Requisitos
Los proyectos solicitados se tienen que enmarcar dentro de una de las sublínies subvencionables siguientes: 1.1, 2.1, 2.2, 3.1 o 4.1. (punto tercero del anexo 1 de la Orden 5/2022, de 29 de marzo de 2022)
Los proyectos subvencionables tienen que cumplir los requisitos técnicos que se establecen para las sublínies 1.1, 2.1, 2.2, 3.1 y 4.1 en el anexo 4 de la Orden 5/2022, de 29 de mar de 2022 (BOIB núm. 45 de 02/04/2022).
Los gastos subvencionables son las que se establecen para las sublínies 1.1, 2.1, 2.2, 3.1 y 4.1 en el anexo 5 de la Orden 5/2022, de 29 de mar de 2022.
Documentación a presentar
1. Solicitud de subvención ajustada al modelo normalizado del anexo 6 de la Orden 5/2022.
2. Documentación administrativa:
a) NIF/DNI del solicitante y de la persona que actúe en su representación.
b) Documentación necesaria para acreditar la representación del solicitante.
c) En el supuesto de que el solicitante sea una administración pública, certificación del secretario de la entidad pública acreditativa del cargo que ostenta el solicitante y de su capacidad para formular la solicitud.
d) En el caso de solicitantes que desarrollen actividades económicas, acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios profesionales y retenidors de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que tendrá que reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
e) En el caso de proyectos financiables iniciados en fecha posterior al 1 de marzo de 2020, documentación justificativa de la fecha de inicio, por cualquier medio válido en derecho.
f) Declaración responsable, de acuerdo con el modelo normalizado (apartado tercero del anexo 6), relativo a:
· La no concurrencia de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de subvenciones.
· Compromiso a conceder los derechos y accesos necesarios que la Comisión, la Oficina Europea de lucha contra el fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias
· No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias judiciales firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en conformidad con el que prevé la Ley 11/2016 de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
· Lo respecto al principio de no causar daño al medio ambiente (DNS H «Don not significando harm»).
· La cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y Resiliencia.
· El compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
· La disposición de crédito adecuado y suficiente por costejar la parte no subvencionada de la inversión total necesaria para ejecutar el proyecto o la actuación.
· Otras ayudas percibidas o solicitados por la entidad por la misma finalidad que la subvención solicitada en el mismo periodo.
g) La ausencia de conflicto de intereses de acuerdo con el modelo del anexo 2 de la Orden 5/2022.
h) Certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el caso de oposición a que la Consejería de Medio ambiente y Territorio haga las consultas o compruebe el cumplimiento de las obligaciones.
y) Certificado de que la entidad dispone de crédito suficiente para ejecutar el proyecto.
3. Documentación técnica:
a) Para la línea 1:
◦ El título.
◦ La justificació de que el projecte contribueix a assolir un mínim del 30% de recollida separada de residus municipals com a percentatge del total dels residus municipals generats en el 2024.
◦ La descripción detallada y el alcance del proyecto.
◦ El ámbito de actuación del proyecto, identificando el ámbito territorial afectado (zonificación) y los grandes generadores de bioresidus.
◦ El escenario base del ámbito territorial afectado por el proyecto, especificando el grado de implantación y el tipo de recogida de bioresidus antes de la ejecución del proyecto por el cual se solicita la subvención.
◦ El número de habitantes (población de derecho) al ámbito territorial del proyecto en la cual de recogida separada de bioresidus es de nueva implantación, de acuerdo con el valor publicado al IBESTAT a fecha 1 de marzo de 2020.
◦ El número de habitantes (población de derecho) beneficiados por el proyecto, de acuerdo con el valor publicado al IBESTAT a fecha 1 de marzo de 2020.
◦ Los sistemas de recogida que prevé el proyecto, diferenciado entre sistemas de recogida trae a puerta (PaP) y sistemas de aportación mediante contenedores a la vía pública, especificando si son contenedores abiertos o cercados.
◦ La estimación de la cantidad de bioresidus que se prevé recoger con la ejecución del proyecto.
◦ La estimación de los vehículos de recogida solicitados en función del sistema de recogida y de las rutas previstas.
◦ El resumen de la campaña de formación, información y sensibilización a la población atendida que, de acuerdo con el artículo 8 de la presente Orden, se tienen que llevar a cabo.
◦ Las fechas y temporalización del proyecto y de las actuaciones que compran.
◦ El presupuesto total y desglosado, con indicación expresa de los gastos correspondientes a los conceptos subvencionables y las ayudas o subvenciones concedidas por otros estamentos, públicos o privados, para la actuación, y también, si se tercia, los ingresos que se prevén por la ejecución de la actividad. Se indicará el presupuesto con IVA y sin , dado que este no será financiable en ninguno de los casos.
◦ Un resumen ejecutivo, como máximo 20 páginas, con la letra tipográfica Noto Sans, medida 11, con interlineado sencillo.
b) Para la línea 2
◦ El título.
