Convocatoria para contratar Agentes de Ocupación y Desarrollo Local (AODL)
1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2017 para que las entidades locales presenten las solicitudes para obtener subvenciones públicas destinadas a contratar agentes de ocupación y desarrollo local (AODL).
2. Los agentes de ocupación y desarrollo local son trabajadores que contratan las corporaciones locales o las entidades que dependen o que están vinculadas, y que tienen como misión principal colaborar en la promoción y la implantación de las políticas activas de ocupación, el fomento de la ocupación y la orientación para generar actividad empresarial, dentro de un marco de sostenibilidad, equidad y visión de género. Esta colaboración se desarrolla en el marco de la actuación conjunta y acordada de la entidad contratante y el SOIB.
Código SIA
216053
Personas destinatarias
1. Se pueden beneficiar de la subvención objeto de esta convocatoria los entes locales (ayuntamientos, mancomunidades o consejos insulares) y también las entidades que dependen o que están vinculadas, siempre que el ente local no disponga del número máximo de AODL subvencionados por el SOIB en el momento de la publicación de esta Resolución que, de acuerdo con su población, se indica en el punto 5 de esta convocatoria.
2. No se pueden beneficiar de las ayudas previstas en esta convocatoria las entidades a las cuales contribuyan alguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003), el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOIB nº. 99, de 4 de agosto) y las que se determinan a la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Plazo máximo para la resolución y notificación
En el plazo máximo de tres meses contadores desde el día siguiente de la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para tramitarla, la cual tiene que estar debidamente motivada
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
No
Observaciones
Contacto:
Equipo técnico Edificio Rotonda Asima Camino Viejo de Bunyola, 43 -despacho 8- PALMA Teléfono: 971 784991
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Documentos relacionados con el procedimiento
- Extracto BOIB
- BOIB
- 1. Sol·licitud
- 3. Declaració responsable 2017
- 7. Compte justificatiu AODL 2017
- 8. Annex logotips 2017
- 7. Certificat finançament entitat
- 8. Certificat salaris
- 9. Certificat aprovació del projecte
- T2 Guió del Projecte
- T3 Guió diagnosi
- 1. Sol.licitud de pròrroga de la subvenció
- 3. Declaració responsable pròrroga
- 4. Certificat aprovació pròrroga projecte
- 5. Certificat finançament entitat (pròrroga)
- 6. Certificat de salaris pròrroga