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Convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de postemergència en el ámbito de la ayuda humanitaria en países en desarrollo para el año 2021

Apoyar a las poblaciones de países en desarrollo afectadas por situaciones de emergencia o crisis humanitarias mediante la financiación de proyectos en el ámbito de la ayuda de postemergència. El objetivo principal es proteger la vida, los derechos y la dignidad de las personas, garantizar su subsistencia, satisfacer la recuperación de los servicios básicos, atender la población vulnerable, desplazada o refugiada, y la rehabilitación de infraestructuras básicas de la comunidad.

Código SIA

2407484

Personas destinatarias

Entidades radicadas en las Islas Baleares inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Islas Baleares (RONGD) y entidades de ámbito estatal inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo del Agencia de Cooperación Internacional y Desarrollo (AECID).

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y se tienen que dictar en el plazo máximo de tres meses contadores desde la fecha de presentación de las solicitudes. La resolución se tiene que notificar individualmente a cada entidad.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Las entidades beneficiarias tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Estar radicadas en las Islas Baleares o ser entidades de ámbito estatal, llevar a cabo actividades en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad, estar válidamente constituidas y, por su presencia, experiencia e implantación, constituir la vía única o preferente de acceso a la acción humanitaria en una zona determinada. Hace falta que la constitución legal de la entidad se haya producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria. En el caso de entidades radicadas en las Islas Baleares, tienen que estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Islas Baleares (RONGD), y en el caso de entidades de ámbito estatal, tienen que estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo del Agencia de Cooperación Internacional y Desarrollo (AECID).

b) Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.

c) Establecer en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades o proyectos relacionados con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad con los pueblos.

d) Estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e) En el caso de fundaciones, estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

f) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.

g) Haber justificado suficientemente las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente de Gobierno de las Islas Baleares, si es el caso.

h) No incurrir en cabeza de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones y el artículo11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

i) Ejecutar los proyectos mediante la actuación de un socio local en el país empobrecido. Se entiende por socio local la persona jurídica legalmente creada y reconocida en el registro oficial correspondiente como entidad nacional, sin ánimo de lucro, de acuerdo con la legislación del país donde se tiene que desplegar la acción, que mantiene relaciones de colaboración con la entidad beneficiaria y que asume, en todo o en parte, la ejecución directa de las actuaciones objeto de ayuda.

Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) El proyecto tiene que responder a la finalidad objeto de la convocatoria y se tiene que enmarcar en los principios de la acción humanitaria reconocidos internacionalmente.

b) El proyecto se tiene que desarrollar en los países incluidos a la lista de países receptores de ayuda del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE, así como en los países menos avanzados (PMA), donde se produzcan las circunstancias que especifica el punto 6.g), y se tiene que llevar a término a través de una entidad local del país en el cual se haya producido el desastre. En casos excepcionales, se pueden subvencionar proyectos en países que no pertenezcan a esta lista, siempre que se dirijan a población refugiada proveniente de países receptores de ayuda del CAD con conflictos armados o afectados por desastres naturales o humanitarios. En estos casos en que el país no pertenece a la lista, la entidad tendrá que acreditar en el proyecto la excepcionalidad de la situación que no permite en el país de acogida atender las necesidades básicas de la población destinataria.

c) La duración máxima de la ejecución del proyecto para las actuaciones de postemergència es de doce meses contadores desde la fecha de inicio de ejecución del proyecto. Este plazo se puede ampliar de acuerdo con el artículo 10.3 del Decreto 15/2018. Tal como establece el apartado 1.2 de este anejo, son subvencionables los gastos de los proyectos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 . En caso de que la entidad haya indicado únicamente el mes y el año de inicio del proyecto, se considera que la fecha de inicio es el primer día del mes indicado.

d) Se tienen que tener en cuenta los sectores sociales más vulnerables, como por ejemplo los niños, las personas grandes, la población en situación de pobreza, las personas con enfermedades, la población refugiada, los grupos étnicos y, especialmente, las mujeres de estos colectivos.

e) Siempre que se pueda se tienen que coordinar con los otros actores que intervienen y contribuir a la capacidad administrativa y operativa de los países receptores para no disminuir sus competencias y futuro desarrollo.

f) La situación sobre la cual actúa el proyecto tiene que ser susceptible de actuaciones de postemergència, se tiene que derivar de una insuficiencia en la capacidad de respuesta, por causa política o económica, de las autoridades nacionales y locales para atender la población vulnerable y, además, se tiene que producir alguna de las circunstancias siguientes:

◦ Que sean situaciones de conflicto armado, desastres naturales, crisis humanitarias o crisis olvidadas de larga duración que puedan provocar desplazamientos forzosos de personas, con la consiguiente destrucción de la estructura social y económica de la población con graves violaciones de los derechos humanos.

◦ Que haya un aumento significativo de los indicadores específicos (mortalidad general, mortalidad infantil, población desplazada y refugiada, brotes epidèmics y mortalidad asociada, morbilidad específica derivada del desastre, vulnerabilidad de la población afectada, afectación de las estructuras locales, malnutrición, violación significativa de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, escalada de violencia en conflictos armados, etc.) del país o región que ha sufrido una crisis de emergencia. Los datos pueden provenir de fuentes oficiales u otras fuentes, siempre que se justifiquen y sean contrastables (ECHO, OCHA, etc.).