◦ La justificación de que el proyecto contribuye a lograr tres nuevos horizontes temporales con relación a los objetivos comunitarios de preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales: 55% en el 2025, 60% en el 2030 y 65% en el 2035.
◦ La memoria descriptiva detallada del proyecto, y de su alcance, que tiene que incluir la descripción de la obra que se tiene que realizar, los planos de la instalación y el periodo de ejecución del proyecto (cronograma). En el caso de las instalaciones específicas para el tratamiento de bioresidus se acreditará que estos no se mezclan con residuos diferentes de los permitidos como materia primera para la elaboración de compuesto (CMC 3) o digestat (CMC 5) al anexo II del Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019, de acuerdo con los criterios técnicos establecidos al anexo 4 de la presente Orden.
◦ La capacidad de tratamiento de las instalaciones. En los proyectos de mejoramiento de instalaciones existentes, se diferenciará claramente la capacidad de tratamiento causada por la ampliación de las instalaciones de la capacidad total de las instalaciones.
◦ Se tiene que especificar, si se tercia, que el compuesto generado cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para poder ser utilizado en la producción ecológica.
◦ El presupuesto total y desglosado, con indicación expresa de los gastos correspondientes a los conceptos subvencionables y las ayudas o subvenciones concedidas por otros estamentos, públicos o privados, para la actuación, y también, si se tercia, los ingresos que se prevén por la ejecución de la actividad. Se indicará el presupuesto con IVA y sin, dado que este no será financiable en ninguno de los casos.
◦ Un resumen ejecutivo, como máximo 20 páginas, con la letra tipográfica Noto Sans, medida 11, con interlineado sencillo.
c) Para la línea 3
◦ El título
◦ La justificación de que el proyecto contribuye a lograr tres nuevos horizontes temporales con relación a los objetivos comunitarios de preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales: 55% en el 2025, 60% en el 2030 y 65% en el 2035.
◦ La memoria descriptiva detallada del proyecto, y de su alcance, que tiene que incluir la ubicación, la descripción de la obra que se tiene que realizar, los planos de la instalación y el periodo de ejecución del proyecto (cronograma).
◦ Se especificará si antes del 1 de marzo y al ámbito de actuación del proyecto existen instalaciones de preparación para la reutilización o reciclaje de la mismas tipologías de residuos.
◦ La capacidad de tratamiento de las instalaciones. En los proyectos de mejoramiento de instalaciones existentes, se diferenciará claramente la capacidad de tratamiento causada por la ampliación de las instalaciones de la capacidad total de las instalaciones.
◦ El presupuesto total y desglosado, con indicación expresa de los gastos correspondientes a los conceptos subvencionables y las ayudas o subvenciones concedidas por otros estamentos, públicos o privados, para la actuación, y también, si se tercia, los ingresos que se prevén por la ejecución de la actividad. Se indicará el presupuesto con IVA y sin, dado que este no será financiable en ninguno de los casos.
◦ Un resumen ejecutivo, como máximo 20 páginas, con la letra tipográfica Noto Sans, medida 11, con interlineado sencillo.
d) Para la línea 4
◦ El título
◦ En el caso de los proyectos de la sublínia 4.1, se ha justificar que el proyecto contribuye a lograr un mínimo del 30% de recogida separada de residuos municipales como porcentaje del total de los residuos municipales generados en el 2024.
◦ La justificación de que el proyecto contribuye a lograr tres nuevos horizontes temporales con relación a los objetivos comunitarios de preparación para la reutilización y reciclaje de residuos municipales: 55% en el 2025, 60% en el 2030 y 65% en el 2035.
◦ La memoria descriptiva detallada del proyecto, y de su alcance, que tiene que incluir la ubicación, la descripción de la obra que se tiene que realizar, los planos de la instalación y el periodo de ejecución del proyecto (cronograma).
◦ En el caso de los proyectos de construcción de las instalaciones previstas a la sublínia 4.1, tiene que indicar si la instalación está ubicada en un casco urbano o no urbano y, en este último supuesto, la distancia respecto del casco urbano.
◦ La capacidad de tratamiento de las instalaciones. En los proyectos de mejoramiento de instalaciones existentes, se diferenciará claramente la capacidad de tratamiento causada por la ampliación de las instalaciones de la capacidad total de las instalaciones.
◦ El presupuesto total y desglosado, con indicación expresa de los gastos correspondientes a los conceptos subvencionables y las ayudas o subvenciones concedidas por otros estamentos, públicos o privados, para la actuación, y también, si se tercia, los ingresos que se prevén por la ejecución de la actividad. Se indicará el presupuesto con IVA y sin, dado que este no será financiable en ninguno de los casos.
◦ Un resumen ejecutivo, como máximo 20 páginas, con la letra tipográfica Noto Sans, medida 11, con interlineado sencillo.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
2 de mayo de 2022
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático
Tel.: 971178900
(maramburuzabala@dgmambie.caib.es)