Requisitos
a) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La solicitud de las ayudas implica la autorización para que el IEB compruebe de oficio que la persona o la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en el caso de denegación expresa del consentimiento. En este caso, la persona o la entidad solicitante tienen que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
b) Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en los apartados 6, 7 y 8 de esta convocatoria.
c) Cumplir los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
d) Presentar una sola solicitud por proyecto. En caso de presentación de una nueva solicitud, se tendrá que desistir expresamente de la anterior; en caso de no hacerlo, solo se tendrá en cuenta la primera solicitud registrada.
En caso de desistimiento expreso, la fecha en el orden de prelación de los expedientes será la de la nueva solicitud registrada o la fecha de registro de desistimiento en caso de que este sea posterior a la segunda solicitud.
e) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de la subvención en el momento de la publicación de la convocatoria.
f) Presentar un certificado, en su caso, de que la entidad está exenta de declarar el IVA. Si no se presenta este certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, el IVA de las facturas que se presenten como parte de la cuenta justificativa no se puede subvencionar.
Documentación a presentar
El documento original de la solicitud se tiene que presentar por medio del modelo normalizado (anexo 2), debidamente rellenado y firmado, y tiene que ir acompañado de la siguiente documentación:
a) La documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica:
a.1) Persona física:
— La acreditación de la identidad: copia del DNI, pasaporte o NIE.
— Un documento acreditativo del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y de la vigencia de esta alta en el momento de hacer la solicitud.
— Un documento acreditativo de estar dado de alta en el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial.
a.2) Persona jurídica:
— Una copia del NIF de la persona jurídica y una copia del DNI, pasaporte o NIE de la persona física que la representa.
— El documento constitutivo de la persona jurídica.
— Los estatutos sociales inscritos debidamente en el registro.
— Un documento acreditativo de la representación legal con la que actúa la persona física que firma la solicitud, el cual tiene que estar vigente en el momento de presentar la solicitud.
— Un documento acreditativo de estar dado de alta en el impuesto de actividades empresariales (IAE) en epígrafes vinculados al sector editorial.
b) Una declaración responsable por medio del modelo normalizado (anexo 3), en que el solicitante manifieste los siguientes puntos:
— Que cumple las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, así como las establecidas en esta convocatoria.
— Que aporta la documentación adjunta a la solicitud, verdadera y correcta.
— Que no incurre en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la ayuda, de conformidad con la normativa aplicable.
— Que está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias ante la hacienda autonómica.
— Que cumple la legalidad vigente y aplica criterios de igualdad de oportunidades en cuanto a la contratación de trabajadores.
— Que no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
— Que, en su caso, ha solicitado ayudas y subvenciones a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se le han concedido las ayudas y subvenciones mencionadas.
c) Una memoria descriptiva y detallada del proyecto. Debe tenerse en cuenta que esta memoria servirá para que la Comisión Evaluadora puntúe el proyecto y que solo se valorará la información incluida en esta memoria (consulten los criterios de valoración en el punto 10.1).
La memoria tiene que incluir la siguiente información:
— Los objetivos del proyecto.
— El plan de trabajo del proyecto editorial que indique las fechas en que se realiza cada tarea.
— Las trayectorias profesionales de las personas, colectivos, empresas o entidades implicados.
— La tirada que se hace del libro y el número aproximado de palabras que tiene.
— El plan de comunicación y difusión exterior, que incluye la distribución del libro que es objeto de la subvención.
— Si es un proyecto que contribuye a la igualdad de género (texto o creación de una mujer, o de un mínimo de un 40 % de mujeres si se trata de un equipo o colectivo, o cuyo contenido contribuya a la sensibilización y educación de la sociedad hacia los derechos de las mujeres y/o las perspectivas de género).
d) El presupuesto detallado del proyecto, siguiendo el modelo descargable en http://www.iebalearics.org, con ingresos y gastos y con el pertinente IVA desglosado. Es preciso que el presupuesto recoja todos los conceptos para los que se pide ayuda, en que se tienen que desglosar los gastos subvencionables, de acuerdo con el punto 2 de la convocatoria.
e) El contrato con el autor o agente que permita la publicación del libro.
f) En su caso, el plan de patrocinios y de financiación del acontecimiento.
g) La acreditación de que la persona o la entidad beneficiaria de la ayuda es titular de la cuenta bancaria facilitada.
h) Para subvenciones de más de 3.000 €, los certificados de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con:
— La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
— La Tesorería General de la Seguridad Social.
— La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estos certificados solo se tienen que presentar en el supuesto de que no se haya autorizado al IEB a hacer la consulta telemática (véase la autorización correspondiente dentro del anexo 3).
No obstante, en el caso de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000 €, la persona o la empresa interesada puede sustituir la presentación de estos certificados mediante la presentación de una declaración responsable.
i) En su caso, la solicitud de autorización para realizar gastos con personas o entidades vinculadas (anexo 4).
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el 30 de septiembre de 2022.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
C. d'Alfons el Magnànim, 29.
Tel.: 971178996
(cgavino@iebalearics.org)