Requisits
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos regulados por el título V, capítulo Y, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el cual se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, que acrediten la participación de alguno de sus equipos a la competición federativa de categoría nacional previstas a la mesa (punto 1.3 de la convocatoria).
Documentació a presentar
Documentación general que se tiene que aportar:
a) Imprimido de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.
b) Declaración responsable de la entidad que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención en conformidad con la normativa aplicable.
c) En caso de que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos; o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado de declaración responsable se podrá obtener en la sede o a la página web de la Dirección general de Deportes.
d) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud.
e) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.
f) Declaración responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al artículo 15 de la Orden de Bases y en el punto 17 de esta convocatoria.
g) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
Documentación que se tiene que aportar por las ayudas relativas a los traslados para asistir a campeonatos de Europa, alojamientos y manutención de los deportistas y del equipo técnico y entrenamientos.
a) Informe de la actuación del equipo, que tiene que incluir como mínimo:
- Nombre, linajes, núm. de licencia federativa, categoría, edad y nacionalidad de los deportistas del equipo.
- Relación de partidos o pruebas: fecha, lugar, equipo contrario y resultado.
- Para cada desplazamiento:
Aeropuerto/puerto de salida y aeropuerto/puerto de llegada.
Localidad destino.
Fechas de la competición o competiciones (más de un partido) al destino.
Día de salida – Día de vuelta.
b) Se tiene que adjuntar los siguientes documentos acreditativos de haber realizado la actividad deportiva:
a. Cuenta Justificativa: Relación numerada, ordenada sistemáticamente y detallada, de las facturas acreditativas de los gastos subvencionables.
b. Copia digitalizada de las actas de los partidos disputados del campeonato de Europa.
c. Copia digitalizada de las tarjetas de embarcament o billetes electrónicos, con la relación de deportistas y técnicos desplazados.
d. Copia digitalizada de las facturas del hotel, con indicación de la fecha de entrada y salida y el número de personas alojadas.
e. Copia digitalizada de las facturas de agencia de viajes o compañía Aérea.
c) Sólo tendrá la consideración de gasto efectivamente justificado los desplazamientos, alojamiento y manutención de los deportistas y técnicos que aparecen al acta del partido o prueba deportiva, y como máximo el número de deportistas y técnicos previsto a la Mesa 1 – PAX Deporte.
d) Certificado emes por la federación deportiva correspondiente o liga profesional correspondiendo relativo a las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para gastos de desplazamientos y alojamiento y manutención para equipos deportivos participen en competiciones de los campeonatos de Europa.
e) Copia de los tres presupuestos que, si procede, y en aplicación del artículo 40.3 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, que la entidad beneficiaría a de haber solicitado con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o el libramiento del bien, salvo que por las características especiales de los gastos subvencionables no haya en el mercado un número suficiente de entidades que lo suministren o lo presten, o salvo que el gasto se haya efectuado antes de la solicitud de la subvención.
En el modelo normalizado de solicitud de subvención que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas porque lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
En caso de que la entidad solicitando deniegue de manera expresa esta autorización, tiene que presentar, junto con la solicitud, una declaración responsable de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, o bien los correspondientes certificados acreditativos de estas circunstancias.
En el supuesto de que la Dirección general de Deportes, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, requerirá a la persona o la entidad solicitante que los aporte en el plazo de 10 días habilidosos, siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
Models:
Termini màxim
20 días habiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria al BOIB , o 20 días habiles a partir del día siguiente de la realización del campeonato, prueba deportiva o partido.
Forma de presentació
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.
Òrgan competent per a la tramitació
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacte
Servei o Secció responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(aamengual@esports.caib.es)