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Subv. entidades sin ánimo de lucro por gastos de adquisición de vehículos eléctricos y adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas/tecnológicas con la asignación trib. del 0,7% del IRPF, año 2021

El objeto de esta convocatoria es financiar los gastos de inversión para la adquisición de vehículos eléctricos y de adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas y tecnológicas utilizadas en la prestación servicios sociales. La financiación se hará con cargo a la asignación del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para el año 2021.

Código SIA

2511149

Personas destinatarias

Esta convocatoria de subvenciones se dirige a las entidades privadas sin ánimo de lucro que, en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, desarrollan actualmente programas en materia de servicios sociales destinados a las personas que estén en situaciones de necesidad especial y que, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 4/2009, son objeto de atención prioritaria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar las resoluciones es de seis meses contadores desde el día siguiente que acabe el plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Logotipo de Conselleria + 0'7% IRPF Social:

Logotipos para entidades

Órgano competente para resolver

Dirección General de Asuntos Sociales

Documentos relacionados con el procedimiento

  • Resolución
    Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de gastos de adquisición de vehículos eléctricos y de adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas y tecnológicas utilizadas en la prestación de servicios sociales en las Islas Baleares, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, para el año 2021
  • LISTAS PUNT0 10.3 CONVOCATORIA

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Ver convocatoria

Documentación a presentar

Las entidades interesadas tienen que presentar las solicitudes y adjuntar la documentación correspondiente de forma electrónica. Los impresos oficiales de la solicitud y de los documentos que se tienen que rellenar y presentar son a disposición de las entidades interesadas en los enlaces de esta página.

Queda habilitado el trámite electrónico correspondiente, sin perjuicio que las entidades interesadas puedan presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común (REC ). Dentro de este trámite electrónico las entidades tienen que adjuntar la documentación correspondiente.

En caso de rellenar el trámite telemático no es necesario cumplimentar el impreso 1.

En el caso de presentar la solicitud de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común, las entidades solicitantes tienen que remitir, el mismo día de la presentación, una copia de la solicitud y documentación presentada a la dirección de correo electrónico planificacio@dgplanificacio.caib.es

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para la presentación de solicitudes es de diez días habilidosos, contadores desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(dgaferssocials@dgsersoc.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Ser beneficiario de la subvención por entidades privadas sin ánimo de lucro por gastos de adquisición de vehículos eléctricos y adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas/tecnológicas con la asignación trib. del 0,7% del IRPF, para el año 2021

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Mediante la documentación justificativa correspondiente, la entidad beneficiaria tiene que justificar el 100 % de las inversiones aprobadas dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, ambos incluidos.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Asuntos Sociales

Pl. de la Drassana, 4. Tel.: 971177301

(dgaferssocials@dgsersoc.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Asuntos Sociales

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán los datos personales a terceros, salvo obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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