Requisitos
a) Tener a su cargo una persona con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, que tenga reconocida esta condición por el organismo competente estatal o autonómico.
b) Las personas con discapacidad han de ser parientes del solicitante hasta el cuarto grado civil.
c) Esta ayuda también se otorgará en el caso de que tengan a su cargo personas con discapacidad en virtud de acogida legal.
d) Las personas con discapacidad causante de la ayuda no deben disponer de recursos propios por rentas del trabajo ni por rentas de capital superiores al salario mínimo interprofesional.
Documentación a presentar
· Certificado del reconocimiento de la discapacidad emitido por el organismo competente estatal o autonómico.
· Documento acreditativo del parentesco con la persona con discapacidad (fotocopias de las páginas correspondientes del libro de familia o, en caso de acogida legal, fotocopia de la resolución administrativa o judicial pertinente).
·En el caso de persona con discapacidad en edad escolar: certificado de la Sección de Becas de la "Conselleria d'Educació, Universitat i Recerca" sobre percepción de beca o de ayuda para alumnado con necesidades específicas de soporte educativo.
· Certificado de MUFACE o de la Seguridad Social sobre percepción de ayuda económica por hijo con discapacidad a cargo. (De la persona solicitante y del otro progenitor).
· Certificado expedido por el organismo estatal o autonómico de no percibir ninguna prestación económica por aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas con situación de dependencia.
Solo en caso de hijos mayores de edad laboral:
· Acreditación documental de que la persona con discapacidad no tiene ingresos propios por rentas del trabajo (vida laboral emitida por la Seguridad Social) y, en el caso de tener, se debe aportar el certificado de ingresos y retenciones del ejercicio correspondiente.
· Certificado de la Seguridad Social sobre la percepción de pensiones y su importe.
· Certificado de la Dirección General de Familia, Bienestar Social y Atención a Personas en Situación Especial sobre la percepción de prestaciones derivadas de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia.
· Declaración jurada de que la persona con discapacidad no tiene ingresos propios por rentas de capital, en caso de
tener, debe declarar el importe.
Plazo máximo
En el momento que la persona con discapacidad deje de estar a cargo del funcionario docente no universitario o en el momento que la persona con discapacidad deje de cumplir los requisitos establecidos.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Provisión
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 1a planta).
Tel.: 971177861
- Fax: 971176866
(fonssocial@dgpdocen.caib.es)