Ayudas para las personas jurídicas que realicen transporte privado complementario de mercancías y estén de alta en la división 46 del CNAE, en el ámbito territorial de las Islas Baleares
Regular el otorgamiento de ayudas a las personas jurídicas domiciliadas en las Illes Balears, que cumplan los requisitos para ser PYMES, que realicen el transporte privado complementario de mercancías y estén de alta en la división 46 del CNAE, que incluye el comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas, con el fin de paliar el efecto perjudicial en el desarrollo de su actividad provocado por el incremento de los costes de los productos petrolíferos como consecuencia de la guerra en el Oriente Medio.
Código SIA
3267747
Personas destinatarias
Las personas jurídicas que a fecha 1 de abril de 2026:
· Cumplan los requisitos para ser PYMES.
· Desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Illes Balears.
· Estén dadas de alta en el IAE y al corriente de su pago.
· Ejerzan una actividad encuadrada en la división 046 del CNAE —que incluye el comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
· Efectúen el transporte privado complementario de la empresa con el vehículo o vehículos objeto de la subvención, que deben estar integrados en la organización empresarial.
· Cumplan con el resto de los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Quedan excluidos del ámbito de estas ayudas los vehículos eléctricos de batería de cero emisiones (BEV), los vehículos eléctricos de pila de combustible (FCEV) y los vehículos de combustión de hidrógeno (HICEV).
Plazo máximo para la resolución y notificación
5 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad