Requisitos
Pueden ser beneficiarios los profesionales inscritos en el régimen especial de trabajadores autónomos y las pymes y las microempresas en los términos previstos en los artículos 1 y 2 del anexo 1 del Reglamento (UE) 651/2014.
También pueden ser beneficiarios las personas físicas que manifiesten el compromiso de constituirse como empresas o autónomos en el momento de recibir la ayuda. En caso de ser beneficiarios de la subvención, tienen que cumplir este compromiso antes de la finalización del plazo de ejecución.
Los beneficiarios tienen que pertenecer al sector de las ICC y desarrollar una actividad económica vinculada con alguna de las fases de la cadena de valor de las ICC: creación, producción, distribución, exhibición o comercialización
Documentación a presentar
a) Documentación administrativa:
a.1) Persona física:
— Documento oficial de identidad, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración
consulte estos datos.
— Informe de situación actual del trabajador o informe de vida laboral, solo en caso de que el solicitante se oponga
expresamente a que la Administración consulte estos datos.
a.2) Persona jurídica:
— Tarjeta de identificación fiscal del solicitante, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la
Administración consulte estos datos.
— Documento constitutivo de la entidad y sus estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente.
— Documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, que debe estarvigente en el momento de presentar esta solicitud.
— Documento de identidad del representante, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la
Administración consulte estos datos.
a.3) Personas físicas y jurídicas:
— Un documento acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en epígrafes
vinculados a las ICC. No es necesario aportar este certificado en caso de que la persona interesada manifieste en su solicitud el consentimiento expreso para que el ICIB haga la consulta sobre estos datos tributarios.
— Acreditar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el censo autonómico equivalente, en el que conste la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de la solicitud.
— Certificado del domicilio fiscal del solicitante.
— Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios, de acuerdo con el modelo disponible en la Sede Electrónica.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado. No es necesario aportar este certificado en
caso de que la persona interesada manifieste en su solicitud el consentimiento expreso para que el ICIB haga la consulta
sobre estos datos tributarios.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda de Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración consulte estos datos.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración consulte estos datos.
No obstante, esta acreditación podrá sustituirse por una declaración responsable de la persona solicitante cuando se trate desubvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000,00 €.
Las personas solicitantes deben estar al corriente de cumplimiento de estas obligaciones durante todo el procedimiento de
tramitación de las ayudas.
a.4) Persona física con el compromiso de constituirse como autónomo o empresa:
— Documento oficial de identidad, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración
consulte estos datos.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado. No es necesario aportar este certificado en
caso de que la persona interesada manifieste en su solicitud el consentimiento expreso para que el ICIB haga la consulta
sobre estos datos tributarios.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda de Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración consulte estos datos.
— Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, solo en caso de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración consulte estos datos.
No obstante, esta acreditación podrá sustituirse por una declaración responsable de la persona solicitante cuando se trate de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000,00 €.
Las personas solicitantes deben estar al corriente de cumplimiento de estas obligaciones durante todo el procedimiento de
tramitación de las ayudas.
Si el ICIB ya dispone de la documentación identificativa de las personas solicitantes que se indica en los apartados anteriores y los datos siguen vigentes (documento de identidad, escrituras de constitución, estatutos, etc.), será necesario que en el formulario de solicitud la persona interesada informe del expediente de la subvención anterior en el que se pueden encontrar, y el ICIB los aportará de oficio al procedimiento de subvención de esta convocatoria.
b) Documentación del proyecto:
b.1) Memoria descriptiva del proyecto, que deberá incluir, obligatoriamente, todos estos apartados:
— Objetivos.
— Explicación detallada del proyecto a desarrollar.
— Plan de trabajo. Calendarización de la gestión y ejecución del proyecto por líneas de actuación.
— Adecuación del proyecto a la consecución de las finalidades anteriormente mencionadas.
— Originalidad, singularidad y carácter innovador del proyecto.
— Viabilidad técnica, económica y presupuestaria del proyecto.
— Solvencia técnica y organizativa de la entidad.
— Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (75 %) en el ámbito rural, o dirigido a sectores o
grupos con escasa presencia en la oferta cultural y que ofrezcan prácticas o procesos demostrables que generen un desarrollo cuantificable en colectivos vulnerables.
— Herramientas de medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto: cultural, económico, social, demográfico,
territorial, calidad de vida, sostenibilidad medioambiental y otros.
— Incorporación del catalán en el desarrollo de actividades y/o contenidos del proyecto y garantía del uso del catalán en las
actividades de promoción y comunicación.
b.2) Presupuesto detallado del proyecto para cada una de las líneas de actuación (Anexo 2), con ingresos y gastos y con el IVA pertinente desglosado. Será necesario que el presupuesto recoja todos los gastos previstos derivados del proyecto.
De acuerdo con el artículo 40.3 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación estatal en materia de contratos del sector público por en los contratos menores, el beneficiario, cuando sea una persona física o jurídica privada, con o sin ánimo de lucro, deberá presentar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, anteriores a la ejecución del compromiso,
salvo que, por sus características especiales, no existan entidades suficientes para poder realizarlas, salvo que el gasto se haya efectuado antes de solicitar la subvención. Las ofertas presentadas se elegirán de conformidad con los criterios de eficacia y de economía, y se justificará expresamente en caso de que la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
3) Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan b. de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), de acuerdo con el Anexo 3.
b.4) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de acuerdo con el Anexo 4.
b.5) Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no causar perjuicio significativo alguno a ninguno de los
objetivos medioambientales, de acuerdo con el Anexo 5.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes, dirigidas a la ICIB, se inicia el 13 de julio de 2023 y se extiende hasta el 30 de julio de 2023, ambos incluidos.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)
Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo)..
Tel.: 971176041
(lmartin@icib.caib.es)