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Subvenciones para financiar los patios abiertos y otras actividades de cuidado mediante la ampliación del horario escolar posterior y/o los sábados, durante el periodo escolar 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables 2026.

El objeto de este convocatoria es financiar los servicios de patios abiertos y otras actividades de cuidado profesionales destinado a niños, niñas y adolescentes de entre 3 y 16 años de edad o personas con discapacidad o diversidad funcional hasta los 21 años para favorecer la conciliación familiar y laboral, ya sea ampliando el horario escolar lectivo posterior a la jornada escolar (de lunes a viernes) y/o los sábados por las mañanas, durante el curso escolar 2026-27.

Código SIA

3296724

Personas destinatarias

a) Ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades de las Illes Balears , así como los entes del sector público vinculados o dependientes de este.

b) Asociaciones de familias de alumnos de las Illes Balears, entidades del tercer sector social de las Illes Balears y otras entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, organizaciones religiosas o entidades singulares, etc.).

Plazo máximo para la resolución y notificación

El órgano competente para resolver la concesión o denegación de subvenciones en el marco de este convocatoria es la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia. El plazo máximo para resolver el procedimiento y publicar las resoluciones es de tres meses a contar desde el día siguiente a que acabe el plazo de presentación de las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución convocatoria de subvención
    Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la cual se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para financiar los patios abiertos y otras actividades de cuidados de personas menores de edad para favorecer la conciliación familiar y laboral mediante la ampliación del horario escolar posterior y/o los sábados, durante el periodo escolar 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables 2026

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Línea A: ayudas a entidades locales de las Illes Balears .

Línea B: ayudas a Asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears , entidades del Tercer Sector Social de las Illes Balears y otras entidades sin ánimo de lucro .

Documentación a presentar

7.1. Las personas interesadas en participar en esta convocatoria han de presentar la documentación que se especifica en los apartados siguientes. Necesariamente, la documentación se tiene que presentar según los modelos que se publican en la sede electrónica.

7.2. Formulario de la solicitud, debidamente rellenado y firmado. La solicitud tiene que incluir una declaración responsable sobre los aspectos siguientes:

· De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención que establece el artículo 4.6 en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 5 de marzo de 2021, en esa convocatoria y en el resto de normativa aplicable vigente.

· De cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 16 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 5 de marzo de 2021 y en esta convocatoria.

· De no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, y que la entidad cumple con los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de hombres y mujeres.

· De veracidad de los datos respecto de la titularidad de la cuenta bancaria que haya facilitado.

· Que el personal que realiza el proyecto y que participa en sus actividades, incluido el personal voluntario o en prácticas, no está inscrito en el Registro central de delincuentes sexuales, de acuerdo con los artículos 57 y 59 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

· De estar al corriente con las obligaciones tributarias con la hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social.

· De no haber solicitado ni recibido ninguna otra ayuda para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o, en caso contrario, una relación de las entidades a las cuales ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las cuales ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida.

· En relación con el impuesto de valor añadido (IVA):

a) Que la entidad solicitante asume totalmente el coste del impuesto sobre el valor añadido (IVA), derivado de los gastos de la ayuda a justificar, al no tener posibilidad de deducirlo o compensarlo.

b) Que la entidad solicitante asume parcialmente (indicando el porcentaje que asume parcialmente del IVA) el coste del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), derivado de los gastos de la ayuda a justificar, con lo cual solo imputa como gasto elegible el porcentaje que no puede recuperar.

· De comprometerse a hacerse cargo de los gastos que no se subvencionen en esa convocatoria para ejecutar la actividad.

· De cumplir los requisitos establecidos a la convocatoria.

La presentación de la solicitud implica que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que pueda consultar los datos de identidad del solicitante, de residencia y de su situación en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. En el supuesto de que la entidad interesada se oponga a esa autorización, con la solicitud tendrá que aportar la documentación correspondiente.

