Requisitos
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones los titulares de los centros especiales de empleo que cumplan los siguientes requisitos:
a) Figurar inscritos como tales en el Registro de centros especiales de empleo de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.
b) Tienen que formar parte de la plantilla de los centros especiales de empleo, trabajadoras y trabajadores con los tipos de discapacidad y grado de discapacidad siguientes:
1.º Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
2.º Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 %.
c) Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional, cuya composición tiene que establecerse de acuerdo con los módulos que se indican en el apartado quinto de esta convocatoria.
d) De conformidad con el artículo 43.2 del Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y el artículo 57 del Real Decreto 818/2021, el número de personas trabajadoras con discapacidad del centro especial de empleo tiene que ser igual o superior al 70 % del total de la plantilla. A tal efecto, no se incluye el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.
e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como de las obligaciones con la Seguridad Social, antes de la propuesta de resolución.
f) No pueden ser beneficiarios de las subvenciones las entidades que concurran en alguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
g) No haber sido sancionado en virtud de resoluciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias firmes por haber ejercido o tolerado prácticas prohibidas de acuerdo con:
— La Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
— La Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
— El título IV de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
h) Llevar a cabo la organización preventiva por medio de alguna de las modalidades que establece el capítulo III del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención (BOE n.º 27, de 31 de enero). Tiene que haber efectuado la auditoría correspondiente, cuando proceda, de conformidad con el capítulo V del mismo Real Decreto, y también se tiene que haber realizado y revisado el plan de prevención, de conformidad con el mencionado Real Decreto 39/1997.
Documentación a presentar
Las personas solicitantes tienen que adjuntar a la solicitud (anexo 2) la siguiente documentación:
a) Una declaración responsable en los siguientes términos :
— Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad que acredite que se ha llevado a cabo la organización preventiva y la auditoría, si procede, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE n.º 269, de 10 de noviembre) y la normativa reglamentaria que la desarrolla (anexo 2).
— Declaración responsable de no estar sometidas a ninguna de las circunstancias que se enumeran en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, lo que tiene que hacerse de acuerdo con el apartado 6 del mismo texto legal (anexo 2).
— Declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos en el capítulo I y en el artículo 34 del Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, antes mencionado (anexo 2).
— Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los tres últimos años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, ni haber sido sancionadas o condenadas por ninguna resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016 (anexo 2).
— Declaración responsable de que la entidad que representa dispone de un plan de igualdad vigente e inscrito en el Registro de planes de igualdad de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral en la fecha de la presentación de la solicitud (empresas de cincuenta o más trabajadores, si lo dispone el convenio colectivo de aplicación o si lo ha acordado la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, anexo 2).
— Declaración en la que se hagan constar las subvenciones o las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados nacionales o de la Unión Europea, o de organismos internacionales, o bien una declaración expresa de no haberlas solicitado.
La persona solicitante tiene que declarar las nuevas subvenciones que se puedan producir sobre este tema mediante un escrito presentado a la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, en el plazo de quince días a contar desde la fecha en que se le concede la subvención o presente nuevas solicitudes (anexo 2)
— Declaración responsable de veracidad de datos bancarios. El modelo correspondiente puede encontrarlo en la Sede Electrónica de esta Administración (anexo 2).
— Declaración responsable del cumplimiento por las personas o entidades beneficiarias de las obligaciones establecidas en el apartado cuarto de la convocatoria (anexo 2).
— Que la entidad cumple los requisitos establecidos en el artículo 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones, en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004.
b) Documentación que debe adjuntar:
— Documento en formato hoja de cálculo que especifique la plantilla de trabajadoras o trabajadores con discapacidad del centro especial de empleo.
— Certificados vigentes expedidos por el órgano competente que especifiquen el tipo de discapacidad y el grado de discapacidad de las trabajadoras o trabajadores con discapacidad que conformen la plantilla del centro especial de empleo.
Para evitar retrasos en el procedimiento de concesión por causas ajenas a la entidad interesada, se entiende cumplido el trámite de aportación de los certificados renovados con la presentación de la solicitud de renovación al órgano competente. Sin embargo, en caso de que el órgano competente no conceda la renovación solicitada, debe tramitarse un expediente de reintegro de las cantidades percibidas por la entidad de acuerdo con el apartado decimoquinto de esta convocatoria.
— Contratos de trabajo de las personas con discapacidad que presten servicios en el centro especial de empleo, solo en el caso de nuevas altas en la entidad.
— Memoria de las actividades de las unidades de apoyo a la actividad profesional, con una descripción de las funciones de las trabajadoras o trabajadores que las integran.
— Contratos de trabajo de las trabajadoras o trabajadores que integran las unidades de apoyo a la actividad profesional y descripción de sus funciones, solo en el caso de nuevas altas en la entidad.
— Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del centro especial de empleo desde el día 1 de enero de 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud telemática.
— Presupuesto en cómputo anual (12 meses) de los costes salariales y de Seguridad Social del personal integrante de la unidad de apoyo y nóminas del personal mencionado que se hayan abonado hasta la fecha de presentación de la solicitud.
c) De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 y el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral puede obtener, salvo oposición expresa de la persona interesada, que tiene que hacerse constar en el modelo de solicitud, los certificados acreditativos de que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.
En caso de que se opongan a estas consultas, debe aportarse la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.
d) En aplicación del artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la persona interesada tiene que autorizar la consulta de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal.
En caso de que no se autoricen estas consultas, debe aportarse la documentación acreditativa, junto con la solicitud de ayuda.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de un mes a contar desde el tercer día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
(sferrer@dgtreslab.caib.es)