Requisitos
a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas implica la autorización para que el IEB compruebe de oficio que la persona o la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación expresa del consentimiento. En este caso, la persona o la entidad solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
b) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 6, 7 y 8 de esta convocatoria.
c) Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen legalmente.
d) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
e) Presentar una sola solicitud por proyecto. En caso de presentación de una nueva solicitud, se tendrá que desistir expresamente del anterior; en caso de no hacerlo, sólo se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada. En caso de desistimiento expreso, la fecha en la orden de prelación de los expedientes será la de la nueva solicitud registrada o la fecha de registro de desistimiento en caso de que este sea posterior a la segunda solicitud.
f) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.
g) Presentar un certificado, en su caso, de que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta este certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar.
Documentación a presentar
Véase la convocatoria (apartado 8).
Modelos:
Plazo máximo
31 de mayo de 2024.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
C. d'Alfons el Magnànim, 29.
Tel.: 971178996
(info@iebalearics.org)