Requisitos
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos regulados por el título V, capítulo Y, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el cual se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, que acrediten la participación de alguno de sus equipos a la competición federativa de categoría nacional previstas a la mesa (punto 1.3 de la convocatoria).
Documentación a presentar
Documentación general que se tiene que aportar:
a) Imprimido de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el cual consten los datos del beneficiario.
b) Declaración responsable de la entidad que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención en conformidad con la normativa aplicable.
c) En caso de que no sean perceptores de la Comunitat Autónoma, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos; o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. El impreso normalizado de declaración responsable se podrá obtener en la sede o a la página web de la Dirección general de Deportes.
d) Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud.
e) Certificados de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.
f) Declaración responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones impuestas al artículo 15 de la Orden de Bases y en el punto 17 de esta convocatoria.
g) Declaración responsable de no haber sido sancionadas o condenadas en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme.
Documentación que se tiene que aportar por las ayudas relativas a los traslados para asistir a campeonatos de Europa, alojamientos y manutención de los deportistas y del equipo técnico y entrenamientos.
a) Informe de la actuación del equipo, que tiene que incluir como mínimo:
- Nombre, linajes, núm. de licencia federativa, categoría, edad y nacionalidad de los deportistas del equipo.
- Relación de partidos o pruebas: fecha, lugar, equipo contrario y resultado.
- Para cada desplazamiento:
Aeropuerto/puerto de salida y aeropuerto/puerto de llegada.
Localidad destino.
Fechas de la competición o competiciones (más de un partido) al destino.
Día de salida – Día de vuelta.
b) Se tiene que adjuntar los siguientes documentos acreditativos de haber realizado la actividad deportiva:
a. Cuenta Justificativa: Relación numerada, ordenada sistemáticamente y detallada, de las facturas acreditativas de los gastos subvencionables.
b. Copia digitalizada de las actas de los partidos disputados del campeonato de Europa.
c. Copia digitalizada de las tarjetas de embarcament o billetes electrónicos, con la relación de deportistas y técnicos desplazados.
d. Copia digitalizada de las facturas del hotel, con indicación de la fecha de entrada y salida y el número de personas alojadas.
e. Copia digitalizada de las facturas de agencia de viajes o compañía Aérea.
c) Sólo tendrá la consideración de gasto efectivamente justificado los desplazamientos, alojamiento y manutención de los deportistas y técnicos que aparecen al acta del partido o prueba deportiva, y como máximo el número de deportistas y técnicos previsto a la Mesa 1 – PAX Deporte.
d) Certificado emes por la federación deportiva correspondiente o liga profesional correspondiendo relativo a las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para gastos de desplazamientos y alojamiento y manutención para equipos deportivos participen en competiciones de los campeonatos de Europa.
e) Copia de los tres presupuestos que, si procede, y en aplicación del artículo 40.3 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, que la entidad beneficiaría a de haber solicitado con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o el libramiento del bien, salvo que por las características especiales de los gastos subvencionables no haya en el mercado un número suficiente de entidades que lo suministren o lo presten, o salvo que el gasto se haya efectuado antes de la solicitud de la subvención.
En el modelo normalizado de solicitud de subvención que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas porque lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
En caso de que la entidad solicitando deniegue de manera expresa esta autorización, tiene que presentar, junto con la solicitud, una declaración responsable de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, o bien los correspondientes certificados acreditativos de estas circunstancias.
En el supuesto de que la Dirección general de Deportes, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, requerirá a la persona o la entidad solicitante que los aporte en el plazo de 10 días habilidosos, siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
Modelos:
Plazo máximo
20 días habiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria al BOIB , o 20 días habiles a partir del día siguiente de la realización del campeonato, prueba deportiva o partido.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(aamengual@esports.caib.es)