Requisits
Ser empresa transportista o distribuidora de gases canalizados.
El promotor tendrá que acreditar:
a) Las condiciones técnicas y de seguridad de las instalaciones y del equipo asociado.
b) El adecuado cumplimiento de las condiciones de protección del medio ambiente.
c) Las características del emplazamiento de la instalación.
d) Su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
Para el reconocimiento de la retribución de las nuevas instalaciones de transporte será requisito indispensable que hayan sido incluidas en la planificación y que, si procede, cuenten con el informe favorable de la Administración General del Estado.
Taxes
Según presupuesto: .
- Hasta 12.000,00 €: 79,65 €
- Desde 12.000,01 a 150.000,00 €, por cada 6.000,00 € o fracción (a añadir a la cantidad del apartado anterior): 14,300724 €
- El resto, por cada 6.000,00€ o fracción: 9,544386€ -
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Documentació a presentar
La documentación a presentar es la siguiente:
1. Solicitud de autorización.
2. Pago de la tasa.
3. En el caso de tramitar una autorización de tramitación administrativa previa mediante procedimiento de concurrencia el contenido de la solicitud tendrá que contener al menos:
a) Ubicación de la instalación o, cuando se trate de gasoductos, origen, recorrido orientativo y fin de esta.
b) Objeto de la instalación.
c) Características principales de esta.
d) Plan de situación.
e) Presupuesto estimado y condiciones de retribución de la instalación ofrecida.
f) Los plazos de solicitud de autorización administrativa, de aprobación del proyecto de detalle de las instalaciones, así como el plazo de ejecución de las obras y puesta en servicio de las instalaciones.
g) La documentación que acredite la capacidad del solicitante en los términos que se señalan en el artículo 74 del Real Decreto 1434/2002.
h) La documentación justificativa para la valoración del procedimiento de concurrencia que establecerá en cada caso el mencionado procedimiento.
y) La documentación oportuna para el trámite de evaluación de impacto ambiental, si procede.
4. En el caso de tramitar una autorización administrativa de forma directa se tendrà que presentar la siguiente documentación:
A) Memoria en la cual se consignen las especificaciones siguientes:
-Ubicación de la instalación o, cuando se trate de instalaciones de transporte o distribución de gas natural, origen, recorrido y fin de esta.
-Objeto de la instalación.
-Características principales de esta.
B) Planes de la instalación a escala mínima 1.50.000.
C) Presupuesto estimado de esta.
D) Separatas técnicas relativas a las afecciones, si procede, de la instalación a bienes o servicios dependientes de las Administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general.
E) Los otros datos que la Administración encargada de tramitar el expediente estime oportuno reclamar.
F) La documentación que acredite la capacidad del solicitante en los términos que se señalan en el artículo 74 del Real Decreto 1434/2002.
G) La documentación oportuna para el trámite de evaluación de impacto ambiental, si procede.
5. En el caso de la aprobación del proyecto de detalle de las instalaciones o de ejecución de estas, se tendrá que presentar un proyecto de autorización de instalación de gas canalizado firmado por técnico competente.
6. En los casos de extensiones de redes existentes, la autorización administrativa previa se solicitará en base a una memoria general que contenga las previsiones anuales aproximadas de construcción de instalaciones de distribución.
7. En el caso de solicitar en concreto la declaración de utilidad pública se tendrá que presentar:
a) Memoria justificativa y características técnicas de la instalación.
b) Planes de situación general, a escala mínima 1.25.000.
c) Planos parcelarios con identificación de fincas afectadas según el proyecto, situación de trazado de las canalizaciones e instalaciones auxiliares y afecciones resultantes.
d) Relación de las diferentes Administraciones públicas afectadas, cuando la instalación pueda afectar bienes de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, Comunidad Autónoma y Corporaciones locales, o a obras y servicios atribuidos a sus respectivas competencias.
e) Relación concreta e individualizada, en la cual se describan, en todos sus aspectos, material y jurídico, los bienes o derechos que considere de necesaria expropiación, ya sea esta del pleno dominio de terrenos así como de servidumbres de paso y limitaciones de dominio y servicios complementarios si procede, tales como caminos de acceso u otras instalaciones auxiliares.
Models:
Termini màxim
Para la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones con la declaración en concreto de utilidad pública si hace falta el plazo es de tres meses.
Forma de presentació
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.
Òrgan competent per a la tramitació
Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático
Contacte
Servei o Secció responsable
Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí).
Tel.: 971177706