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Expedición del carné de usuario profesional de productos fitosanitarios

Tramitar la expedición del carné de usuario profesional de productos fitosanitarios

Código SIA

3178439

Personas destinatarias

Usuarios profesionales (aplicadores) y vendedores de productos fitosanitarios que tienen que acreditar conocimientos apropiados para ejercer su actividad.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo para resolver y notificar la expedición del carné de aplicador de productos fitosanitarios es de tres meses.

Silencio administrativo

Positivo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Trámites

X

Solicitud de expedición/ renovación

Requisitos

Haber superado el curso y el examen de capacitación o tener una titulación habilitante

Documentación a presentar

Para obtener el carné se debe presentar una solicitud de acuerdo con el modelo establecido en el anexo 4, que debe incluir una declaración

jurada de no tener ninguna incapacidad laboral permanente que impida trabajar con productos fitosanitarios. La solicitud puede ser tramitada

por:

a. La entidad de formación, que debe recoger las solicitudes de los alumnos en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de

finalización del curso y las debe presentar, en un expediente único, a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, junto con una

fotocopia del DNI de cada alumno, la solicitud de expedición de los carnés y la lista de los alumnos que han superado el curso en

soporte digital. En este caso los carnés se deben entregar a la entidad de formación para que los distribuya posteriormente.

b. La persona interesada, que debe presentar la solicitud de expedición del carné acompañada del certificado de superación del curso

y de una fotocopia del DNI. En este caso el carné se debe entregar directamente a la persona interesada

Modelos:

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver la solicitud y expedir el carné es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el Registro de la

Consejería de Medio Ambiente Agricultura y Pesca, en las delegaciones comarcales del FOGAIBA o en los consejos insulares, o bien de la

forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado ninguna resolución

expresa, la persona interesada debe entender que se ha estimado la solicitud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Agricultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176567

(sanitatvegetal@dgagric.caib.es)

X

Aportación de documentación

Requisitos

Aportar cualquier tipo de documentación relacionada con la adquisición del carné de usuario profesional de productos fitosanitarios

Documentación a presentar

La que no se haya podido aportar en el trámite de solicitud o se considere necesaria

Modelos:

Plazo máximo

No aplica

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Agricultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176567

(sanitatvegetal@dgagric.caib.es)

X

Comunicación impartición de cursos

Requisitos

Ser una entidad designada Por la Conselleria de Agricultura, Pesca y medio natural para impartir cursos para adquirir el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios por un nivel determinado.

Documentación a presentar

Memoria que especifique la siguiente información:

- Objeto del curso.

- Programa del curso con las unidades didácticas y las horas lectivas.

- El lugar donde se tiene que impartir la teoría y se tienen que llevar a cabo el examen y las prácticas.

- El calendario y el horario del curso (teoría, examen y prácticas).

- La justificación del contenido de las prácticas.

- El material y los equipos disponibles para las prácticas.

- La persona responsable del curso y la lista de los profesores con la titulación para las unidades didácticas, la experiencia y otra información complementaria de interés en relación con el curso.

- Las plazas ofrecidas.

- El modelo de prueba final (modelo resuelto).

- En el supuesto de que los cursos sean de la modalidad online, además de la documentación especificada en los apartados anterior, la plataforma informática que se usará.

Plazo máximo

No aplica

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Agricultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176567

(sanitatvegetal@dgagric.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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