◦ Que el número de víctimas y personas afectadas por el desastre sea significativo y no haya capacitado local suficiente para afrontarlo.

◦ Que haya una demanda específica de la sociedad civil o de las autoridades del país o región afectado en casos de emergencia.

◦ Que haya un llamamiento internacional por emergencia.

Documentación a presentar

Punto 8 de la convocatoria:

8. Documentación que se tiene que presentar

8.1. Las entidades solicitantes tienen que presentar los documentos siguientes:

a) La solicitud y las declaraciones responsables siguientes, de acuerdo con los modelos normalizados disponibles al web http://dgcooper.caib.es:

· De cumplimiento de las obligaciones que establecen el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, el artículo 21 del Decreto 15/2018 y esta convocatoria para las entidades beneficiarias.

· De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de acuerdo con la normativa aplicable, y de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercito o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

· De disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.

· De todas las ayudas y las subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se hayan concedido a la entidad.

b) El formulario del proyecto de acuerdo con el modelo normalizado, en el cual tienen que constar los antecedentes, los objetivos y los recursos humanos y materiales necesarios para ejecutar las actividades, la población sujete final y el presupuesto con detalle de los ingresos y los gastos o inversiones previstos.

a) Copia del documento de identidad del representante legal de la entidad. De acuerdo con el artículo 16.4 del Decreto 15/2018, no es necesario que las entidades inscritas en el Registro de ONGD de las Islas Baleares presenten esta documentación.

c) Organigrama actualizado y composición del órgano directivo de la entidad solicitante.

d) Con relación al socio local, una copia de la documentación siguiente:

· Estatutos de la entidad formalmente inscritos en el registro correspondiente.

· Certificado expedido por el organismo oficial competente que acredite que la entidad tiene personalidad jurídica en el país donde radica.

· Documento de identificación de la persona responsable legal y del nombramiento.

· Si el socio o contraparte local es una administración pública, original o copia compulsada del certificado de compromiso de participación en el proyecto.

e) Cuando estos documentos estén en un idioma diferente de las lenguas oficiales de las Islas Baleares, se tiene que adjuntar una declaración responsable de la persona que representa la entidad que acredite el contenido.

f) Un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que indique que está al cabo de la calle en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado, en caso de que la entidad solicitando deniegue expresamente en la solicitud la autorización porque se haga la comprobación de oficio.

g) En el caso de fundaciones, documento acreditativo de estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.

h) En el caso de desplazamiento de personal expatriado, un informe firmado por la persona que representa legalmente la entidad que justifique la necesidad así como las tareas que se tienen que hacer, el tiempo de dedicación y la retribución.

y) Una declaración del responsable de la entidad de cumplir las disposiciones del Real decreto 519/2006, de 28 de abril, por el cual se establece el Estatuto de los cooperantes, especialmente las relativas al seguro de los cooperantes.

j) Una declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (la titularidad tiene que ser de la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible al web http://dgcooper.caib.es. En caso de que la cuenta ya esté de alta en la comunidad autónoma, basta de indicar donde se tiene que hacer el pago.

k) Una declaración del responsable de la entidad de conocer el derecho internacional humanitario y las iniciativas que detallan las normas mínimas para aliviar la difícil situación de las personas afectadas por situaciones de desastre o conflicto armado.

8.2. Adicionalmente, las entidades no inscritas en el RONGD de las Islas Baleares tienen que presentar la documentación siguiente:

a) Acreditación de estar inscritas en el Registro del AECID.

b) Acreditación de la representación con que actúa la persona que firma la solicitud.

c) Copia del número de identificación fiscal de la entidad.

8.3. En caso de que las solicitudes no cumplan los requisitos o no incluyan la documentación mencionada, se requerirá la entidad interesada porque enmiende el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia que, si transcurre el plazo de diez días habilidosos y no lo ha enmendado, se considerará que desiste de la solicitud y se archivará el expediente sin más trámites, con la resolución previa correspondiente, en los términos que prevé el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.

8.4. Con la solicitud, se tiene que presentar el formulario, con todos los apartados rellenados, lo cual es un requisito indispensable para la admisión de la solicitud. La carencia de presentación del formulario o de alguno de los apartados no es enmendable. La presentación del formulario en un modelo distinto del que establece esta convocatoria implica la exclusión y la no valoración del proyecto.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes se inicia l'día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el día 15 de noviembre de 2021 .

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200 - Fax:

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aceptación de la subvención

Requisitos

Se tiene que otorgar a las entidades beneficiarias un plazo de diez días hábiles, desde la notificación de la propuesta de resolución, para aceptar la subvención o renunciar. La aceptación y la renuncia se tienen que llevar a cabo de una manera expresa por cualquier medio que permita tener constancia.

Documentación a presentar

Aceptación

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

10 días hábiles desde la notificación de la propuesta de resolución

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200 - Fax:

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Seguimiento técnico y justificación del proyecto

Requisitos

Punto 16.1f) de la convocatòria

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Cada seis meses después del inicio de la actividad objeto de la ayuda.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200 - Fax:

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Haber presentado una solicitud en esta convocatoria de subvenciones.

Especificar el número de expediente al que se tiene que incorporar la documentación.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Sin plazo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177200 - Fax:

(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cooperación e Inmigración

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

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