Ayudas para transformar las flotas de transporte de viajeros y mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea «Next Generation EU»
1. Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento de las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del componente 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, gestionado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2. Estas ayudas se otorgarán al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación dentro de cada actividad:
a) Actividad 1: achatarramiento.
b) Actividad 2: adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
c) Actividad 3: retrofit o modificación de la forma de propulsión de los vehículos.
d) Actividad 4: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Código SIA
2860203
Personas destinatarias
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan la residencia fiscal en la comunidad autónoma de las Illes Balears y sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en la fecha de la solicitud de la ayuda:
a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para realizar transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
b) Una autorización de transporte publico discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para realizar transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima a fecha de la aprobación del Real Decreto 983/2021.
Los beneficiarios podrán recibir ayudas únicamente en relación con la categoría y clase de vehículos asociada a la habilitación que les otorgue la autorización de la que sean titulares.
2. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
b) Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, y en los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que se les hubiera otorgado con anterioridad, por haberse declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, o bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que hayan sido atribuidas en la concesión.
d) Las empresas o entidades de titularidad pública que sean prestadoras del servicio de transporte público urbano.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa es de seis meses, a contar a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Una vez transcurrido este plazo sin que se haya notificado ninguna resolución expresa, se tendrá que entender desestimada la solicitud.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Movilidad
Documentos relacionados con el procedimiento
- Resolución Boib
- Correcció de l'errata advertida en la publicació de l'edicte 1966 (BOIB 38 de data 17-03-2022).
- Resolució del conseller de Mobilitat i Habitatge per la qual es rectifiquen les errades detectades
- Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se rectifican los errores
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Resolución de suspensión de la concesión de nuevas ayudas.
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Movilidad yTransporte Terrestre, de suspensión de la concesión de nuevas ayudas, en el marco de laconvocatoria de ayudas para la transformación de las flotas de transporte de viajeros y mercancías deempresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas querealicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformacióny Resiliencia, financiadas por la Unión Europea «Next Generation EU»
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Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de modificación de la convocatoria y el levantamiento de la suspensión de nuevas ayudas
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de modificación de la convocatoria y el levantamiento de lasuspensión de nuevas ayudas para la actividad 1 (desguace) en el marco de la convocatoriade ayudas para transformar las flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadasprestamistas de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privadocomplementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas porla Unión Europea «Next Generation EU», aprobada por la Resolución del consejero de Movilidad y Habitatgede 15 de març de 2022 (BOIB núm. 38, de 17 de març de 2022)
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Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de modificación de los anexos de la convocatoria de ayudas
Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de modificación de los anexos de la convocatoria de ayudas para transformar las flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestamistas de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que hagan transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea «Next Generation EU», aprobada por la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 15 de marzo de 2022 (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022)