Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Subvenciones para actuaciones de adaptación de líneas eléctricas de alta tensión

La finalidad de estas subvenciones es promover la conservación y gestión de la biodiversidad mediante la corrección de tendidos eléctricos para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas, en aplicación del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

La finalidad genérica de las ayudas es contribuir a la consecución de los objetivos incluidos dentro del Componente 4 («Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad»), Inversión 2 («Conservación de la biodiversidad terrestre y marina») del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y, concretamente, a la consecución del objetivo de corrección de un mínimo de 288 apoyos o tendidos eléctricos para el mes de diciembre de 2025.

Código SIA

3004404

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones:

a) Las personas físicas o las juridicoprivades que sean titulares de alguna de los tendidos eléctricos de alta tensión incluidas en el anexo Y o en el anexo II de la Resolución del director general de Espacios Naturales y Biodiversidad de 16 de enero de 2019 sobre la relación de tendidos eléctricos peligrosos para las aves incluidas dentro de las zonas de protección que no se ajustan a las prescripciones técnicas del Real decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el cual se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión (BOIB núm. 9, de 9 de enero de 2019).

b) Las personas físicas o las juridicoprivades que sean titulares de tendidos eléctricos de alta tensión que, aunque no estén incluidas en alguno de los anexos citados en el párrafo anterior, sí estén total o parcialmente incluidas dentro de las zonas de protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión definidas en el anexo II de la Resolución del consejero de Medio ambiente, Agricultura y Pesca por la cual se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas (BOIB núm. 35, de 23 de marzo de 2017).

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses, a contar desde el día siguiente de la fecha de vencimiento del plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Presentación de la solicitud de acuerdo con el modelo adjunto en este trámite junto con la documentación administrativa y técnica que se exige en esta.

Se tiene que presentar una solicitud individual por cada uno de los proyectos para los cuáles se solicita una subvención, que tiene que tener por objeto la adaptación de una única línea eléctrica.

Las actuaciones objeto de financiación pueden de haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2022 y tienen que haber finalizado antes del 1 de enero de 2026.

El coste mediano máximo por apoyo a corregir para la presente convocatoria se establece en 3.002,99 euros (IVA excluido).

La ayuda otorgada para cada línea eléctrica beneficiaria de la subvención en ningún caso será superior al coste mediano máximo por apoyo recogido en la convocatoria, multiplicado por el número de apoyos a corregir.

No hay un importe mínimo de las subvenciones a solicitar.

El importe máximo de las subvenciones es del 100% del coste total subvencionable del proyecto, sin que en ningún caso el importe de la subvención concedida supere el coste de la actuación objeto de subvención.

El plazo de ejecución del proyecto o actividad objeto de subvención se concretará en la resolución de concesión. Este plazo se puede prorrogar, a petición de beneficiario, por resolución del consejero en los términos previstos en el artículo 25 de las bases reguladoras. Las prórrogas se tienen que solicitar y resolver antes del vencimiento del plazo de ejecución.

Los gastos subvencionables y no subvencionables vienen descritas en el arte. 15 de la Orden de bases reguladoras.

El plazo máximo de presentación de la documentación justificativa de los gastos, a que se refiere el artículo 27.4 de la Orden, se tiene que concretar a la resolución de concesión y, en todo caso, no puede ser superior a tres meses, desde la fecha de fin del plazo de ejecución del proyecto.

Los beneficiarios tienen que cumplir las obligaciones específicas establecidas en el artículo 9 de la Orden y acreditarlas en el momento en que estas se hayan cumplido.

Documentación a presentar

La solicitud tiene que acompañarse de la siguiente documentación administrativa y técnica (Anexo II)

· Documentación administrativa:

— NIF/DNI del solicitante y de la persona que actúe en su representación.

— Documentación necesaria para acreditar la representación del solicitante.

— En el caso de solicitantes que desarrollen actividades económicas, acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios profesionales y retenidors de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que tiene que reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.

— En el caso de proyectos financiables iniciados en fecha posterior al 1 de enero de 2022 documentación justificativa de la fecha de inicio, por cualquier medio válido en derecho.

— Declaración responsable de acuerdo con el modelo normalizado que se adjunta como apartado tercero de este anexo, debidamente firmada.

— Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI), de acuerdo con el modelo de la Anejo V de esta Orden, debidamente firmada.

— Declaración responsable de cumplimiento del principio DNSH, de acuerdo con el modelo del Anexo VI de esta Orden, debidamente firmada.

— Certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el caso de oposición a que la Consejería de Medio ambiente y Territorio haga las consultas o compruebe el cumplimiento de las obligaciones.

— Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, y en el caso de sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas que acredite el cumplimiento de los plazos legales de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la cual se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, certificado que atenderá el plazo efectivo de los pagos del emprendida cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa abastecedora .

— Acreditación de la titularidad del tendido eléctrico objeto de la actuación.

— En el supuesto de que la actuación esté en licitación, adjudicada o iniciada, acreditación de la circunstancia en que se encuentre la actuación.

— Compromiso de presentación antes del 31 de marzo de cada año, de un informe justificativo sobre el grado de ejecución del gasto.

---------------------------------------------------

· Documentación técnica:

— Memoria técnica de las actuaciones de acuerdo con el contenido mínimo y las prescripciones indicadas en el artículo 13 de las bases reguladoras, así como el presupuesto independiente para cada tendido para la cual se solicita subvención, desglosando el IVA, en los términos previstos en el artículo 14 de las bases reguladoras.

— La justificación que la actuación respeta el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés , "Do No Significant Harm") y las condiciones del etiquetado climático.

— La fecha de inicio real o prevista.

— El plazo de ejecución.

— Los gastos subvencionables solicitados conforme al punto primero del artículo 15 de las bases reguladoras.

— Permisos de que se disponga para la ejecución de la actuación (disponibilidad de terrenos, sectoriales, etc.), y declaración responsable de conformidad y disponibilidad de terrenos.

— Autorizaciones previas de las administraciones competentes que, en su caso, sean preceptivas y de que se dispongan en el momento de la solicitud. Si de caso carece , declaración responsable de que el proyecto no se iniciará sin las preceptivas autorizaciones de las administraciones competentes.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación simultánea de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Enmienda de la solicitud

Requisitos

Haber recibido un requerimiento de subsanación de deficiencias de la solicitud

Documentación a presentar

Documentación administrativa y técnica del requerimiento

Plazo máximo

10 días habilidosos

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Alegaciones en trámite de audiencia

Requisitos

No estar de acuerdo con la propuesta de resolución

Documentación a presentar

Plazo máximo

mínimo de 10 y máximo de 15 días, que se indicará en la propuesta de resolución

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Desistimiento de la solicitud o renuncia a la subvención

Requisitos

Haber presentado una solicitud o ser beneficiario de una subvención

Documentación a presentar

Tiene que ajustarse al modelo oficial (Anexo III)

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

En cualquier momento

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Justificación del gasto de la subvención

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención y haber ejecutado el proyecto

Documentación a presentar

La justificación se tiene que ajustar al modelo oficial (Anexo IV)

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

3 meses desde la fecha de la finalización de la ejecución del proyecto

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Comunicación de inicio de actividades

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención

Documentación a presentar

Plazo máximo

-

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

X

Otras comunicaciones

Requisitos

Haber sido beneficiario de una subvención

Documentación a presentar

Plazo máximo

-

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Protección de Especies

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176586 - Fax: 971176586

(tbosch@dgmedinatural.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar