en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El incumplimiento de los requisitos o del plazo de presentación de solicitudes establecidos en esta convocatoria comporta no tener que admitir la solicitud.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe estas declaraciones dejan sin efecto este trámite, desde el momento en que se conozcan y previa audiencia al interesado, y, en consecuencia, comportan la inadmisión de la solicitud de subvención, sin perjuicio que puedan ser causa de revocación de la subvención, si se conocen con posterioridad a la concesión.
Con la firma de las declaraciones responsables, la persona firmando da su consentimiento para la realización de las verificaciones oportunas, desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de subvención y hasta el cumplimiento por parte del beneficiario de la respectiva obligación de justificación de manera completa y correcta, y manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos y que dispone de la documentación que lo acredita.
Modelos:
Plazo máximo
Dentro del plazo de veinte (20) días habilies contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, las personas interesadas tienen que presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático que estará disponible al procedimiento publicado en la Seu Electrónica de esta Administración, en conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015. HASTA EL DÍA 16/01/2023
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(ajuts_esports@esports.caib.es)
Observaciones
Se ha de adjuntar el modelo específico correspondiente que consta a la apartado documentación a presentar debidamente rellenado y firmado