Requisitos
Los requisitos son los que se detallan en el apartado 1.1 de las bases: Se consideran pequeños eventos susceptibles de obtener patrocinio aquellos que cumplan todos los requisitos generales siguientes:
A) Los que se ajusten a la definición de pequeño evento.
B) Que sean eventos en los que su promotor sea una empresa/entidad privada y/o una federación deportista, y/o una federación o asociación vinculada directamente con el sector turístico (cómo por ejemplo transporte, alojamiento, restauración, oferta complementaria).
C) Que estén vinculados directamente a algunos de los productos estratégicos (Sets) de la AE TIB.
D) Que fomenten la creación, diversificación y comercialización de algunos de los productos estratégicos de la AE TIB.
E) Que incluyan el desarrollo de actuaciones vinculadas a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para que la propuesta pueda ser valorada, se establece como requisito que la entidad solicitante indique en el Anexo 2P un mínimo de 3 criterios relativos a los ODS propuestos, que tendrán que ser efectivamente llevados a cabo durante el desarrollo del acontecimiento y, por lo tanto, se comprobará en la fase de justificación.
F) Que el evento esté avalado por otras entidades públicas, según se detalla en el apartado 6.2.
G) Que se desarrollen dentro de uno de los siguientes periodos: desde el 15 de febrero al 30 de junio de 2023 y del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2023. Fuera de estos periodos, no se podrá patrocinar el evento, por lo tanto, todo el evento tendrá que estar comprendido dentro del periodo descrito.
H) El ámbito territorial de esta convocatoria se circunscribe a los eventos que se desarrollan de forma efectiva en el territorio de la Comuncita Autónoma de las Islas Baleares.
i. En el caso de eventos deportivos compuesto por etapas en diferentes localizaciones, donde las Islas Baleares son una más dentro del circuito del evento, tan solo se podrá tener en cuenta el presupuesto de gasto proporcional correspondiente a la etapa que se lleva a cabo en las Islas.
ii. En el caso de regatas, se podrán patrocinar aquellas que empiecen o finalicen en un puerto de las Islas Baleares, así como aquellas que se desarrollen en su totalidad en las Islas.
iii. En el caso de eventos online, estos estarán obligados también desarrollarse física y simultáneamente en una localización situada en las Islas Baleares.
I) Que el evento no reciba ningún patrocinio/ayuda/colaboración económica para la publicidad o promoción de un destino turístico diferente de las existentes en la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
En la fase de justificación del evento se comprobará que los requisitos mínimos han sido logrados.
Con el cumplimiento de estos requisitos, los pequeños acontecimientos garantizarán una agenda de actividades variada tanto por residentes cómo para turistas y visitantes, donde se favorece la imagen del destino como dinámica y competitiva.
Documentación a presentar
FASE SOLICITUD
En el caso de personas físicas y jurídicas españolas:
- ANEXO 1P: Datos fundamentales para la tramitación. Datos del evento necesarias para evaluar la viabilidad de la solicitud.
· Nombre del evento
· Fecha(s) de ejecución
· Marca de destino a la que se vincula el patrocinio
· Presupuesto de gasto total del evento (impuestos incluidos)
· Importe solicitado a la AETIB en concepto de patrocinio (impuestos incluidos)
Los datos contenidos en este documento regirán la valoración de la solicitud y prevalecerán por encima de cualquier otro documento entregado y, por lo tanto, no se podrán modificar ni enmendar. En caso de no cumplimentar todos los datos solicitados en este documento, el patrocinio quedará excluido.
- Fotocopia del certificado de inscripción en el registro correspondiente (registro de asociaciones, registro mercantil u otro, dependiendo de tipo entidad), donde tendrá que constar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de la solicitud.
- Fotocopia de los estatutos de la entidad depositados en el registro mencionado, o debidamente inscritos en Registro Mercantil, si es el caso.
- Fotocopia de la documentación acreditativa del representante legal de la entidad solicitante para actuar en nombre suyo, así como de su DNI.
- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- Fotocopia del alta de la declaración censal del inicio de la actividad, alta del IAE en que conste el epígrafe correspondiente.
En virtud del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, las entidades que hayan formado parte de un proceso selectivo en la AETIB pueden presentar el ANEXO B que se adjunta, en el cual se tiene que indicar el número de expediente donde se encuentra la documentación administrativa, siempre que no haya sufrido ninguna modificación o la documentación presentada no haya agotado su vigencia.
El resto de documentación que a continuación se relaciona acompañará a la solicitud y será de obligada entrega:
- Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones para contratar con la administración según el artículo 71 del LCSP.
Esta declaración responsable, u otro documento, tiene que incluir la manifestación expresa que la empresa no incurre en ninguno de los supuestos al hecho que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB .
- Declaración responsable que acredite las razones técnicas o artísticas o los motivos por los cuales tan sólo se pueda encomendar a un empresario determinado, para justificar la no competencia por razones técnicas en conformidad con el establecido al artículo 168.a.2 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público.
- Acreditación conforme se está al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración autonómica, Estatal y la Seguridad Social, emitidas por los organismos competentes.
- Declaración responsable conforme se está al corriente de pagos con la AETIB, así como de la justificación de contratos de patrocinio con la AETIB anteriores. Esta declaración será comprobada de oficio por la Sección Económica de la AETIB. En el supuesto de que se constatara la existencia de deudas pendientes o la incorrecta justificación sin renuncia expresa previa al inicio del periodo de justificación, se considerará motivo de exclusión de la participación en la convocatoria de patrocinio.
- Declaración responsable en que se haga constar si ha recibido y/o solicitado ayudas o colaboraciones de instituciones públicas o privadas para realizar el evento con el cual podrá colaborar la AETIB y se tiene que remitir un certificado para cada ayuda recibida por parte de las administraciones públicas, que detalle la financiación otorgada.
- Declaración responsable conforme la entidad no tiene ningún expediente sancionador abierto con AETIB.
- Acreditación conforme el evento esté avalado por corporaciones locales, insulares, autonómicas, nacionales o internacionales.
- Documento acreditativo de estar inscrito en el DRIAT (Declaración Responsable de Inicio de Actividad Turística), en el supuesto de que la entidad esté obligada, en caso contrario tendrá que aportar declaración responsable de este extremo.
- Declaración de veracidad de los datos bancarios, que se podrá descargar del siguiente enlace:
http://www.caib.cat/govern/sac/fitxa.do?codi=1714109&coduo=32&lang=ca
- ANEXO 2P Criterios de valoración
- Un plano del recinto o lugar donde se desarrolla el evento, indicando la ubicación prevista de la marca turística y logotipos institucionales cumpliendo con el Manual de uso de las marcas de la AETIB (en el caso de carreras, también se incluirá un plano del recorrido con ubicación prevista de las marques/logotipos de la AETIB).
- ANEXO 7P Briefing de comunicación
FASE DE JUSTIFICACIÓN
- ANEXO 3P Relación de documentación entregada
- ANEXO 4P Memoria acreditativa de los puntos obtenidos a la fase técnica de valoración
- ANEXO 5P Declaración responsable de la memoria económica del evento
· Certificado, resolución uno otro documento que detalle/acredite la financiación otorgada por administraciones/entidades públicas.
- ANEXO 6P Medición de resultados
Plazo máximo
1 de octubre de 2023 a las 23:59 horas
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
C/ Rita Levi s/n (Parc Bit, edificio ATB).
Tel.: 971176699
(sdiaz@aetib.caib.es)