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Subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil 2026-2027

El objeto de este convocatoria es subvencionar la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para favorecer la conciliación y la gestión de los usos del tiempo de las familias con niñas, niños y adolescentes con edades comprendidas entre los 3 y los 16 años desde un punto de corresponsabilidad, y la contratación de personal monitor adicional para atender a las personas participantes con discapacidad o diversidad funcional de hasta 21 años, que lleven a cabo entidades locales, asociaciones de f amilias de alumnos de las Illes Balears y entidades del Tercer Sector Social radicados en las Illes Balears .

Código SIA

3258741

Personas destinatarias

a) Línea A: Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades, así como sus entidades dependientes.

b) Línea B: Asociaciones de familias de alumnos de las Illes Balears, entidades del Tercer Sector Social de las Illes Balears inscritas en el Censo Público de organizaciones del Tercer Sector Social de las Illes Balears antes de la fecha de finalización de la presentación de las solicitudes de esta subvención, y otras entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, organizaciones religiosas o entidades singulares, etc.).

Plazo máximo para la resolución y notificación

En todos los casos, el órgano competente para resolver la concesión o denegación de subvenciones en el marco de esta convocatoria es la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, quien, a la vista de la propuesta de resolución definitiva, dictará resolución motivada, en el plazo máximo de 2 meses.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución convocatoria de subvención
    Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la cual se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-27, en el marco del Plan Corresponsables.
  • Requerimiento de subsanación de solicitud (14/05/2026)
    De acuerdo con el punto 8.6. de la convocatoria, si la solicitud o la documentación aportada es defectuosa o incompleta, el órgano instructor del procedimiento requerirá la entidad interesada para que, en el plazo de cinco días hábiles, subsane el defecto o aporte la documentación que falta, con la advertencia de que, una vez transcurrido este plazo sin que se haya subsanado, se entenderá que desiste en la solicitud. Se dictará una resolución previa en los términos que dispone el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.
  • Propuesta de resolución provisional de concesión y desistimiento
    Propuesta de resolución provisional de concesión y de declaración de desistimiento al amparo de la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales, asociaciones de familias de alumnos de las Illes Balears, entidades del tercer sector social de las Illes Balears y otras entidades sin ánimo de lucro, para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares de pascua y verano de 2026 y navidad de 2026-27.
  • Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia de modificación de la resolución de 13 de abril de 2026
    Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia de modificación de la resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Línea A: ayudas a entidades locales de las Illes Balears .

Línea B: ayudas a Asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears , entidades del Tercer Sector Social de las Illes Balears y otras entidades sin ánimo de lucro .

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Las solicitudes se tienen que presentar en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Juventud

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Aceptación o renuncia a la subvención propuesta

Requisitos

Para cada una de las fases, el órgano instructor elaborará una propuesta de resolución provisional de concesión, que se publicará en la sede electrónica, concediendo un plazo de cinco días hábiles a los solicitantes para que realicen, si corresponde, las acciones siguientes:

— Aceptar la propuesta de subvención. Si pasado este plazo no hay una aceptación expresa, se entenderá que la entidad está conforme y se continuará el procedimiento.

— Renunciar a la subvención. Este renuncia tiene que ser expresa y se tiene que formular por parte de la persona representante de la entidad solicitante.

— Presentar alegaciones.

— Reformular la solicitud para adaptarla a la cuantía de la subvención propuesta.

Documentación a presentar

Declaración de aceptación o renuncia a la subvención propuesta.

Modelos:

Plazo máximo

Cinco días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la propuesta provisional de concesión dictada en cada fase.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Juventud

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

X

Alegaciones

Requisitos

Abrir un plazo de audiencia de cinco días hábiles, a contar desde a el día siguiente de haberse publicado esta propuesta de resolución provisional en la sede electrónica.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta propuesta de resolución provisional en la sede electrónica.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Juventud

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad i Igualtat

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros sacado de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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