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Solicitud de acreditación de servicios y habilitación de entidades de orientación profesional.

Crear y regular el Registro de entidades y servicios de orientación profesional y servicios complementarios.

Establecer los procedimientos de habilitación de las entidades y de acreditación de los servicios de orientación profesional y los servicios complementarios, la inscripción, la revocación, así como el seguimiento y el control.

Código SIA

2896726

Personas destinatarias

Este Decreto es de aplicación a todas las entidades que desarrollen servicios de orientación profesional, en el ámbito competencial del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, tanto públicos como privados, con ánimo de lucro o sin, que se ubiquen o actúen en el territorio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, con independencia del lugar donde tengan la sede social o el domicilio legal.

También es de aplicación a las entidades titulares de los servicios complementarios que prevé el punto 2 del artículo 13 del Real decreto 7/2015, de 16 de enero, que aprueba la cartera común de Servicios del Sistema Nacional de Ocupación, que se desplieguen reglamentariamente.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones es de 6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro.

Silencio administrativo

Positivo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Para las entidades integrantes del tercer sector de acción social, el Decreto 35/2022 de 22 de agosto entra en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el Decreto 36/2022 de 22 de agosto entra en vigor el mismo día de la publicación.

Para el resto de entidades la entrada en vigor es a los 6 meses desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud de acreditación de servicios y habilitación de entidades de orientación profesional.

Requisitos

Este Decreto es de aplicación a todas las entidades que desarrollen servicios de orientación profesional, en el ámbito competencial del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, tanto públicos como privados, con ánimo de lucro o sin, que se ubiquen o actúen en el territorio de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, con independencia del lugar donde tengan la sede social o el domicilio legal.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Las solicitudes se pueden presentar durante todo el año.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

(resop@soib.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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