Requisitos
a) Las entidades solicitante de estas ayudas deben de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
b) No pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, y el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia. El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante declaración responsable del solicitante, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 2 de la convocatoria.
Documentación a presentar
1. Las entidades solicitantes deberán de presentar la documentación siguiente:
a) Anexo 2 o modelo normalizado de solicitud y declaración responsable firmada electrónicamente, que debe de estar disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
b) Documento fehaciente que acredite la representación de la persona que actúa en nombre de la entidad u organización solicitante. La representación podrá acreditarse por cualquier forma valida en derecho. En el caso de representación
mediante inscripción en el Registro electrónico de apoderamiento (REA) será suficiente el número de registro.
c) Escritura pública de constitución o estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente que acrediten la personalidad jurídica de la entidad solicitante, así como acreditación de la representación de la persona firmante de
la solicitud.
d) Experiencia previa de la entidad en materia de igualdad o conciliación. Se acreditará mediante una declaración responsable (anexo 3) firmada por el representante de la entidad beneficiaria en que se identifique cada actuación con
un breve resumen de la acción ejecutada, la fecha de ejecución y duración de esta.
e) Memoria técnica y económica, firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad solicitante que contendrá la descripción detallada del proyecto que se llevará a cabo y que incluirá:
1º. Identificación de la entidad solicitante.
2º. Contenido de las actuaciones a ejecutar y justificación de su conveniencia. Este apartado deberá de contener una descripción del contenido de la línea y de la actuación o actuaciones enumeradas en el apartado 3º de la convocatoria que pretenda ejecutar la entidad beneficiaria, y además ha de realizar una detección de las necesidades a las que pretende dar respuesta el proyecto presentado.
3º. Objetivos y o resultados que la entidad espera obtener con el proyecto. En este apartado deberá de explicarse la motivación por la que la entidad se plantea realizar el proyecto e indicar los objetivos finales que se pretenden alcanzar en materia de igualdad, conciliación o absentismo laboral.
4º. Fases y metodología que se utilizará para obtener los objetivos establecidos. En este apartado deberá de explicarse cuales son las fases del proyecto y que procedimientos se utilizarán para ejecutar las actuaciones
proyectadas.
5º. Presupuesto global del proyecto, desglosado por actuaciones y tipo de gasto subvencionable, en que se indique, si procede, la parte cofinanciada por la entidad solicitante con recursos propios o de terceros.
6º. Recursos humanos y materiales que se requerirán para llevar a cabo el proyecto.
En caso de ejecutar directamente la entidad beneficiaria las actuaciones deberá de detallar los recursos humanos y materiales desglosados por cada una de las actuaciones en la línea que pretende llevar a cabo. Deberá de hacerse una relación de todo el personal propio y externo que intervendrá en la ejecución de las actuaciones e indicar el número aproximado de horas que dedicará cada uno de ellos a la gestión y ejecución del proyecto con indicación del perfil profesional de los intervinientes.
Respecto al personal propio, es conveniente que esta relación se ajuste a los criterios previstos en el apartado 9.2, debido a que en la fase de justificación, habrá de acreditarse la adscripción al proyecto de acuerdo con lo que se establezca en él.
En el caso de personal técnico, personas expertas, formadores y ponentes, se indicará qué formación específica poseen, la cual ha de corresponderse con alguna de las titulaciones previstas en el apartado 9.3 de la convocatoria.
Si la entidad beneficiaria tiene previsto subcontratar la ejecución de parte o la totalidad del proyecto, deberá de presentar:
a) Una memoria justificativa sobre la necesidad de la contratación y su idoneidad para llevar a cabo las actividades que pretende contratar.
b) Una memoria explicativa de la actividad o actividades que pretenden subcontratar, las condiciones (plazo de ejecución de los trabajos y qué servicios prestará) y el importe económico aproximado que se destinará a la subcontratación, desagregando las cuantías a percibir por cada subcontratación prevista cuando sea más de una.
La entidad beneficiaria deberá designar una persona responsable de la planificación, seguimiento y coordinación de las actividades subvencionadas, con independencia que estas sean ejecutadas directamente por la misma entidad beneficiaria o mediante subcontratación.
7º. Descripción de las medidas de difusión y publicidad proyectadas.
Deberán detallarse, si procede, los medios de comunicación (visual, digital, etc.) que se utilizarán en la ejecución de las actuaciones subvencionables.
También deberá hacerse una estimación del número de sesiones de formación y talleres previstos a realizar.
8º. Si procede, instrumentos y mecanismos de evaluación, seguimiento y control de las actuaciones proyectadas.
f) Cualquier otra documentación que la entidad estime de interés al efecto de evaluar la solicitud en relación con los criterios de valoración que establece el apartado 14º de la convocatoria.
2. De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la presentación de la solicitud, el interesado autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que pueda verificar telematicámente los datos de identidad de la persona que actúa en nombre de la entidad u organización solicitante.
En caso de que se oponga a esta consulta, deberá aportar la documentación acreditativa junto con la solicitud de la ayuda.
3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, con la solicitud la entidad solicitante autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que pueda consultar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las obligaciones tributarias con la Administración tributaria de las Illes Balears, excepto en caso de oposición expresa de la entidad solicitante manifestada en el anexo 2.
En caso de que se oponga a estas consultas, ha de aportar la documentación acreditativa junto con la solicitud de ayuda.
4. En aplicación del articulo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la entidad solicitante debe autorizar a la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral que pueda consultar que esta entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y también su NIF (anexo 2).
En caso de que no se autoricen estas consultas, ha de aportarse la documentación acreditativa junto con la solicitud de ayuda.
5. En el supuesto de que alguno de los documentos requeridos para tramitar la subvención se haya presentado ante la Administración actuante con ocasión de la tramitación de otros expedientes, no será necesario aportarlos de nuevo, siempre que se indique la fecha y el órgano o la dependencia en la que se presentaron o, si procede, el órgano que los emitió (anexo 2), siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento correspondiente y no hayan sufrido modificaciones.
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
(ccontell@dgtreslab.caib.es)