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Convocatoria de ayudas FPI y FPI_E 2019

Subvenciones a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico y empresas ubicadas en las Islas Baleares, para financiar catorce ayudas para formar personal investigador, el objetivo es formar en investigación científica y técnica titulados superiores universitarios que deseen realizar una tesis doctoral.

Subvenciones destinadas a cubrir las tasas académicas para el personal investigador en formación, que incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y el mantenimiento del expediente y la defensa de la tesis doctoral.

Código SIA

2094284

Personas destinatarias

Son destinatarias de las ayudas las entidades ubicadas en las Islas Baleares que tengan la capacidad de formalizar los contratos laborales, de acuerdo con el apartado 6 de la convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

La resolució de concessió s'ha de publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears i s'ha de dictar i notificar individualment a les entitats beneficiàries en un termini màxim de sis mesos comptadors a partir de l'endemà d'haver-se publicat la convocatòria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Sol·licitud

Requisitos

Consultar les bases de la convocatòria

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El termini per presentar les sol·licituds és de vint dies hàbils a partir de l'endemà de la publicació de l'extracte d'aquesta convocatòria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Investigación y Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Investigación y Desarrollo

Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta. Tel.: 971176009

(recerca@caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Ser beneficiario de una ayuda

Documentación a presentar

El justificante de los gastos hechos tiene que contener la documentación siguiente:

a) Certificado de los gastos realizados firmado por el responsable de la entidad. Este certificado tiene que contener un resumen de los gastos hechos durante el periodo que se tiene que justificar (anexo 13)

b) Las nóminas

c) Un documento compulsado en que se justifique el pago de las nóminas mensuales desglosadas por cada uno de los investigadores

en formación adscritos al centro, que tiene que coincidir con el importe total del ingreso de los certificados bancarios presentados

d) Un justificante del pago de la nómina compulsado por la entidad bancaria o bien un certificado o un extracto mensual bancario que acredite el ingreso de la nómina en la cuenta corriente del investigador en formación (apartado 16.2 e)

e) Un modelo TC1 de la Tesorería General de la Seguridad Social y el justificante del pago bancario

f) Un modelo TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social

g) Los modelos 111 (retenciones e ingresos por anticipado del IRPF) con el justificante compulsado del pago bancario correspondiente al periodo de justificación.

h) Un modelo 190 compulsado (resumen anual de retenciones e ingresos por anticipado del IRPF) correspondiente al periodo de justificación. Se tiene que presentar la primera hoja de datos generales y los correspondientes a las personas declaradas.

Recordáis que los logotipos de la Consejería tienen que constar en todos los documentos incorporados en el expediente. Podéis consultar la última versión a mic.caib.es

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Dos meses desde que finalice el contrato

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Investigación y Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Investigación y Desarrollo

Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta. Tel.: 971176009

(recerca@caib.es)

X

Presentación de documentación y otras comunicaciones obligatorias posteriores a la concesión

Requisitos

Entidades beneficiarias de la ayuda

Documentación a presentar

Plazo máximo

El que especifique la convocatoria o el oficio de reclamación de documentación

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Investigación y Desarrollo

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Investigación y Desarrollo

Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta. Tel.: 971176009

(recerca@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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