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Subvenciones del Programa de Orientación Profesional para la ocupación y autoocupación "SOIB Orientación Profesional"

El objeto de esta Convocatoria se financiar iniciativas para la realización de acciones de orientación profesional para la ocupación y asistencia para el autoempleo, articuladas en itinerarios de inserción ocupacional personalizados y dirigidas a mejorar las posibilidades de ocupación de las personas demandantes de ocupación y servicios inscritas en el SOIB.

Código SIA

3013475

Personas destinatarias

Los colectivos establecidos al artículo 4 del Decreto 36/2022 de 22 agosto, por el cual se establecen los principios generales de funcionamiento de los servicios de orientación y se regulan los requisitos que tienen que acreditar para la inscripción posterior en el Registro de entidades y los servicios de orientación profesional y los servicios complementarios.

a) Colectivo de personas en riesgo de exclusión social y con dificultades especiales de inserción laboral, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación. Se entiende como «persona en riesgo de exclusión social» la que acredita esta situación mediante un informe de servicios sociales o un informe técnico de la entidad que especifique las causas conducentes a la situación de riesgo de exclusión.

b) Colectivo de jóvenes en riesgo de exclusión social y con dificultades especiales de inserción laboral, mayores de 16 años y menores de 30 años, inscritos en el SOIB como demandantes de ocupación. Se entiende como «persona en riesgo de exclusión social» la que acredita esta situación mediante un informe de servicios sociales o un informe técnico de la entidad que especifique las causas conducentes a la situación de riesgo de exclusión.

c) Colectivo de personas con discapacidad intelectual y con dificultades especiales de inserción laboral, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación con la condición de persona con discapacitado con un grado igual o superior al 33 %. También quedan incluidas las personas con capacidad intelectual límite, inscritas como demandantes de ocupación no ocupadas, que pueden acceder acreditando una valoración de al menos un 20 % de discapacidad intelectual y que no llegue al 33 %.

d) Colectivo de personas con diagnóstico de salud mental y con dificultades especiales de inserción, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación. Se entiende como «persona con diagnóstico de salud mental» la que acredita esta situación mediante documentación que certifica una discapacidad con un grado igual o superior al 33 % o con la presentación de un informe psiquiátrico emitido por parte del área de Salud Mental del Servicio de Salud Pública.

e) Colectivo de personas con discapacidad sensorial y con dificultades especiales de inserción laboral, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación con la condición de persona con discapacitado con un grado igual o superior al 33 %.

f) Colectivo de personas con discapacidad física y otras discapacidades con dificultades especiales de inserción laboral, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación con la condición de persona con discapacitado con un grado igual o superior al 33%.

g) Colectivo de personas reclusas de segundo y tercer grado, ex reclusas o con medidas alternativas y con dificultades especiales de inserción laboral, inscritas en el SOIB como demandantes de ocupación. Las personas reclusas de segundo grado están exentas de estar inscritas en el SOIB.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Tres meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Las entidades que se pueden beneficiar de las subvenciones son las entidades inscritas y acreditadas en el Registro de entidades y servicios de orientación profesionales y servicios complementarios del SOIB, de acuerdo con el que disponen los Decretos 35/2022 y 36/2022, de 22 de agosto, que acrediten haber realizado las actuaciones objeto de esta convocatoria desde día 1 de enero hasta día 28 de febrero de 2023.

Las entidades tienen que estar inscritas y acreditadas en el Registro de entidades y servicios de orientación profesionales y servicios complementarios del SOIB antes del 1 de enero de 2023.

Documentación a presentar

Junto con el trámite de solicitud a través de la aplicación ACCFOR/ESO IB y con los modelos que estarán disponibles en esta aplicación, se tiene que adjuntar la documentación siguiente, la cual, incluida la solicitud, tiene que estar firmada digitalmente:

1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo.

· Evidencias de todas las horas de atención directa efectuadas por el personal orientador. Esto implica que cada acción tiene que estar firmada por la persona usuaria beneficiaria de la acción y por el personal orientador que la ha realizado indicando: nombre y DNI de la persona usuaria, nombre del personal orientador, código de la actuación realizada, fecha, horario y duración.

· Un certificado firmado por el representante de la entidad donde se relacionen las tareas realizadas por el personal coordinador y de apoyo. Según el modelo facilitado por el SOIB

· Un certificado firmado por el representante de la entidad donde se relacionen las personas usuarias atendidas, las acciones que han realizado y la duración de las mismas. Según el modelo facilitado por el SOIB.

2. Una memoria económica justificativa, según el modelo del SOIB que tiene que contener los aspectos siguientes:

1. Declaración del beneficiario de los aspectos siguientes:

del número de equipos de orientación destinados a la actividad subvencionada.

que los equipos de orientación han llevado a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

de que no ha recibido ayudas o subvenciones para la misma finalidad, procedentes de cualquier institución pública o privada.

2. Cuantía de la subvención calculada en base a las actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los módulo previsto en la convocatoria.

Plazo máximo

Un mes desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

(ggelabert@soib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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