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Subvenciones para entidades privadas para reformar y rehabilitar espacios residenciales para reconvertir plazas de autónomas en plazas para dependientes

Financiar inversiones dirigidas a la reforma y rehabilitación de espacios residenciales, con objeto de reconvertir plazas destinadas a personas autónomas en cosos para personas en situación de dependencia, para los años 2023 a 2026

Código SIA

3057576

Personas destinatarias

Entidades privadas titulares de servicios residenciales para personas mayores

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Atención a la Dependencia

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de la solicitud

Requisitos

Entidades que cumplen los requisitos del punto 4 del anexo de la convocatoria

Documentación a presentar

Ver punto 7 del anexo de la convocatoria.

Los impresos 1, 3, 4, 5, 7 y 8 ya se encuentran incluidos dentro del trámite telemático, por lo tanto, no los tenéis que adjuntar como anexo.

Los impresos 2 y 6, los encontraréis como "Documentos relaciones con el trámite", puesto que estos si que los tenéis que anexar al procedimiento.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Línea 1: cuatro meses desde el día siguiente que se publique la convocatoria en el BOIB .

Línea 2: acaba el día 30 de mayo de 2025.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Atención a la Dependencia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Centros y Programas II

(centresiprogrames2@dgad.caib.es)

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Haber sido requerido por el órgano instructor para enmendar la solicitud

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Diez días hábiles desde la notificación del requerimiento de subsanación

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Atención a la Dependencia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Centros y Programas II

(centresiprogrames2@dgad.caib.es)

X

Mejora o modificación de la solicitud

Requisitos

En todo caso, el órgano instructor puede proponer el mejoramiento de la solicitud y, en particular, la modificación del presupuesto presentado por la persona o entidad solicitante o de las condiciones y la forma de realización de la actividad, siempre que esto no perjudique terceras personas. En estos casos, se tiene que pedir la conformidad de la persona o entidad solicitante, conformidad que se tiene que entender otorgada si la propuesta formulada por el órgano instructor explicita claramente las modificaciones correspondientes y la persona o entidad solicitando no manifiesta oposición, por escrito, en el plazo de quince días. En cualquiera otro caso, la solicitud se tiene que mantener en los términos expresados por la persona o entidad solicitante en el escrito inicial, sin perjuicio de las correcciones que, si procede, se desprendan del escrito de oposición que presente.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Quince días

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Atención a la Dependencia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Centros y Programas II

(centresiprogrames2@dgad.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

La entidad beneficiaria, antes del día 15 noviembre de 2024, tiene que haber justificado, como mínimo, el 60 % de la obra ejecutada entre el día 1 de enero de 2022, o si procede, en fecha posterior, y el día 30 de septiembre de 2024, de acuerdo con el proyecto

presentado.

Documentación a presentar

Ver punto 13.2 de la Convocatoria

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El 15 noviembre de 2024

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Atención a la Dependencia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Centros y Programas II

(centresiprogrames2@dgad.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Atención a la Dependencia

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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