Requisitos
	            				Pueden ser beneficiarias de este subvenciones las federaciones deportivas de las Illes Balears  legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears  y las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas también anotadas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears .
Quedan excluidas de este convocatoria las entidades que reciban algún tipo de ayuda o patrocinio de empresas de casas de apuestas o de salas de juego, independientemente de sí este ayuda se utiliza o no para cubrir los gastos del acontecimiento que sea objeto de subvención.
            				
							
							
							
            				Documentación a presentar
            				
            				Todas las entidades solicitantes deben presentar la solicitud firmada electrónicamente por la persona que tenga la representación legal, junto con la documentación siguiente:
Documentación referida a la entidad:
    · Documento de identidad de la persona que solicita la subvención en nombre de la persona jurídica.
    · Tarjeta de identificación fiscal.
    · Documento constitutivo de la entidad y estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente.
    · Documento acreditativo de la representación legal con la cual actúa la persona que firma la solicitud, que tiene que ser vigente en el momento de presentarla.
    · Document acreditatiu de la inscripció en el Registre d'Entitats Esportives de les Illes Balears.
Les declaracions responsables següents, segons els models normalitzats disponibles a la web http://dgri.caib.es i a la Seu Electrònica de l'Administració de la Comunitat Autònoma:
    · De cumplimiento de las obligaciones que establecen el artículo 19 de la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 y el apartado 4 de este convocatoria.
    · De todas las ayudas y las subvenciones que le haya concedido cualquier institución, pública o privada, o que haya solicitado, relacionados con la solicitud presentada.
    · De veracidad de los datos respecto de la titularidad de la cuenta bancaria que haya facilitado (solo en el supuesto de que haya un cambio en la cuenta bancaria).
    · De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención, en conformidad con la legislación vigente en este materia.
    · De disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.
    · De cumplimiento de los requisitos de la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de solicitud.
    · De estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración estatal.
Proyecto explicativo del acontecimiento deportivo para el lo cual se solicita la subvención, que tiene que contener como mínimo los apartados siguientes: 
    y. Informe descriptivo con la denominación del acontecimiento, los objetivos, información sobre ediciones anteriores, calendario y horario, recursos humanos, recursos materiales, infraestructuras y lista de actuaciones que se prevé llevar a cabo.
    ii. Medios que se emplearán para difundir el acontecimiento, con la máxima concreción posible (por ejemplo, que se indique la página web del acontecimiento, la presencia a redes sociales, la elaboración de carteles, trípticos, anuncios de prensa, falcas de radio y otros materiales audiovisuales, etc.).
    iii. El presupuesto de ingresos y gastos previstos derivados de la organización del acontecimiento deportivo.
NOTA: (este procedimiento tiene un TRÁMITE TELEMÁTICO ESPECÍFICO, en el botón azul podéis acceder)
							
	            				
	            					Modelos:
		            				
	            				
            				
            				
            					Documentos relacionados con el trámite:
            					
            				
            				
            				
            					Plazo máximo
            					15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears .
            				
				            Forma de presentación
				            
							
							
								De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
					            
					            a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
					            
					            b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
					            
					            c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
					            
					            *Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
							
            				
            					Órgano competente para la tramitación
            					
								
									Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
								
            				
            				
	            				Contacto
	            				Servicio o Sección responsable
	            				
	            				Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
	            				
		            				Passeig de Sagrera, 2.
						            Tel.: 971177000
						            
					            
	                            
		                            
			            				
			                                 (serveirelins@dgri.caib.es)
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