Requisitos
Presentación de solicitud con adyunción de proyecto técnico de acuerdo con el objeto y la finalidad de la subvención, y documentación complementaria requerida.
Documentación a presentar
a) Una fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI o NIE de la persona que firma la solicitud como representante legal.
b) Una copia de los estatutos vigentes de la entidad, y en el caso de fundaciones, además, se tiene que aportar el acuerdo constitutivo de la entidad (en el supuesto de que esta documentación ya se haya presentado anteriormente a algún procedimiento tramitado a esta Administración será suficiente indicar el procedimiento al cual se aportó).
c) La acreditación de la representación de la persona que firma la solicitud (acuerdo de la asamblea general, apoderamiento, certificado de habilitación, etc.). En el supuesto de que esta documentación ya se haya presentado anteriormente a algún procedimiento tramitado a esta Administración será suficiente indicar el procedimiento al cual se aportó.
d) Una declaración responsable que la entidad no está incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o incompatibilidad para percibir la subvención establecidos en el artículo 10 del TRLS y en el resto de normativa aplicable.
e) Una declaración responsable de no haber solicitado ni recibo cabe otra ayuda para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o, en caso contrario, una relación de las entidades a las cuales se ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las cuales se ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida.
f) Una declaración responsable de cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 11 del TRLS.
g) Certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que indiquen que la entidad solicitante está al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias ante la Administración estatal.
h) Una autorización expresa de la persona representando de la entidad solicitante porque el órgano instructor del procedimiento pueda expedir el certificado telemático justificativo que la entidad solicitante está al corriente en el pago de las obligaciones tributarias ante la Hacienda de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
y) Certificado del número de cuenta bancario expedido por la entidad bancaria, excepto que ya conste, tramitado válidamente, en los archivos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares (en este caso, es suficiente indicar los datos). La titularidad de la cuenta bancaria tiene que ser de la entidad beneficiaria de la subvención.
j) Un proyecto técnico de acuerdo con el objeto y la finalidad de la subvención.
Modelos:
Plazo máximo
No procede
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Salud
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Salud Pública
Carrer de Jesús 38 A.
Tel.: 971177400
- Fax: 971176984
(subvencions@dgsanita.caib.es)