En cualquier caso, la entidad solicitante tiene que declarar las situaciones nuevas que se puedan producir en cuanto a lo caso mediante un escrito presentado a la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad en el plazo de siete días hábiles a contar desde qué se produzca la nueva situación.

7.3. La documentación identificativa sobre la persona beneficiaria, su situación y los datos bancarios:

a) En cuanto a los ayuntamientos, entidades locales menores y mancomunidades de las Illes Balears, así como los entes del sector público vinculados o dependientes de este.

· CIF de la entidad

· Certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite que la persona solicitante es la representante de la entidad.

· En el supuesto de que la solicitante sea una mancomunidad, escrito firmado por los alcaldes de los municipios afectados en que autorizan a la mancomunidad a presentar la solicitud en nombre de ellos.

· Declaración responsable de veracidad de datos bancarios.

· Otra documentación que se especifique a la solicitud.

b) En cuanto a las asociaciones de familias de alumnos de las Illes Balears, entidades del tercer sector social de las Illes Balears y otras entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, organizaciones religiosas o entidades singulares, etc.).:

· NIF de la entidad.

· Estatutos de la asociación.

· Resolución de inscripción de las entidades del tercer sector social, en el Censo Público de organizaciones del Tercer Sector Social de las Illes Balears regulado en el artículo 7 de la Ley 3/2018, que regula la creación y el procedimiento de inscripción en el censo público de organizaciones del Tercer Sector Social de las Illes Balears. En el caso de las entidades sin ánimo de lucro que no formen parte del Tercer Sector Social, escritura publica de constitución de la entidad solicitante, así como sus Estatutos y modificaciones, debidamente registrados en el Registro Oficial correspondiente a causa de su naturaleza. Los estatutos tienen que acreditar, en el caso de entidades sin ánimo de lucro , la finalidad no lucrativa y el objeto social de la entidad.

· Documento acreditativo (poder notarial o similares) de que la persona que presenta la solicitud tiene la representación legal de la entidad.

· Declaración responsable de veracidad de datos bancarios.

· Otra documentación que se especifique en la solicitud.

7.4. Documentación relativa al proyecto y al cumplimiento de la finalidad:

· Memoria sobre el proyecto o proyectos que se consideran realizar, con los datos siguientes:

a) Lugar y fechas de realización.

b) N.º de horas que se piensa ampliar el horario lectivo de lunes a viernes y/o sábados.

c) Número de participantes previstos y grupos de edad.

d) Número de monitores y monitoras que se proyecta contratar, titulaciones y categoría y grupo profesional.

e) Precio que se cobrará a las familias. Hay que favorecer la gratuidad y la universalidad del servicio. En caso de que se establezcan tasas o precios públicos o privados en la prestación del servicio, los ingresos generados se tienen que deducir de los gastos subvencionables.

f) Ingresos previstos y presupuesto del proyecto, con el máximo detalle posible de todos los conceptos, de personal, material, seguros, servicios, suministros, etc.

7.5. Documentación relativa a la subcontratación de la actividad:

a) Motivación de la necesidad de subcontratación.

b) Indicación del tipo de contrato que se formalizará (contrato menor, contrato surgido de un concurso abierto, contrato privado, etc.). No se aceptarán los convenios y acuerdos con entidades para la celebración indirecta de las actividades.

c) En el supuesto de que la subcontratación suponga un gasto de más de 15.000 euros, sin IVA, indicación de las tres ofertas pedidas, con los importes ofrecidos, y de la elección hecha. En caso de no haber escogido la oferta más económica, indicar el motivo.

7.6. Si la solicitud o la documentación aportada es defectuosa o incompleta, el órgano instructor del procedimiento requerirá la entidad interesada porque, en el plazo de cinco días hábiles, enmiende el defecto o aporte la documentación que falta, con la advertencia que, una vez transcurrido ese plazo sin que se haya subsanado, se entenderá que desiste en la solicitud. Se dictará una resolución previa en los términos que dispone el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Las solicitudes se tienen que presentar en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears .

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Juventud

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juventud

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(joventut@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad i Igualtat

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros sacado de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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